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BOC Nº 027. Miércoles 10 de Febrero de 2010 - 743

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial .

743 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Anuncio de 14 de enero de 2010, por el que se hace pública la Resolución que amplía el plazo de información pública de la aprobación inicial del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo, Gran Canaria.

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BOC-A-2010-027-743. Firma electrónica-Descargar

Resolución de la Directora General de Ordenación del Territorio por la que se amplía el plazo de información pública de la aprobación inicial del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo.

Vistos el expediente administrativo nº 03/04, relativo a la aprobación inicial del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- En el Boletín Oficial de Canarias nº 145, de 28 de julio de 2004, se insertó anuncio de 7 de julio de 2004, por el que se hace pública la Resolución de 26 de abril de 2004, que incoa el procedimiento y aprueba el Avance del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo (C-11), en los términos municipales de Tejeda, San Nicolás de Tolentino, Mogán, San Bartolomé de Tirajana, Artenara, San Mateo, Valleseco y Moya, en la isla de Gran Canaria.

Segundo.- Por anuncio de la Dirección General de Ordenación del Territorio publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 225, de 17 de noviembre de 2009, se hace pública la Resolución que aprueba inicialmente el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo.

Tercero.- Varios municipios que tienen parte de su término municipal dentro del citado Espacio Natural Protegido han solicitado la ampliación del plazo en el que el documento esté en información pública.

CONSIDERACIONES TÉCNICO-JURÍDICAS

Primera.- De acuerdo con el artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, "La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudica derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados".

Segunda.- En el apartado 3 del artículo 30 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado mediante Decreto 55/2006, de 9 de mayo, se fija como plazo mínimo de la información pública un mes y como máximo dos meses. En el anuncio por el que se somete a información pública la aprobación inicial del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo, se establece como plazo para la información pública el de 45 días.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Ampliar el plazo de información pública del documento de aprobación inicial del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo, así como su Informe de Sostenibilidad, por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- Notificar la presente Resolución a los siguientes organismos y particulares:

a) Administración General del Estado.

1. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.

2. Ministerio de Fomento.

3. Ministerio de Defensa.

b) Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

1. Consejería de Obras Públicas y Transportes. Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación.

2. Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda. Instituto Canario de la Vivienda.

3. Consejería de Economía y Hacienda. Instituto Canario de Estadística.

4. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

5. Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural.

6. Consejería de Turismo.

7. Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías.

c) Administración insular y municipal.

1. Ayuntamientos de Artenara, Tejeda, La Aldea de San Nicolás, Mogán, San Bartolomé, San Mateo, Valleseco y Moya.

2. Federación Canaria de Municipios.

3. Patronato Insular de Espacios Naturales Protegidos de Gran Canaria.

4. Cabildo Insular de Gran Canaria.

5. Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria.

d) Público interesado.

1. Ben Magec-Ecologistas en Acción.

2. WWF/Adena.

Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa por ser un acto de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponerse el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que concurre alguno de los supuestos excepcionales previstos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de enero de 2010.- La Directora General de Ordenación del Territorio, Sulbey González González.

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