Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 001. Lunes 4 de Enero de 2010 - 6

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

6 ORDEN de 17 de noviembre de 2009, por la que se delegan las facultades para actuar como órgano de contratación en la Directora del Área de Salud de La Palma respecto de la contratación de la prestación del servicio consistente en la realización de pruebas diagnósticas utilizando la técnica de imagen por resonancia magnética.

6 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: None bytes.
BOC-A-2010-001-6. Firma electrónica-Descargar

Mediante Orden de la Consejera de Sanidad de fecha 1 de septiembre se ha acordado la adjudicación provisional de los acuerdos marcos para la contratación mediante concierto de los estudios diagnósticos empleando la tecnología de imagen por resonancia magnética.

En la referida adjudicación provisional quedó desierto el lote 16 Pruebas de los grupos "A" y "B", a realizar a pacientes del Área de Salud de La Palma.

La cláusula 23 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige los referidos acuerdos marco tiene el siguiente contenido:

"Una vez formalizados los acuerdos marco, el Servicio Canario de la Salud vendrá obligado a concertar la realización de los estudios que no puedan ser realizados en los centros de la red hospitalaria de utilización pública o en los centros públicos sin internamiento en la Comunidad Autónoma de Canarias, con los empresarios que hayan resultado adjudicatarios de los mismos conforme a las disponibilidades presupuestarias.

No obstante si algún lote quedase desierto, o el adjudicatario o adjudicatarios del mismo no pudiesen satisfacer la necesidad asistencial para cuya cobertura se cuente con disponibilidad presupuestaria, la Administración podrá proceder a la contratación de su objeto con empresarios que dispongan de instalaciones en el área de salud correspondiente, al margen de los acuerdos marco, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la legislación sobre contratación administrativa. Si ello no fuese posible, la Administración adoptará las medidas necesarias para que los estudios que precisen los pacientes de dicha área, se realicen en los centros concertados del área de salud más próxima o, en su caso, más accesible."

Teniendo en cuenta que las facultades para actuar como órgano de contratación que en materia de conciertos las ostenta la Consejera de Sanidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.c) de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, y del artículo 14 del Decreto 105/2006, de 20 de julio, por el que se regula la homologación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y por el que se desarrolla el régimen jurídico del concierto sanitario.

En su virtud, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la Directora del Área de Salud de La Palma, el ejercicio de las facultades para actuar como órgano de contratación respecto de la contratación de las pruebas de resonancia magnética que se describen en el anexo de esta Orden.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de noviembre de 2009.

LA CONSEJERA

DE SANIDAD,

María Mercedes Roldós Caballero.

Ver anexo en las páginas 21-25 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias