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BOC Nº 230. Martes 24 de Noviembre de 2009 - 4578

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4578 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 10 de noviembre de 2009, del Director, relativo a notificación de requerimiento a La Estrella Ecodiver, S.A.L., a los efectos de justificar la subvención concedida de las previstas en el artº. 2.a) de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nº 270, de 11.11.05).

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Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a La Estrella Ecodiver, S.A.L., del requerimiento de fecha 23 de octubre de 2009, y número de registro 672395, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento para justificación de subvención.

En relación con la subvención concedida a la entidad La Estrella Ecodiver, S.A.L., en virtud de la Resolución nº 07-35/4799, de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de fecha 7 de diciembre de 2007, de las previstas en el "artº. 2.a) (Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales)", de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nº 270, de 11.11.05) para la incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.


APELLIDOS Y NOMBRE N.I.F. FECHA DE ALTA

EN LA SS.SS.

Socio: LÓPEZ CANGA, MÓNICA 43806054R 20.9.07

Socio: MARTÍN GONZÁLEZ, 42068447K 20.9.07

MARÍA BEGOÑA


por importe de catorce mil (14.000,00) euros, cúmpleme comunicarle lo siguiente:

Primero.- Teniendo en cuenta que lo establecido en el resuelvo séptimo de la citada Resolución de concesión y en los mismos términos en el artº. 10 de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nº 270, de 11.11.05), se especifica:

· A mantener, al menos durante tres años, como socio trabajador o de trabajo, a la persona o personas por cuya incorporación se concede la ayuda.

· Durante el plazo de tres años, y para el caso de baja de alguno de los socios en virtud de cuya incorporación se hubiera otorgado la subvención, a sustituirlo, por el período que reste hasta completar los tres años, por otra persona perteneciente a alguno de los colectivos que puedan ser beneficiarios de esta subvención, por importe igual o superior al del que ha causado baja, o a reintegrar las cantidades percibidas, con sus intereses de demora, desde que el incorporado dejó de tener la condición de socio trabajador o de trabajo en la entidad.

· A comunicar al Servicio Canario de Empleo las bajas de los socios por los que se ha percibido subvención en el plazo de un mes a contar desde la fecha en que se haya producido la baja, así como a proceder a su sustitución en el plazo máximo de seis meses desde la fecha en que causó baja, debiendo presentar en el Servicio Canario de Empleo, en el plazo de un mes desde que se lleve a cabo la sustitución, la documentación que acredite que se ha llevado a efecto dicha sustitución.

Las entidades beneficiarias, para acreditar tal obligación, anualmente y durante tres años a contar desde la fecha de incorporación del socio trabajador o de trabajo a la entidad, deberán presentar ante el S.C.E. la siguiente documentación:

· Informe de vida laboral de la empresa en el caso de altas en el régimen general de la Seguridad Social o informe de vida laboral de cada uno de los socios subvencionados en el caso de régimen de autónomo, correspondiente a la anualidad a justificar.

Segundo.- Que a la fecha del presente requerimiento no se ha aportado la documentación justificativa a la que hacen referencia los preceptos anteriormente indicados.

Que este Centro Directivo ha consultado la vida laboral de cada una de las socias subvencionadas, Dña. Mónica López Canga y Dña. María Begoña Martín González, observándose que ambas socias trabajadoras se han dado de baja de esa entidad, con fecha 30 de noviembre de 2008, circunstancia que no ha sido formalmente comunicada a este Centro Directivo.

Por todo ello se le requiere para que en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, remitan a este Centro Directivo por medio de dos copias debidamente diligenciadas con sus originales, la documentación siguiente:

· Baja de las socias trabajadoras subvencionadas Dña. Mónica López Canga y Dña. María Begoña Martín González.

· Alta en la Seguridad Social de las nuevas socias trabajadoras sustitutas.

· Informe de vida laboral de la empresa en el caso de altas en el régimen general de la Seguridad Social o informe de vida laboral de cada uno de los socios subvencionados en el caso de régimen de autónomo, correspondiente a la anualidad a justificar.

· Copia compulsada del Libro de Socios de la entidad, actualizado.

· Escritura de compraventa de participaciones, actualizada.

· Documento Nacional de Identidad de las nuevas socias trabajadoras sustitutas.

· Certificado de cada uno de los socios trabajadores incorporados en los términos establecidos en los apartados d) y f) del artículo 7.2 de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, según modelo del S.C.E.

Se le advierte de que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 276, de 18.11.03).

Mediante este documento se notifica a Dña. Mónica López Canga y a Dña. María Begoña Martín González el contenido del presente requerimiento, según lo exigido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y B.O.E. nº 12, de 14.1.99).- En Santa Cruz de Tenerife, a 23 de octubre de 2009.- La Jefa de Sección de Promoción de la Economía Social I, Araceli García Santamaría."

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de noviembre de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

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