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BOC Nº 255. Jueves 31 de Diciembre de 2009 - 1970

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

1970 - Instituto Canario de Investigaciones Agrarias.- Resolución de 21 de diciembre de 2009, de la Presidenta, por la que se anuncia convocatoria para la selección de tres Titulados Superiores para su contratación laboral temporal.

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Vista la necesidad del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA) de realizar los trabajos relacionados con el Proyecto MAC/I/C054 "Transferencia de I+D+I para el desarrollo sostenible del cultivo del plátano en los RUPS-MAC" (acrónimo-BIOMUSA), desarrollado por el contrato de concesión de ayuda FEDER entre la autoridad de Gestión de Programa de Cooperación Madeira-Azores-Canarias (MAC) 2007-2013 y el Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA), dentro del Proyecto de Inversión 47000001 "Proyecto BIOMUSA", con cargo a la partida presupuestaria 47.01.542B.640.20 de los Presupuestos del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias para el ejercicio 2010.

Vistos los informes favorables de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010, vistos los demás informes preceptivos. En uso de las atribuciones conferidas por el artº. 7 de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de Creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar procedimiento selectivo para las categorías profesionales relacionadas en el anexo II mediante contratación temporal en régimen de Derecho Laboral, a través del sistema de concurso-oposición.

Segundo.- Al contrato laboral temporal que se celebre con el personal que resulte seleccionado y a la situación jurídica originada por los mismos, incluido el período de prueba, le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el III Convenio Único del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia.

Los contratos laborales se formalizarán al amparo de lo previsto en el artº. 2 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre, que regula los contratos de trabajo para obra o servicio determinados, conforme a los procedimientos de selección y de provisión establecidos en el Convenio Único del Personal Laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- El personal que se contrate quedará sometido a los períodos de prueba previstos en el artº. 14 del Convenio Colectivo, siempre y cuando no se hayan prestado servicios en la misma categoría en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuyo caso quedará exento del citado período de prueba (artº. 14, párrafo 3º del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo).

Cuarto.- El procedimiento selectivo se desarrollará de conformidad con las bases que figuran como anexo I a esta Resolución, que además contiene: anexo II "Plazas convocadas", anexo III "Instancia" y anexo IV "Temarios".

Quinto.- Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación, según establece el artº. 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

La Laguna, a 21 de diciembre de 2009.- La Presidenta, Milagros Pérez León.

A N E X O I

BASES

Primera.- Objeto.

Regular procedimiento selectivo para las categorías profesionales relacionadas en el anexo II mediante contratación temporal en régimen de Derecho Laboral, a través del sistema de concurso-oposición.

Segunda.- Requisitos generales de los aspirantes.

Para poder participar en el concurso-oposición, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:

a) Tener nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artº. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos.

Las previsiones del párrafo anterior serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España, podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.

b) Haber cumplido la edad de 16 años.

c) Estar en posesión de la titulación académica, que se especifica en el anexo II de la Resolución.

d) No haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el que hubiese sido despedido o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría que se convoca.

Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán en el momento de presentación de la solicitud para participar en el concurso-oposición de la forma que se indica a continuación, y deberán poseerse el día de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I. o pasaporte en vigor.

La tarjeta de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por residir en España en régimen de estancia, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte, del visado, y en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haber solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea, con el que exista este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes a los que se refiere el último párrafo de la base segunda, a), deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte en vigor, así como fotocopia compulsada del correspondiente permiso de residencia.

c) Documento original o fotocopia compulsada de la titulación académica, que se especifica en el anexo II de este Resolución.

d) y e) Declaración responsable del interesado.

Tercera.- Aspirantes con discapacidad física, psíquica o sensorial.

1. En el caso de no participar en el turno de discapacidad, los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igual de condiciones con los demás aspirantes, sin que puedan ser excluidos por estas causas, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

2. Para poder participar por el turno de discapacidad, dichos aspirantes aportarán, en el momento de presentar la solicitud, la certificación de reconocimiento de grado de discapacidad de acuerdo con lo regulado en el Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad (B.O.E. nº 22, de 26.1.00, corrección de errores B.O.E. nº 62, de 13 de marzo), debiendo ser el citado grado de discapacidad igual o superior al 33%.

