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BOC Nº 013. Jueves 21 de Enero de 2010 - 335

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

335 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 19 de enero de 2010, del Director, por la que se subsanan defectos detectados en las Resoluciones de 18 de diciembre de 2009, en la que se aprueban las bases de la convocatoria para la creación de un censo de auditores que realicen la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, y se regula el contenido y alcance del informe de auditoría a realizar en el seno de la justificación económica de los programas gestionados por el Servicio Canario de Empleo y cofinanciados por el Fondo Social Europeo en materia de formación y empleo (BOC nº 255, de 31.12.09).

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BOC-A-2010-013-335. Firma electrónica-Descargar

Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo, por la que se subsanan defectos detectados en las de fecha 18 de diciembre de 2009, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 255, de 31 de diciembre de 2009, en las que se aprueban las bases de la convocatoria para la creación de un censo de auditores que realicen la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, y se regula el contenido y alcance del informe de auditoría a realizar en el seno de la justificación económica de los programas gestionados por el Servicio Canario de Empleo y cofinanciados por el Fondo Social Europeo en materia de formación y empleo.

A la vista de defectos detectados en las dos Resoluciones de fecha 18 de diciembre de 2009, y dado que la modificación de las mismas no afecta ni altera el sentido del acto, se hace necesario, atendiendo al principio de eficacia e interés público que impregna toda actuación administrativa, proceder a la subsanación de los mismos.

Es por ello, que de conformidad con lo citado anteriormente y conforme al artículo 9.1.a) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, de creación del Servicio Canario de Empleo (BOC de 28.4.03),

R E S U E L V O:

Primero.- Rectificar la Resolución de 18 de diciembre de 2009 (BOC nº 255, de 31.12.09)), por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la creación de un censo de auditores que realicen la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, en los siguientes términos:

- En el resuelvo 4.1.1. Deber de actuaciones a realizar. Donde dice: "Sin perjuicio de que se establezca un mayor alcance y contenido de las auditorías a realizar, y tal y como se establece en el artículo 60 del Reglamento 1083/2006, las entidades auditoras tendrán las siguientes obligaciones" deberá decir: "Sin perjuicio de que se establezca un mayor alcance y contenido de los Informes de Auditor a realizar, y en consonancia con el artículo 60 del Reglamento 1083/2006, las entidades auditoras tendrán las siguientes obligaciones".

- En el párrafo 5º del anterior resuelvo 4.1.1. Donde dice: "Que en la ejecución de operaciones la entidad objeto de auditoría mantiene un sistema de contabilidad separado del pago cofinanciado recibido.", deberá decir: "Que en la ejecución de operaciones la entidad objeto de auditoría mantiene un sistema de contabilidad separado de la subvención recibida".

- En el resuelvo 4.1.3 Deber de emisión de Informe de Revisión y Verificación. Donde dice: "En cumplimiento del Real Decreto 1.636/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, el Informe de revisión y verificación de otros estados o documentos contables deberá contener, al menos, los siguientes datos.", deberá decir: "El Informe de revisión y verificación del beneficiario de fondos cofinanciados deberá contener, al menos, los siguientes datos:"

- En el resuelvo 5.2. Requisitos del equipo de trabajo auditor. Donde dice: "El solicitante deberá aportar una relación nominal de los componentes del equipo de trabajo, distribuidos por categorías profesionales.", deberá decir: "El censado deberá aportar, en el momento de recibir el encargo, una relación nominal de los componentes del equipo de trabajo, distribuidos por categorías profesionales."

- En el resuelvo 5.3. Requisitos de experiencia, solvencia técnica o profesional. Letras a) y b), donde dice: "Acreditación mediante certificación del órgano sujeto a control o del órgano control por cuenta de quién se realizó el mismo, de la experiencia ...", deberá decir: "Acreditación mediante declaración responsable (anexo IV), de la experiencia ..."

- En el resuelvo 6. Precio de los trabajos. Donde dice: "Este gasto se abonará en función del importe total justificado de acuerdo a los siguientes porcentajes ...", deberá decir en su lugar: "Este gasto se abonará, siempre con un mínimo de 300 euros por operación, en función del importe total justificado de acuerdo a los siguientes porcentajes ..."

- Se sustituye el anexo III, por uno nuevo que se adjunta a la presente Resolución.

- Se incluye un nuevo anexo IV.

Segundo.- Rectificar la Resolución de 18 de diciembre de 2009 (BOC nº 255, de 31.12.09)), por la que se regula el contenido y alcance del informe de auditoría a realizar en el seno de la justificación económica de los programas gestionados por el Servicio Canario de Empleo y cofinanciados por el Fondo Social Europeo en materia de formación y empleo, en los siguientes términos:

- Se sustituye el modelo II por uno nuevo que se adjunta a la presente Resolución.

Tercero.- Acordar la ampliación del plazo para presentar solicitudes en 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la presente Resolución. Asimismo, las Resoluciones serán publicadas, una vez realizadas las correcciones, en la web del Servicio Canario de Empleo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de enero de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.

Ver anexo en las páginas 2908-2910 del documento Descargar

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