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BOC Nº 244. Martes 15 de Diciembre de 2009 - 1851

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1851 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 2 de diciembre de 2009, por la que se dispone, a propuesta del Ayuntamiento de Tacoronte (provincia de Santa Cruz de Tenerife), la supresión del puesto de trabajo de Tesorería como puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala de Intervención-Tesorería.

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Examinado el expediente iniciado a solicitud del Ayuntamiento de Tacoronte (provincia de Santa Cruz de Tenerife), para la supresión del puesto de trabajo de Tesorería como puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala de Intervención-Tesorería.

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Relaciones con la Administración Local y Habilitación Estatal.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1º) Mediante oficio de 26 de noviembre de 2009 (Registro de Salida nº 7.674), la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Tacoronte solicitó la supresión del puesto de Tesorería, vacante en la plantilla de la Corporación, como puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, a fin de que sus funciones pudieran ser desempeñadas por funcionario propio de la Corporación, asignando dichas funciones a la plaza de Letrado de los Servicios Económico-Financieros. A la solicitud acompañó la siguiente documentación:

- Certificaciones de la Secretaria General de la Corporación acreditativas del acuerdo adoptado por el Pleno, en la sesión ordinaria celebrada el día 7 de marzo de 2008, referente al punto "III.- Plantilla orgánica para el año 2008.", publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 74, de 11 de abril de 2008; y del acuerdo adoptado por el Pleno, en sesión extraordinaria, de 9 de mayo de 2008, punto "V.- Plantilla orgánica para el año 2008: Aprobación definitiva.", publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 105, de 27 de mayo de 2008.

- Certificación de la Secretaria General de la Corporación acreditativa del acuerdo adoptado por el Pleno, en la sesión ordinaria celebrada el día 4 de mayo de 2009, punto "III.- Plantilla del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Tacoronte para el año 2009: Modificación de la aprobación inicial.", publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 122, de 26 de junio de 2009.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- La Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (B.O.E. nº 89, de 13), dispone, en su apartado 3, que la creación, clasificación y supresión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal corresponde a cada Comunidad Autónoma, de acuerdo con los criterios básicos que se establezcan por ley.

Los expedientes de clasificación serán resueltos por el órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva. Las resoluciones habrán de publicarse en los diarios oficiales y remitirse al Ministerio de Administraciones Públicas para su publicación conjunta en el "Boletín Oficial del Estado", al menos con carácter trimestral, conforme determina el artículo 9º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto).

II.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61, letra b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 22/2008, de 19 de febrero (B.O.C. nº 45, de 3 de marzo), corresponde a la Dirección General de la Función Pública el ejercicio de las competencias que, respecto a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, correspondan a la Comunidad Autónoma de Canarias y no estén atribuidas expresamente a otro órgano.

III.- El artículo 2º, letra f), del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, citado, determina que, en las Corporaciones locales con secretaría de clase segunda -clasificación que corresponde a ese Ayuntamiento-, será la relación de puestos de trabajo la que determine si el puesto de Tesorería está reservado a habilitado de carácter estatal o puede ser desempeñado por uno de sus funcionarios debidamente cualificados. Se trata, en consecuencia, de una potestad que la Corporación puede ejercer discrecionalmente, y que se exterioriza a través del acto normativo de modificación de la plantilla o de la relación de puestos de trabajo.

La Corporación ha optado por que el puesto de Tesorería, actualmente vacante, sea desempeñado por funcionario de la propia Corporación debidamente cualificado, por lo que ha de procederse a su supresión como puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

En el ejercicio de la competencia que le atribuye la normativa a la que se ha hecho mención.

R E S U E L V O:

1. Disponer la supresión, a propuesta del Ayuntamiento de Tacoronte (provincia de Santa Cruz de Tenerife), del puesto de trabajo de Tesorería como puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala de Intervención-Tesorería, con eficacia desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Dicho puesto será desempeñado por un funcionario propio de la Corporación debidamente cualificado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º, letra f), párrafo segundo, del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio.

2. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9º del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, citado.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a su notificación, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o bien, a criterio del interesado, interponer en vía administrativa el recurso de reposición potestativo ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a que tenga lugar su notificación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de diciembre de 2009.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.

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