3. Además, en ambos casos, tendrán que alegar de forma expresa, al tiempo de presentar la correspondiente solicitud, qué tipo de discapacidad padecen y qué adaptaciones necesitan para la realización de los ejercicios, tal como previenen los artículos 1.2 y 5.2 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título VI de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con discapacidad para la prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento para su integración laboral. De otra parte, tal como previene el artº. 5.3 del mencionado Decreto 43/1998, cuando la disminución acreditada del aspirante afecte a su capacidad productiva o mecánica para el desarrollo de las pruebas o ejercicios de que se trate en el tiempo señalado, podrá admitirse excepcionalmente la ampliación en un tercio del tiempo previsto para su realización.

4. Tales extremos tendrán que ser acreditados mediante certificación vinculante del equipo multiprofesional previsto en el citado Decreto 43/1998, en la que asimismo deberá constar que están en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a que aspiran y las adaptaciones necesarias de dichos puestos. La certificación habrá de ser presentada junto con la solicitud de participación. De no ser posible la presentación de dicha certificación dentro del plazo de solicitudes, se deberá aportar al menos el justificante de haberla solicitado. En este caso los aspirantes tendrán que aportar la certificación dentro del plazo de subsanación de defectos a que se refiere la base.

Cuarta.- Presentación de solicitudes.

Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán presentar instancia según modelo que se inserta como anexo III, acompañada de la documentación acreditativa de reunir los requisitos a que se refiere la base segunda de esta Resolución.

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución por la que se convocan las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de Canarias.

La presentación ha de realizarse en el Registro del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, sito en Carretera El Boquerón, s/n, Valle Guerra (La Laguna), o según los previsto en el artº. 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio (BOC nº 102, de 19.8.94).

Quinta.- Lista de admitidos y excluidos.

Dentro de los tres días hábiles siguientes al de terminación del plazo de presentación de instancias, se publicará en los tablones de anuncios del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de errores, conforme a lo dispuesto en el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dentro de los tres días hábiles siguientes a este último plazo, se publicará en el tablón de anuncios señalado anteriormente, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, indicándose el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, debiendo los aspirantes acudir provistos de su D.N.I. o pasaporte en vigor.

Sexta.- Sistema selectivo. La selección se realizará mediante concurso-oposición.

· La fase de oposición en la que el orden de actuación comenzará por la letra W, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 27 de enero de 2009 (B.O.E. nº 31, de 5.2.09), constará de dos ejercicios: primero una prueba teórica que será la realización de un test de 20 preguntas que se calificará hasta un máximo de 6 puntos de la siguiente forma: 0,3 puntos por respuesta correcta, 0 puntos por pregunta no contestada y -0,3 por respuesta incorrecta, siendo necesario para superarla la obtención de un mínimo de 3 puntos, y segundo una prueba práctica que se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siendo necesario para superarla un mínimo de 2 puntos. Ambas pruebas se realizarán sobre el programa que se especifica en el anexo IV de la Resolución, por la que se convocan las pruebas selectivas. El total de la fase de oposición será la suma de ambos ejercicios, siendo necesario para superarlo la obtención de un mínimo de 5 puntos.

· En la fase de concurso, a los aspirantes que superen la fase de oposición les serán valorados, con un máximo de 4 puntos, los méritos indicados en la presente base y que se ostenten a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para la participación en la presente convocatoria. A tal fin, deberán aportar documentos originales o fotocopias compulsadas justificativos de dichos méritos, en el plazo de los tres días siguientes al de la publicación, en el tablón de anuncios del ICIA, de la lista de aspirantes que superen la fase de oposición.

- Cursos relacionados con las funciones del puesto, hasta un máximo de 1,5 puntos, con los siguientes criterios de valoración: cursos impartidos por centros oficiales u homologados: 0,1 punto por cada curso de menos de 10 horas lectivas; 0,5 puntos por cada curso de 10 o más horas lectivas y menos de 50 horas lectivas; 1 punto por cada curso de 50 o más horas lectivas.

- Experiencia profesional relacionada en la realización de tareas similares a las del puesto de trabajo: 0,3 puntos por cada mes, hasta un máximo de 2,5 puntos.

La puntuación final del concurso-oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases.

El Tribunal elevará al órgano competente propuesta de contratación de los tres aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido, a efectos de su publicación y aprobación.

En caso de empate se resolverá mediante la sucesiva aplicación de los siguientes criterios:

1. La puntuación obtenida en la fase de oposición.

2. Si continúa el empate se tendrá en cuenta la puntuación otorgada en la fase de concurso, en el apartado experiencia profesional.

3. Si aún persistiera el empate se tendrá en cuenta la puntuación otorgada en la fase de oposición al ejercicio práctico.

Séptima.- Tribunal Calificador.

Presidente

Titular: D. Manuel Caballero Ruano. Director Científico. Grupo A.

Suplente: D. Víctor Galán Sauco. Profesor de investigación. Grupo A.

Vocal Secretario

Titular: Dña. María del Carmen Jaizme Vega. Coordinadora de Programas. Grupo A.

Suplente: D. Pedro Modesto Hernández Delgado. Investigador Principal del ICIA. Grupo A.

Vocal

Titular: Dña. María José Grajal Martín. Colaborador Científico. Grupo A.

Suplente: Dña. Cristina Rodríguez Pastor. Investigador Principal. Grupo A.

Vocal

Titular: Dña. Estrella Hernández Suárez. Investigador Principal. Grupo A.

Suplente: D. Julio Hernández Hernández. Investigador Principal. Grupo A.

Vocal

Titular: Dña. Gloria Lobo Rodrigo. Colaborador Científico. Grupo A.

Suplente: D. Juan Bernardo Pérez Hernández. Titulado Superior. Grupo I.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, de los que uno ha de ser el Presidente y otro el Secretario, debiendo adoptar sus acuerdos por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estén incursos en alguno de los supuestos del artº. 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y cuando hayan efectuado labores de preparación de aspirantes a acceder a empleos públicos en los últimos cinco años, de acuerdo con el artº. 13.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones o dietas que les correspondan por razón del servicio, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, fijándose el límite máximo de asistencias en 5.

La Presidencia de este Instituto podrá nombrar personal funcionario o laboral para colaborar en las tareas extraordinarias de carácter administrativo precisas para el desarrollo del procedimiento selectivo, quienes percibirán las indemnizaciones por razones de servicio que les correspondan.

Octava.- Actas del Tribunal.

Por el Secretario del Tribunal se levantarán las correspondientes actas, que firmarán todos los miembros del mismo, y hará constar los aspirantes presentados, las calificaciones otorgadas, las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta, y la propuesta de contratación del aspirante que mayor puntuación haya obtenido, que se elevará al órgano competente.

Novena.- Publicidad de la propuesta de contratación.

La propuesta de contratación y la constitución de una lista de reserva aprobada únicamente para posibles renuncias de los candidatos propuestos para esta contratación, o al contrato suscrito con posterioridad para completar el período de tiempo que resta de contrato, se publicará en el tablón de anuncios del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y servirá de emplazamiento al personal seleccionado y que deberá presentarse con la documentación que en ella se señale en el plazo de 5 días hábiles. Quedará decaído el aspirante que no presentase toda la documentación exigida en el plazo indicado, efectuándose entonces el llamamiento por orden de puntuación al siguiente de la lista constituida.

Presentada de conformidad toda la documentación, se suscribirá el contrato de trabajo de carácter temporal procedente, por el órgano competente y previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

A N E X O I I

PLAZAS CONVOCADAS

1º TITULADO SUPERIOR (Grupo I).

TITULACIÓN EXIGIDA: Título Universitario Superior.

FUNCIONES: las propias de su categoría profesional dentro del marco del Proyecto de Investigación MAC/I/C054 "Transferencia de I+D+I para el Desarrollo sostenible del Cultivo del Plátano en las RUPS-MAC", concretamente de apoyo a la ejecución de actividades programadas en el proyecto, en el área de control de Cosmopolites sordidus en explotaciones dedicadas al cultivo del plátano.

LOCALIZACIÓN: 7.35 La Laguna.

DURACIÓN: 11 meses y 15 días a tiempo parcial (50% de la jornada), finalizando en cualquier caso, el 30 de junio de 2012, fecha en que finaliza el proyecto objeto del contrato. No obstante si el contrato empezara su vigencia quedando menos de 11 meses y 15 días al 30 de junio de 2012, el contrato tendría la duración comprendida entre el día de inicio y el 30 de junio de 2012, salvo concesión de prórroga del citado proyecto, en cuyo caso se podrá o no prorrogar el contrato laboral que se haya suscrito.

2º TITULADO SUPERIOR (Grupo I).

TITULACIÓN EXIGIDA: Título Universitario Superior.

FUNCIONES: las propias de su categoría profesional dentro del marco del Proyecto de Investigación MAC/I/C054 "Transferencia de I+D+I para el Desarrollo sostenible del Cultivo del Plátano en las RUPS-MAC", concretamente de apoyo a la ejecución de actividades programadas en el proyecto, en el área de Microorganismos Benéficos del Suelo, especialmente relacionados con la platanera.

DURACIÓN: 11 meses y 15 días a tiempo parcial (50% de la jornada), finalizando en cualquier caso, el 30 de junio de 2012, fecha en que finaliza el proyecto objeto del contrato. No obstante si el contrato empezara su vigencia quedando menos de 11 meses y 15 días al 30 de junio de 2012, el contrato tendría la duración comprendida entre el día de inicio y el 30 de junio de 2012, salvo concesión de prórroga del citado proyecto, en cuyo caso se podrá o no prorrogar el contrato laboral que se haya suscrito.

3º TITULADO SUPERIOR (Grupo I).

TITULACIÓN EXIGIDA: Título Universitario Superior.

FUNCIONES: las propias de su categoría profesional dentro del marco del Proyecto de Investigación MAC/I/C054 "Transferencia de I+D+I para el Desarrollo sostenible del Cultivo del Plátano en las RUPS-MAC", concretamente de apoyo a la ejecución de actividades programadas en el proyecto, en el área de postcosecha de plátano y especialmente relacionados con métodos alternativos a la utilización de fungicidas durante la postcosecha de esta fruta.

LOCALIZACIÓN: 7.35 La Laguna.

DURACIÓN: 10 meses a tiempo parcial (50% de la jornada), finalizando en cualquier caso, el 30 de junio de 2012, fecha en que finaliza el proyecto objeto del contrato. No obstante si el contrato empezara su vigencia quedando menos de 10 meses al 30 de junio de 2012, el contrato tendría la duración comprendida entre el día de inicio y el 30 de junio de 2012, salvo concesión de prórroga del citado proyecto, en cuyo caso se podrá o no prorrogar el contrato laboral que se haya suscrito.

A N E X O I I I

INSTANCIA

Apellidos y nombre ........................................., con D.N.I. nº ................................É, con domicilio en .........................................................................., teléfono .................................................................. .

EXPONE

Que habiéndose convocado, por Resolución de la Presidencia del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, pruebas para la selección de personal para su contratación laboral temporal.

SOLICITA

Ser admitido a la celebración de las mencionadas pruebas para la provisión de un .............................., en la especialidad de ............................................... .

................................................, a ....................... de .............................. de 2 ........ .

ILMA. SRA. PRESIDENTA DEL INSTITUTO CANARIO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS.

A N E X O I V

TEMARIO 1º TITULADO SUPERIOR

Especialidad "Cosmopolites sordidus en explotaciones dedicadas al cultivo del plátano".

Tema 1.- El cultivo de la platanera.

Tema 2.- Importancia del cultivo de la platanera en Canarias.

Tema 3.- Requisitos edafoclimáticos del cultivo de la platanera.

Tema 4.- Principales plagas/enfermedades del cultivo de la platanera.

Tema 5.- El picudo de la platanera.

Tema 6.- Biología del picudo de la platanera.

Tema 7.- Sistemas de cría de picudo de platanera.

Tema 8.- Organismos entomopatógenos para el control de plagas I: Hongos.

Tema 9.- Organismos entomopatógenos para el control de plagas II: Nemátodos.

Tema 10.- Principales métodos de control del picudo de la platanera.

Tema 11.- Control químico del picudo de la platanera.

Tema 12.- Control biológico del picudo y uso de feromonas de agregación.

Tema 13.- Métodos de trampeos en picudo de platanera y análisis comparativo.

Tema 14.- Propuestas de combinación de métodos de control para el picudo de la platanera.

