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BOC Nº 245. Miércoles 16 de Diciembre de 2009 - 4938

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4938 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 25 de noviembre de 2009, relativa a la sanción impuesta a Lysply, S.A. por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

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Considerando que en el artículo 40.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (B.O.E. nº 189, de 8 de agosto), se dispone, después de determinar las cuantías sancionadoras, que "Las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente".

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales (B.O.E. nº 108, de 5.5.07), que contiene las formalidades necesarias para la publicación de las referidas sanciones.

Resultando que en el procedimiento sancionador PH-182/09 la sanción impuesta a "Lysply, S.A.", mediante Resolución nº 566 de esta Dirección General de fecha 25 de mayo de 2009, ha adquirido firmeza.

Vistas las disposiciones citadas, y demás que resulten de aplicación,

R E S U E L V O:

Único.- Ordenar que se haga pública en el Boletín Oficial de Canarias la siguiente sanción:

- Nombre o razón social de la empresa sancionada: "Lysply, S.A.".

- Sector de actividad a que se dedica: obras singulares de ingeniería civil en superficie y en altura.

- Número de Documento Nacional de Identidad de las personas físicas o Código de Identificación Fiscal de las personas jurídicas: A38832770.

- Domicilio social: Plaza del Adelantado, 8 (38204-San Cristóbal de La Laguna, Tenerife).

- Infracción cometida: artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social "No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores".

- Sanción impuesta: 41.000,00 euros.

- Fecha de extensión del Acta de Infracción: 26 de marzo de 2009.

- Fecha en la que la sanción adquiere firmeza: 10 de septiembre de 2009.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de noviembre de 2009.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

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