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BOC Nº 060. Jueves 25 de Marzo de 2010 - 1702

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

1702 EDICTO de 2 de febrero de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000864/2008.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife.

JUICIO: ordinario 0000864/2008.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Sudoeste Cultivos Marinos, S.L.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Estudios, Proyectos e Instalaciones de Telecomunicaciones, S.L.

SOBRE: de -20 demandados.

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la demandante entidad mercantil Sudoeste Cultivos Marinos, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales Dña. Carolina Sicilia Romero, contra la demandada entidad mercantil Estudios, Proyectos e Instalaciones de Comunicaciones, S.L., de las circunstancias de identificación que constan en autos:

1.- Declaro la resolución del contrato de arrendamiento de obra concertado entre los litigantes por incumplimiento de la parte demandada.

2.- Condeno a la demandada al pago de cuarenta mil euros -40.000 euros- en concepto de precio recibido por la obra encomendada y no ejecutada, y al pago de setenta y seis mil trescientos noventa y siete euros -76.397 euros-, en concepto de beneficio dejado de obtener, junto con intereses legales que corresponda desde la interposición de la demanda.

3.- Condeno a la mercantil demandada al pago de las costas.

Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, a preparar ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de cinco días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a la entidad demandada Estudios, Proyectos e Instalaciones de Telecomunicaciones, S.L.

En Santa Cruz de Tenerife, a 2 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.

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