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BOC Nº 018. Jueves 28 de Enero de 2010 - 474

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

474 Dirección General de la Función Pública.- Anuncio de 18 de enero de 2010, sobre provisión del puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, del Ayuntamiento de La Frontera, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, y vacante en la plantilla de la Corporación.

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BOC-A-2010-018-474. Firma electrónica-Descargar

Mediante oficio de fecha 30 de diciembre de 2009 (Registro de Salida nº 4020), la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de La Frontera ha solicitado de esta Dirección General la emisión de informe preceptivo acerca de la existencia de algún funcionario con habilitación de carácter estatal que se halle interesado en la provisión del puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, vacante en la plantilla de la Corporación, por los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios.

El artículo 33 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (BOE nº 189, de 9 de agosto), por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que cuando no fuese posible la provisión de un puesto de trabajo reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional por concurso o en virtud de nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios, las Corporaciones locales podrán nombrar, con carácter accidental, a uno de sus funcionarios suficientemente capacitado.

El párrafo segundo del citado precepto, añadido por el artículo decimocuarto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio (BOE nº 163, de 9 de julio), por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, -norma reglamentaria que continúa en vigor de acuerdo con la disposición transitoria séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE nº 89, de 13 de abril)-, aclara, no obstante, que, en los casos de vacante del puesto, comisión de servicios o servicios especiales del titular, con carácter previo al nombramiento accidental, las Corporaciones locales deberán solicitar preceptivamente informe al órgano competente de la comunidad autónoma sobre la existencia de algún funcionario con habilitación de carácter nacional interesado en la provisión del puesto de trabajo por los procedimientos previstos en el artículo 30 -nombramiento provisional-, artículo 31 -acumulación de funciones- y artículo 32 -comisión de servicios-.

El artículo 34 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, citado, en la redacción dada por el artículo decimoquinto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, citado, en conexión con el artículo 61, letra b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 22/2008, de 19 de febrero (BOC nº 45, de 3 de marzo), dispone que "cuando no fuese posible la provisión de puestos de trabajo vacantes en las corporaciones locales reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional por los procedimientos previstos en los artículos 30, 31 y 32, las corporaciones locales podrán proponer, con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, el nombramiento como funcionario interino de una persona que esté en posesión de la titulación exigida para el acceso a la subescala y categoría a la que pertenece. La resolución del nombramiento se efectuará por el órgano competente para la comunidad autónoma respectiva, debiendo quedar acreditado en el expediente la imposibilidad de provisión por un funcionario con habilitación de carácter nacional".

Lo que se hace público, a fin de que los funcionarios con habilitación de carácter estatal que estén interesados en la provisión del indicado puesto por alguna de las formas de provisión no definitivas señaladas en el párrafo anterior, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de enero de 2010.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.

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