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Dña. María Teresa Oliver Guerra, Secretaria-Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
D. Jorge David Ramos Cabrera, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria de esta ciudad y de este Partido Judicial, ha visto los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, de desahucio, nº 0000286/2009, seguidos en este Juzgado a instancia de D. Sebastián Rodríguez Rodríguez, representado por la Procuradora Dña. Manuela Rodríguez Báez, y dirigido por el Letrado D. José Antonio Giraldez Macia, contra D. José Manuel Pérez Ortega y ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente,
SENTENCIA:
FALLO: que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre D. Sebastián Rodríguez Rodríguez y D. José Manuel Pérez Ortega sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda dando lugar al desahucio solicitado y condenando al demandado a que, dentro del término legal, lo desaloje y deje libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, condenándole asimismo a abonar al actor la cantidad de 2.000 euros, más las que vayan devengando hasta que quede a disposición del actor, intereses legales e imponiéndole expresamente las costas de este juicio.
Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de septiembre de 2009.- La Secretaria.
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