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BOC Nº 034. Viernes 19 de Febrero de 2010 - 967

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V. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de La Gomera

967 ANUNCIO de 9 de febrero de 2010, relativo a la modificación de la redacción dada al punto 1.2 del anuncio de 9 de noviembre de 2009, por el que se sometieron a información pública las modificaciones materiales consideradas como sustanciales en el Documento del Plan Insular de Ordenación de La Gomera y Convenio Urbanístico de Planeamiento entre el Cabildo Insular de La Gomera y la Sociedad Urbanización Idaira, S.A.

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BOC-A-2010-034-967. Firma electrónica-Descargar

Visto el anuncio hecho público en el Boletín Oficial de Canarias nº 234, de 30 de noviembre de 2009, por el que se sometieron a información pública las modificaciones materiales consideradas como sustanciales en el Documento del Plan Insular de Ordenación de La Gomera (PIOG) y Convenio Urbanístico de Planeamiento entre el Cabildo Insular de La Gomera y la Sociedad Urbanización Idaira, S.A., en cumplimiento del acuerdo plenario adoptado en sesión celebrada el día 6 de noviembre de 2009.

Visto que la redacción dada al punto 1.2 del indicado anuncio dentro de las modificaciones aprobadas del tenor literal siguiente: "1.2.- Eliminación de la exclusión del uso mixto residencial y turístico en nuevos ámbitos y específicamente, en Lomadas de Alajeró que constaba en el punto 12 de la Memoria de Ordenación (Tomo III, Volumen I) relativo a la Ordenación Insular de la Actividad Turística a modo de anexo", no se corresponde con la que se recoge en el Documento que se tramita que excluye el punto 12 de la Memoria de Ordenación (Tomo III, Volumen I) relativa a la Ordenación Insular de la Actividad Turística.

De conformidad con lo dispuesto en la Normativa de aplicación y a tenor del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Excma. Corporación Insular en sesión ordinaria celebrada el día 5 de febrero de 2010, se somete a información pública la modificación anteriormente citada por plazo de 1 mes a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, a efectos de que cualquier persona física o jurídica, individual o colectiva, pueda presentar por escrito alegaciones relativas al acierto, conveniencia, legalidad u oportunidad de dicha modificación, sin que la misma se haga extensiva al resto del PIOG, siendo su correcta redacción la siguiente:

1.2.- Eliminación del uso mixto residencial y turístico en nuevos ámbitos y específicamente, en Lomadas de Alajeró, que consta, entre otros, en el punto 12 de la Memoria de Ordenación (Tomo III, Volumen I) relativa a la Ordenación Insular de Actividad Turística, a modo de anexo.

Los documentos que hacen referencia al contenido de este anuncio se podrán consultar en el Departamento de Política Territorial, sito en la segunda planta del Edificio Sede de la Excma. Corporación Insular en la calle Profesor Armas Fernández, 2, en San Sebastián de La Gomera, en horario de lunes a viernes de 8,30 a 15,00 horas y sábados de 9,00 a 12,00 horas (días hábiles).

San Sebastián de La Gomera, a 9 de febrero de 2010.- El Presidente Accidental, Juan Alonso Herrera Castilla.

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