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BOC Nº 034. Viernes 19 de Febrero de 2010 - 945

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Presidencia del Gobierno

945 Secretaría General.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 8 de febrero de 2010, que dispone la publicación de la remisión al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, de Las Palmas de Gran Canaria, del expediente relativo al procedimiento ordinario 4/2010 a instancia de la Administración General del Estado, contra el Decreto 89/2009, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la concesión administrativa del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Canarias.

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BOC-A-2010-034-945. Firma electrónica-Descargar

Visto el oficio de 12 de enero de 2010, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, de Las Palmas de Gran Canaria, relativo a la solicitud del expediente correspondiente al procedimiento ordinario 4/2010, a instancia de la Administración General del Estado, contra el Decreto 89/2009, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la concesión administrativa del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Canarias, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en uso de las facultades que me atribuye la legislación vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la remisión al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, de Las Palmas de Gran Canaria, del expediente anteriormente citado.

Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la presente Resolución, a fin de que los interesados en el citado recurso puedan comparecer ante dicho Juzgado en el plazo de nueve días a partir del siguiente a su publicación.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 2010.- El Secretario General, Fernando Ríos Rull.

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