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BOC-A-2010-058-1625.
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Encontrándose en ignorado domicilio personas que pudieran considerarse interesadas en relación a la adjudicación de la vivienda de protección oficial de promoción pública que a continuación se cita, y de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92),
R E S U E L V O:
Declarar resuelta y dejar sin efecto la adjudicación de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo de 183 Viviendas Los Pitufos, calle Régulo, nº 46, LP-940/1, término municipal de Arrecife, por fallecimiento de su adjudicataria Dña. María Ángeles Ferrando Ferrando, y en consecuencia la disponibilidad de dicha vivienda.
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, recurso de alzada ante la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artº. 21 del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda (BOC nº 143, de 17.7.08), y en concordancia con lo previsto en los artículos 114.1 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de marzo de 2010.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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