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BOC Nº 019. Viernes 29 de Enero de 2010 - 492

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

492 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 19 de enero de 2010, por la que se dispone la clasificación, a propuesta del Ayuntamiento de El Sauzal (provincia de Santa Cruz de Tenerife), del puesto de trabajo denominado Puesto de Colaboración a Secretaría y a Intervención, clase tercera, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de la Subescala de Secretaría-Intervención.

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BOC-A-2010-019-492. Firma electrónica-Descargar

Examinado el expediente iniciado a solicitud del Ayuntamiento de El Sauzal (provincia de Santa Cruz de Tenerife), para la clasificación del puesto de trabajo denominado Puesto de Colaboración a Secretaría y a Intervención, clase tercera, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de la Subescala de Secretaría-Intervención.

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Relaciones con la Administración Local y Habilitación Estatal.

Y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1º) Mediante oficio de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de El Sauzal, de fecha 27 de noviembre de 2009 (Registro de Salida nº 7.377, de 23.12.09), se remite la certificación de la Secretaría de la Corporación, comprensiva del acuerdo adoptado por el Pleno en sesión ordinaria de 27 de noviembre de 2009, entre otros, de aprobación del Presupuesto General para el ejercicio 2010 y de la Plantilla del Personal, y se solicita de esta Dirección General la creación del puesto de trabajo denominado Puesto de Colaboración a Secretaría y a Intervención, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala de Secretaría-Intervención, en la plantilla de la Corporación.

2º) Por oficio nº 79, de 8 de enero de 2010, la Alcaldía-Presidencia remitió certificación expedida por la Secretaria Accidental, fechada el día 7 de enero y acreditativa de los siguientes extremos:

a) Que la Plantilla y el Presupuesto, aprobados inicialmente en sesión de 27 de noviembre de 2009, fueron expuestos al público, durante quince días, contados a partir de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº 236, de 2 de diciembre de 2009, sin que conste reclamación alguna.

b) Que la aprobación definitiva de la misma, junto con el resumen por capítulos del citado Presupuesto, fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 255, el 30 de diciembre de 2009.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I. La Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE nº 89, de 13), dispone, en su apartado 3, que la creación, clasificación y supresión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal corresponde a cada Comunidad Autónoma, de acuerdo con los criterios básicos que se establezcan por ley.

Los expedientes de clasificación serán resueltos por el órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva. Las resoluciones habrán de publicarse en los diarios oficiales y remitirse al Ministerio de Política Territorial para su publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado, al menos con carácter trimestral, conforme determina el artículo 9º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional (BOE nº 189, de 9 de agosto).

II. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61, letra b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 22/2008, de 19 de febrero (BOC nº 45, de 3 de marzo), corresponde a la Dirección General de la Función Pública el ejercicio de las competencias que, respecto a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, correspondan a la Comunidad Autónoma de Canarias y no estén atribuidas expresamente a otro órgano.

III. El artículo 2º, letra g), del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, define los puestos de colaboración como aquellos que las Corporaciones locales pueden crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de Secretaría, Intervención o Tesorería, y a los que corresponde la sustitución de sus titulares en caso de vacante, ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria, así como para el ejercicio de las respectivas funciones reservadas que, previa autorización de la Alcaldía o Presidencia, les sean encomendadas por dichos funcionarios titulares. Y añade que estos puestos serán clasificados a propuesta de la Corporación y estarán reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal de la subescala y categoría que proceda.

La creación y clasificación de estos puestos de colaboración constituyen, pues, la manifestación del ejercicio de una potestad discrecional que la normativa señalada atribuye a las Entidades Locales, y que se exterioriza a través del acto normativo de modificación de la plantilla o de la relación de puestos de trabajo.

IV. El puesto de nueva creación, cuya clasificación se propone a este Centro Directivo, en cuanto órgano autonómico competente, figura en la Plantilla del Personal Funcionario del ejercicio 2010 de la Corporación, encuadrado en el Grupo A1, con un nivel de complemento de destino 26, y forma de provisión por concurso.

V. De conformidad con el artículo 22, apartado 2, del Real Decreto 1.174/1987, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y con la Disposición Adicional Única de esta última norma reglamentaria, el puesto de trabajo denominado Puesto de Colaboración a Secretaría y a Intervención, cuya clasificación se dispone a través de la presente Resolución, ha de quedar adscrito, indistintamente, a los Subgrupos A1 y A2, de los Grupos de clasificación profesional de funcionarios previstos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, para garantizar el derecho a la promoción profesional, tanto de los funcionarios integrados en el Subgrupo A1, como de aquellos que quedarán como categoría a extinguir en el Subgrupo A2.

Una vez conferida la presente autorización, la Corporación habrá de modificar la plantilla de personal para adscribir la plaza a los Subgrupos A1/A2.

En el ejercicio de la competencia atribuida, esta Dirección General

R E S U E L V E:

1. Clasificar, a propuesta del Ayuntamiento de El Sauzal (provincia de Santa Cruz de Tenerife), el puesto de trabajo denominado Puesto de Colaboración a Secretaría y a Intervención, clase tercera, como puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de la Subescala de Secretaría-Intervención.

2. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, citado, y dar traslado de la misma a la Subdirección General de Estudios y Sistemas de Información Local de la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Política Territorial.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Dirección General o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tengan su sede, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de enero de 2010.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.

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