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BOC Nº 025. Lunes 8 de Febrero de 2010 - 669

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

669 Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 20 de enero de 2010, relativo a notificación de la Resolución de 15 de diciembre de 2009, por la que se acuerda la iniciación del procedimiento administrativo sancionador incoado a D. Severiano Jesús Benítez Estévez, por la comisión de infracción administrativa en materia de pesca marítima en aguas interiores.- Expte. 520/09.

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BOC-A-2010-025-669. Firma electrónica-Descargar

A los efectos previstos en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), se hace público, según el artículo 16 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el trámite de alegaciones del expediente sancionador por infracción administrativa en materia de pesca marítima en aguas interiores, iniciado mediante Resolución del Viceconsejero de Pesca de fecha 15 de diciembre de 2009, cuya notificación se ha intentado sin que se haya podido practicar, respecto de la cual se indican los siguientes datos identificativos:

EXPEDIENTE Nº: 520/09.

EXPEDIENTADO: Severiano Jesús Benítez Estévez.

N.I.E.: 42889509-Y.

INFRACCIÓN: artículos 69.a) y 70.3, apartado h), de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias (BOC nº 77, de 23 de abril).

SANCIÓN: mil seiscientos sesenta y un (1.661) euros.

Se significa al interesado que en la Viceconsejería de Pesca, Servicio de Inspección Pesquera, sita en la calle Profesor Agustín Millares Carlo, 10, 1º, Las Palmas de Gran Canaria, de lunes a viernes, en horario de 9 a 13 horas, tiene a su disposición el expediente sancionador de referencia, durante el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente desde la presente publicación, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime conveniente y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse. Transcurrido el plazo indicado sin haber ejercitado dichas acciones, se considerará que el acto administrativo ha sido notificado en forma, continuándose la tramitación en los términos que procedan en Derecho.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de enero de 2010.- El Viceconsejero de Pesca, Francisco Antonio López Sánchez.

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