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BOC Nº 022. Miércoles 3 de Febrero de 2010 - 576

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife

576 EDICTO de 15 de enero de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000450/2009.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife.

JUICIO: ordinario 0000450/2009.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Florencia García Almenara, Elva del Paso Bernal García, José Manuel Hernández Herrera y Florencia Ángela Bernal García.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Prodesa Tenerife, S.L.

Dña. Sara Rubira Varela, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de Santa Cruz de Tenerife, doy fe:

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo texto encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

En Santa Cruz de Tenerife, a diecinueve de diciembre de 2009.

Vistos por mí, María Nieves Monteserín Arias, Magistrado-Juez en sustitución del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este juzgado bajo el nº 450 del año 2009, a instancia de Dña. Florencia García Almenara representada por el Procurador D. Javier Hernández Domínguez y asistida por el letrado D. César Calleja Sánchez Taíz contra la entidad "Prodesa Tenerife, S.L." en situación de rebeldía procesal.

FALLO:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Javier Hernández Domínguez en nombre y representación de Dña. Elva del Paso Bernal García, D. José Manuel Hernández Herrera y Dña. Florencia Ángela Bernal García y Dña. Florencia García Almenara contra "Prodesa Tenerife, S.L." y debo declarar y declaro resuelto el contrato suscrito entre las partes con fecha de veintiuno de junio de 2005 y debo condenar y condeno a la citada entidad a abonar a la parte actora la cantidad de diecisiete mil quinientos euros, más el interés legal correspondiente desde la fecha de ocho de abril de 2008 con expresa imposición de costas al demandado".

Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y, contra la misma, cabe recurso de apelación, que deberá prepararse en este juzgado, dentro del plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, debiendo acreditar para ello la constitución de depósito para recurrir conforme previene la Ley Orgánica 1/2009, de tres de noviembre.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a Prodesa Tenerife, S.L. cuyo actual paradero se desconoce expido y firmo el presente.

En Santa Cruz de Tenerife, a 15 de enero de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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