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BOC Nº 042. Martes 2 de Marzo de 2010 - 1120

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Arona

1120 EDICTO de 16 de diciembre de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000151/2009.

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BOC-A-2010-042-1120. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Blanca Elba Quintero Casanova, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Arona y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos arriba indicados cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 29 de julio de 2009.

Dña. Ana María Gallego Sánchez, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Arona y su Partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado al nº 151/2009 a instancia de la entidad mercantil "Kider, S.A.", representada por la Procuradora Dña. Cayetana López Adán y bajo la Dirección Letrada de D. Francisco J. Caballero Izquierdo, contra "Cash and Carry Kasur, S.L.", declarado en situación procesal de rebeldía.

FALLO

La Juez, por la autoridad que confiere la Constitución Española, ha decidido:

Estimar la demanda interpuesta por la entidad mercantil "Kider, S.A." contra "Cash and Carry Kasur, S.L." y condenar a "Cash and Carry Kasur, S.L." al pago de la cantidad de 62.209,92 euros, además de la condena al abono del interés del artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, desde la fecha de la interpelación judicial.

Asimismo se imponen al demandado las costas de este procedimiento.

Esta resolución no es firme y contra la misma puede interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Cash and Carry Kasur, S.L., expido y libro el presente en Arona, a 16 de diciembre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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