Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 002. Martes 5 de Enero de 2010 - 53

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

53 Secretaría General Técnica.- Anuncio de 17 de diciembre de 2009, relativo a notificación de la Resolución por la que se dejan sin efecto determinadas Resoluciones que concedían las subvenciones reguladas por la Orden de 3 de marzo de 2009 destinadas a la instalación de jóvenes agricultores y a la modernización de las explotaciones agrícolas.

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: None bytes.
BOC-A-2010-002-53. Firma electrónica-Descargar

Habiéndose intentado la notificación a los interesados del anexo sin que haya sido recibida por los mismos, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber la mencionada notificación:

Resolución de la Secretaría General Técnica por la que se dejan sin efecto las resoluciones que se indican y que concedían las subvenciones reguladas por la Orden de 3 de marzo de 2009 por la que se convocan para el año 2009, las subvenciones destinadas a la instalación de jóvenes agricultores y a la modernización de las explotaciones agrícolas.

Visto el expediente de concesión de las subvenciones reconocidas por Resoluciones que se indican y que concedía las subvenciones, reguladas por la Orden de 3 de marzo de 2009, por la que se convocan para el año 2009, las subvenciones destinadas a la instalación de jóvenes agricultores y a la modernización de las explotaciones agrícolas, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 3 de marzo de 2009 se convocan para el año 2009 las subvenciones destinadas a la instalación de jóvenes agricultores y a la modernización de las explotaciones agrícolas (BOC nº 48, de 11 de marzo).

Con objeto de ser beneficiario de dicha subvención, los interesados del anexo presentaron solicitud para esta convocatoria.

Segundo.- Por las Resoluciones que se indican en el anexo, se concedieron subvenciones para la modernización de explotaciones agrícolas, a los interesados que se relacionan.

Tercero.- Los interesados del anexo no presentaron aceptación a la subvención concedida por la Resolución de la Secretaría General Técnica, que también se relaciona en el anexo.

Cuarto.- La base 4.8 del anexo I de la Orden de convocatoria establecía que la efectividad de la Resolución estará supeditada a la aceptación expresa por el beneficiario, que deberá otorgarse dentro del plazo de 30 días siguientes a la notificación de la Resolución de concesión y a la presentación de la documentación de la base 5, quedando sin efecto la subvención concedida en el caso de que se incumpla lo requerido en este apartado.

R E S U E L V O:

Primero.- Dejar sin efecto la concesión de la subvención por no cumplir con la obligación de aceptar expresamente la subvención otorgada, dentro del plazo de 30 días siguientes a la notificación de la Resolución de concesión y a la presentación de la documentación a que se refiere la base 5.

Segundo.- Declarar la no exigibilidad del abono de la subvención de capital que aparece en el anexo.

Todo ello sin perjuicio de las actuaciones previstas en el artº. 32 del Decreto Territorial 337/1997, de 19 de diciembre, y de las que puedan realizarse por la Audiencia de Cuentas de Canarias, el Tribunal de Cuentas o la Intervención General.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición ante este Órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de diciembre de 2009.- La Secretaria General Técnica, Teresa María Barroso Barroso.

Ver anexo en la página 147 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias