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BOC Nº 253. Martes 29 de Diciembre de 2009 - 1943

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1943 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 16 de diciembre de 2009, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 30 de noviembre de 2009, relativo a ejecución de Sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo 0295/2002. Plan Parcial SAU-2 Villas Club. La Oliva.- Expte. 044/07.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 30 de noviembre de 2009, relativo a ejecución de Sentencia recurso contencioso-administrativo 0295/2002. Plan Parcial SAU-2 Villas Club. La Oliva. Expediente 044/07.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de diciembre de 2009.- El Director General de Urbanismo, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2009 en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento del cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo, de 8 de junio de 2009, recaída en el recurso de casación nº 5403/2006, dimanante del recurso contencioso-administrativo nº 295/2002, interpuesto por la Comunidad Autónoma de Canarias contra el acuerdo del Ayuntamiento de La Oliva de 16 de febrero de 2002, por el que se aprobó definitivamente el Plan Parcial SAU-2 Villas Club, Sentencia que anula la de 21 de julio de 2006 del TSJC, recaída en el antedicho recurso contencioso-administrativo nº 295/2002, acordando igualmente devolver las actuaciones al Tribunal de procedencia para que, con retroacción de las mismas al momento inmediatamente posterior al último de los escritos de contestación a la demanda, por la Sala de instancia se disponga lo necesario para el emplazamiento de todos los propietarios afectados por el Plan Parcial SAU-2 Villas Club que el Ayuntamiento de La Oliva aprobó definitivamente el 16 de febrero de 2002, y en todo caso, se otorgue plazo para contestación a la demanda a los interesados que se personaron después de dictada la sentencia que aquí se anula, continuando luego la tramitación ordinaria del proceso sin perjuicio de la posible conservación y aprovechamiento del material probatorio aportado a las actuaciones que se anulan.

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de La Oliva, a los Servicios Jurídicos de la Consejería de Presidencia del Gobierno de Canarias, y a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario Accidental de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.

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