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BOC Nº 051. Lunes 15 de Marzo de 2010 - 1463

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1463 Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 24 de febrero de 2010, relativo al depósito de documentación sobre la constitución de la asociación profesional denominada Sociedad Canaria de Ciencias Criminológicas (SOCACCRI).

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Según lo establecido en el artº. 4, del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo, al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria, mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero; y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 249, de 14.12.07), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación profesional que se detalla:

DENOMINACIÓN: Sociedad Canaria de Ciencias Criminológicas (SOCACCRI).

ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.

DOMICILIO: calle Lomo Guillén, nº 41, 3º (Oficina 30 A), Santa María de Guía.

ÁMBITO PROFESIONAL: podrán ser miembros de la Asociación:

- Miembros numerarios: aquellas personas físicas, mayores de edad, con plena capacidad de obrar, que acrediten estar en posesión del título de Titulado Superior en Ciencias Criminológicas de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria; los titulados de otras Universidades españolas o extranjeras con planes de estudio de Primer y Segundo Ciclo universitario de Criminología, así como los licenciados en Criminología.

- Miembros correspondientes: aquellas personas físicas, mayores de edad, con plena capacidad de obrar, que acrediten estar en posesión de 180 créditos de los estudios de Titulado Superior en Ciencias Criminológicas de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria; los titulados de otras Universidades españolas o extranjeras con planes de estudio de Primer Ciclo con carga lectiva superior a 180 créditos de Criminología.

- Socios fundadores: todas las personas que hayan firmado el acta de fundación. El título de socio fundador será principalmente honorífico, teniendo derecho a voz y a voto en las Asambleas Generales, mientras mantengan su condición de socios numerarios, y podrán asistir a las Asambleas Generales con derecho a voz pero sin voto si pierden su condición de socios de número.

- Socios de honor: aquellas personas o instituciones que merezcan esta consideración por sus contribuciones o por actividades relacionadas con los fines de la Asociación. Este nombramiento será aprobado por la Junta Directiva de acuerdo con las reglas establecidas al respecto por el Reglamento Interno. Los socios de honor no satisfarán cuota alguna y podrán asistir a las Asambleas Generales con derecho a voz pero sin voto. La cualidad de socio de honor no es incompatible con la condición de socio numerario.

- Miembros colaboradores: aquellas personas, tanto físicas como jurídicas, que colaboren y cooperen con su actividad en el desarrollo de los fines de la Asociación. Estos miembros serán nombrados por la Junta Directiva.

- Miembros protectores: aquellas personas, tanto físicas como jurídicas, que con sus aportaciones económicas, colaboren en el desarrollo de los fines de la Asociación. Estos miembros serán nombrados por la Junta Directiva.

FIRMANTES DEL ACTA DE CONSTITUCIÓN: D. Óscar Francisco Díaz Santana, D. Rito Martín Díaz, Dña. Elizabeth Cordobilla Parra, D. Norberto Mederos López, D. Víctor Manuel García López, D. Carlos Guzmán Ojeda, Dña. María Davinia Barragán Rivero y Dña. Isabel María García López.

Los interesados podrán formular, por escrito, las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días, contados a partir de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de febrero de 2010.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

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