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BOC Nº 026. Martes 9 de Febrero de 2010 - 700

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

700 Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio de 28 de enero de 2010, sobre notificación de la Resolución de 22 de abril de 2009, por la que se procede a iniciar expediente de no exigibilidad del abono de la subvención concedida a determinados beneficiarios mediante Orden de 31 de octubre de 2008, previstas en el programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas Innoempresa para 2008, en ignorado paradero.

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BOC-A-2010-026-700. Firma electrónica-Descargar

Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución de la Directora General de Promoción Económica, nº 216, de fecha 22 de abril de 2009, por la que se procede a iniciar expediente de no exigibilidad de abono de la subvención concedida a beneficiarios que se relacionan en el anexo, al no haber justificado la realización de la actividad subvencionada en el plazo establecido en la resolución de concesión, efectuada por oficio a los domicilios que figuran en la documentación administrativa de esta Dirección General de Promoción Económica, sin que hubiera podido practicarse por no ser recibida por los interesados, a través de carta con acuse de recibo, con entrega fallida por dos veces por los servicios de Correos, es por lo que, conforme a lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

1º) Notificar a los beneficiarios que se relacionan en el anexo a la Resolución de la Directora General de Promoción Económica, nº 216, de fecha 22 de abril de 2009, pudiendo comparecer por sí, o por medio de representante legalmente autorizado, en el plazo de diez (10) días siguientes a esta publicación, en las dependencias de esta Dirección General, sita en la Avenida José Manuel Guimerá, 10, Edificio de Usos Múltiples II, 5ª planta, Santa Cruz de Tenerife, y en horario de atención al ciudadano, para tener conocimiento íntegro del mencionado acto y dejar constancia del mismo en dicho expediente, haciéndole saber que, transcurrido el plazo señalado sin cumplimentarlo se tendrá por realizado el presente trámite.

2º) Concluido este trámite y vistas las actuaciones pertinentes se dictará la Resolución que corresponda.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación; haciéndole saber que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

3º) Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

4º) Remitir la presente Resolución a los ayuntamientos correspondientes a los domicilios de notificación, para su exposición pública en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de enero de 2010.- La Directora General de Promoción Económica, Jimena Delgado-Taramona Hernández.

A N E X O

Nº EXPTE: 2008.TFE.0083.

BENEFICIARIO: A.C. Digital y Servicios, S.L.

OBSERVACIONES: aceptó el 9 de diciembre de 2008 no justificó.

Nº EXPTE: 2008.TFE.0168.

BENEFICIARIO: Centro de Formación Frontera, S.L.

OBSERVACIONES: aceptó el 16 de diciembre de 2008 no justificó.

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