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BOC-A-2010-017-437.
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La Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife, y su Partido.
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
Vistos, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido, los presentes autos de Juicio Cambiarlo, bajo el nº 0000613/2008, seguidos a instancia de Caja Insular de Ahorros de Canarias, representado por el Procurador Dña. Candelaria Rodríguez González, contra Pescados Blas, S.L. y contra Congelados Puerto, S.L., la primera en paradero desconocido.
FALLO:
1º) Se desestima la oposición formulada por la representación procesal de Congelados Puerto, S.L. frente a la demanda formulada por Caja Insular de Ahorros de Canarias.
2º) Se condena a Congelados Puerto, S.L. y Pescados Blas, S.L. a abonar a Caja Insular de Ahorros de Canarias la suma de 16.700 -dieciséis mil setecientos- euros, correspondiente al nominal del pagaré, más intereses previstos en la legislación cambiaria.
3º) Las costas procesales se imponen a la demandante de oposición.
Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación que deberá prepararse por escrito ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
Y, para que sirva de notificación de Pescados Blas, S.L. se expide la presente en Santa Cruz de Tenerife, a 2 de abril de 2009.- El/la Secretario.
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