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BOC Nº 019. Viernes 29 de Enero de 2010 - 490

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

490 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 21 de enero de 2010, del Presidente, por la que se procede a la modificación de la Resolución de 4 de diciembre de 2009, que aprueba la convocatoria, en el marco del Plan Canarias Emplea, para conceder subvenciones al desarrollo de proyectos generadores de empleo, en colaboración con las Corporaciones Locales de ámbito municipal de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2010, contratando trabajadores desempleados procedentes de los sectores agrícolas del cultivo del tomate, flores y plantas ornamentales (BOC nº 244, de 15.12.09).

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BOC-A-2010-019-490. Firma electrónica-Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante la Resolución nº 09/0076, de 4 de diciembre de 2009 (BOC nº 244), del Presidente del Servicio Canario de Empleo, se publica la convocatoria para la concesión de subvenciones al desarrollo de proyectos generadores de empleo, en colaboración con las Corporaciones Locales de ámbito municipal de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2010, contratando trabajadores desempleados procedentes de los sectores agrícolas del cultivo del tomate, flores y plantas ornamentales para el 2010.

Segundo.- El Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local establece un plazo de 3 meses a contar desde el 28 de octubre de 2009 para presentar solicitudes de financiación, por lo que los Ayuntamientos que deseen presentar dichas solicitudes tienen de plazo hasta el 28 de enero de 2010.

Tercero.- La Federación Canaria de Municipios, como representante de los Ayuntamientos, ha solicitado una ampliación del plazo de presentación de solicitudes referidas a la convocatoria, en el marco del Plan Canarias Emplea, para conceder subvenciones al desarrollo de proyectos generadores de empleo, en colaboración con las Corporaciones Locales de ámbito municipal de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2010, contratando trabajadores desempleados procedentes de los sectores agrícolas del cultivo del tomate, flores y plantas ornamentales (BOC nº 244, de 15.12.09)).

Dada la confluencia de convocatorias del Servicio Canario de Empleo, cuyos plazos de solicitudes finalizan el día 30 de enero de 2010, y con objeto de facilitar la participación de las Corporaciones Locales Municipales de Canarias en los distintos programas de los que pueden ser beneficiarias, se estima necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

Cuarto.- Por otro lado, procede la declaración de suspensión del plazo para resolver el procedimiento entre el tiempo que medie entre la notificación de los requerimientos de subsanación de documentación y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o en su defecto, el transcurso del plazo concedido, todo ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- En ejercicio de las competencias que atribuye a la Presidencia del Servicio Canario de Empleo el artículo 7.1.h) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03)), procede dictar Resolución modificando la Resolución nº 09/0076, de 4 de diciembre de 2009 (BOC nº 244, de 15.12.09)), del Presidente del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones al desarrollo de proyectos generadores de empleo, en colaboración con las Corporaciones Locales de ámbito municipal de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2010, contratando trabajadores desempleados procedentes de los sectores agrícolas del cultivo del tomate, flores y plantas ornamentales, con la finalidad de establecer un nuevo plazo de presentación de solicitudes, y de suspender el plazo para resolver el procedimiento entre el tiempo que medie entre la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de los requerimientos de subsanación de documentación y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o en su defecto, el transcurso del plazo concedido.

Segundo.- Resulta de aplicación lo establecido en el artículo 42.5.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que permite suspender el plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la Resolución.

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,

D I S P O N G O:

Primero.- Modificar la Resolución nº 09/0076, de 4 de diciembre de 2009 (BOC nº 244, de 15.12.09)), por la que se regula la convocatoria para la concesión de al desarrollo de proyectos generadores de empleo, en colaboración con las Corporaciones Locales de ámbito municipal de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2010, contratando trabajadores desempleados procedentes de los sectores agrícolas del cultivo del tomate, flores y plantas ornamentales para el 2010, en el siguiente sentido:

1. Se modifica el punto 3 del resuelvo quinto, que queda redactado de la siguiente forma: "3. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 2 de enero de 2010 y finalizará el 15 de febrero de 2010".

2. Se modifica el sexto párrafo del resuelvo octavo, que queda con la siguiente redacción: "De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.4 y 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo para dictar y notificar la correspondiente Resolución de concesión será de tres meses a contar a partir de la finalización del plazo de presentación de la solicitud, si bien este plazo se entenderá suspendido al amparo del artículo 42.5.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, entre el tiempo que medie entre los requerimientos para que se subsane o complete la documentación y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o, en su defecto, el transcurso del plazo concedido, todo ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 71 de la citada Ley. Superada dicha fecha sin haberse notificado resolución expresa, podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo las solicitudes presentadas. Ello no obstante, atendiendo a la acumulación de tareas en el Servicio Canario de Empleo, el Director del mismo podrá ampliar el plazo para resolver, a solicitud del Subdirector de Empleo."

Segundo.- Mantener el resto de la Resolución nº 09/0076, de 4 de diciembre de 2009, del Presidente del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 244, de 15.12.09)), en todos sus términos.

Tercero.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de enero de 2010.- El Presidente, Jorge Marín Rodríguez Díaz.

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