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BOC Nº 052. Martes 16 de Marzo de 2010 - 1483

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria

1483 EDICTO de 23 de febrero de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio de divorcio contencioso nº 0000014/2008.

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BOC-A-2010-052-1483. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Víctor Manuel Morote Albert Secretario del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria.

Se ha dictado sentencia en fecha 23 de febrero de 2010 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA.- Nº 81/2010

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrés de febrero de dos mil diez.

Vistos por doña Carmen María Simón Rodríguez, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número Quince (Familia) de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de Juicio de Divorcio Contencioso, seguidos con el núm. 14/2008, a instancia del Procurador don Armando Curbelo Ortega, en nombre y representación de doña Leonor de Jesús Buet Rodríguez, asistida del letrado don Francisco Palomo Montenegro, contra don Bonifacio Burguillo Gómez, en situación de rebeldía procesal, recayendo la presente resolución en base a lo siguiente.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la representación procesal doña Leonor de Jesús Buet Rodríguez, contra don Bonifacio Burguillo Gómez en situación de rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los litigantes en fecha 6 de mayo de 1971, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, sin que proceda hacer expresa imposición de costas procesales.

Firme que sea esta sentencia remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil correspondiente a los efectos oportunos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas el cual deberá ser preparado en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, don Bonifacio Burguillo Gómez haciéndole saber que puede interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas en el plazo de 5 días siguientes a la publicación del edicto, en Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de febrero de 2010.- El/la Secretario.

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