Tema 15.- Situación actual de la distribución de la plaga de picudo en las islas.

Tema 16.- Importancia de los cultivares de platanera frente a la plaga de picudo.

Tema 17.- Métodos de valoración de daños de la plaga de picudo.

Tema 18.- Relación entre daños causados por picudo y calidad de la fruta.

Tema 19.- Medidas de control llevadas a cabo por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación para el control del picudo de la platanera.

Tema 20.- Reglamento de producción integrada del cultivo del plátano: discusión y análisis en relación al picudo.

TEMARIO 2º TITULADO SUPERIOR

Especialidad: "Microorganismos Benéficos del Suelo, especialmente relacionados con la platanera".

Tema 1.- El cultivo de la platanera.

Tema 2.- Importancia del cultivo del plátano en Canarias.

Tema 3.- Hongos micorrícicos.

Tema 4.- Aislamiento, multiplicación e inoculación de hongos micorrícicos.

Tema 5.- Bacterias rizosféricas.

Tema 6.- Aislamiento, multiplicación e inoculación de bacterias rizosféricas.

Tema 7.- Uso de microorganismos benéficos en platanera micropropagada.

Tema 8.- Microorganismos rizosféricos como biofertilizantes.

Tema 9.- Microorganismos rizosféricos para el control de patógenos.

Tema 10.- Interacciones microbianas en la rizosfera.

Tema 11.- Fertilidad biológica de los suelos.

Tema 12.- Indicadores de la fertilidad biológica de los suelos.

Tema 13.- Metodología para la determinación de bioindicadores: I. Diseño y muestreo de suelos.

Tema 14.- Metodología para la determinación de bioindicadores: II. Técnicas de aislamiento e interpretación.

Tema 15.- Diseño de experimentos.

Tema 16.- Tratamiento de datos experimentales.

Tema 17.- Seguridad e higiene en el laboratorio.

Tema 18.- Aplicaciones agronómicas de hongos micorrícicos.

Tema 19.- Aplicaciones agronómicas de bacterias rizosféricas.

Tema 20.- Principios fundamentales de agroecología.

TEMARIO 3º TITULADO SUPERIOR

Especialidad: "Postcosecha del plátano y especialmente relacionados con métodos alternativos a la utilización de fungicidas durante la postcosecha de esta fruta".

Tema 1.- Índices de madurez del plátano y métodos de recolección.

Tema 2.- Influencia de los factores precosechas en la calidad postcosecha del plátano.

Tema 3.- Cadena comercial del plátano producido en las Islas Canarias.

Tema 4.- Producción integrada del plátano.

Tema 5.- Normas para la comercialización compatible con la producción integrada del plátano.

Tema 6.- Alteraciones fisiológicas del plátano durante la postcosecha.

Tema 7.- Cambios en la composición y calidad del plátano durante su almacenamiento y comercialización.

Tema 8.- Evaluación analítica del color, textura y parámetros relacionados con el sabor del plátano.

Tema 9.- Análisis sensorial de productos hortofrutícolas.

Tema 10.- Evaluación de la calidad nutricional y compuestos fotoquímicos del plátano.

Tema 11.- Técnicas analíticas para evaluar la calidad fisiológica y bioquímica del plátano.

Tema 12.- Métodos para prolongar la vida comercial del plátano.

Tema 13.- Efecto de la temperatura y la humedad relativa en la conservación postcosecha del plátano.

Tema 14.- Pérdida de agua durante la cadena comercial del plátano: factores implicados y control.

Tema 15.- Pudrición de corona en el plátano. Métodos de control.

Tema 16.- Aplicación de fungicidas en la postcosecha del plátano. Problemática derivada.

Tema 17.- Métodos alternativos al empleo de productos fitosanitarios para el control de enfermedades postcosecha: tratamientos térmicos.

Tema 18.- Métodos alternativos al empleo de productos fitosanitarios para el control de enfermedades postcosecha: tratamientos físico-químicos.

Tema 19.- Métodos alternativos al empleo de productos fitosanitarios para el control de enfermedades postcosecha: atmósferas modificadas y controladas.

Tema 20.- Fungicidas postcosecha alternativos: eficacia de los extractos obtenidos a partir de material vegetal sobre la pudrición de corona del plátano.

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