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BOC Nº 048. Miércoles 10 de Marzo de 2010 - 1345

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Santa Cruz de Tenerife

1345 EDICTO de 9 de febrero de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia, divorcio contencioso nº 0000681/2009.

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BOC-A-2010-048-1345. Firma electrónica-Descargar

Dña. Nieves María Rodríguez Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Santa Cruz de Tenerife y su partido.

HACE SABER: que en este Juzgado a mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 4 de febrero de 2010.

La Ilma. Sra. Dña. Nieves María Rodríguez Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Ocho de Santa Cruz de Tenerife y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio nº 681/2009, promovidos por Dña. Miriam de la Caridad González Viña, representada por la Procuradora Dña. Mercedes Aranaz de la Cuesta y bajo la dirección del Letrado D. Patricio Perera Oliva, y siendo demandado D. Tomás Concepción Pérez, en rebeldía en el procedimiento.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Mercedes Aranaz de la Cuesta, en nombre y representación de Dña. Miriam de la Caridad González Viña, contra D. Tomás Concepción Pérez, en rebeldía en el procedimiento, debo decretar y decreto el divorcio de los referidos cónyuges.

No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a ambos litigantes, y una vez firme comuníquese al Registro Civil Central, donde se halla inscrito el matrimonio, a fin de practicarse la inscripción marginal oportuna.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado D. Tomás Concepción Pérez, declarado en rebeldía procesal y con paradero desconocido, expido y libro el presente, en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.

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