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BOC-A-2010-041-1099.
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Encontrándose en ignorado domicilio las personas que pudieran considerarse interesadas en relación a la adjudicación de la vivienda de protección oficial de promoción pública que a continuación se cita, y de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92),
R E S U E L V O:
Declarar el archivo del expediente FD-5/09 al quedar vacío del contenido del mismo, por haberse declarado resuelto el contrato de adjudicación mediante resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 14 de diciembre de 2009 recaída al expediente de subrogación MC-37/09.
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, recurso de alzada ante la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artº. 21 del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda (BOC nº 143, de 17.7.08)), y en concordancia con lo previsto en los artículos 114.1 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de febrero de 2010.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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