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BOC Nº 212. Jueves 29 de Octubre de 2009 - 1601

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1601 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 8 de octubre de 2009, por la que se dispone la publicación del Convenio específico de colaboración entre esta Consejería y la Universidad de La Laguna, para el desarrollo de las actuaciones que contribuyan a la preparación de las propuestas de nuevos planes de estudios, en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

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Suscrito con fecha 26 de junio de 2009 el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la Universidad de La Laguna, para el desarrollo de las actuaciones que contribuyan a la preparación de las propuestas de nuevos planes de estudios, en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Registrado dicho Convenio en el Registro de Convenios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), en su redacción actual,

R E S U E L V O:

Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el mencionado Convenio de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la Universidad de La Laguna, para el desarrollo de las actuaciones que contribuyan a la preparación de las propuestas de nuevos planes de estudios, en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales que se recoge en el anexo I.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de octubre de 2009.- La Secretaria General Técnica, Pilar Herrera Rodríguez.

A N E X O I

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTUACIONES QUE CONTRIBUYAN A LA PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE NUEVOS PLANES DE ESTUDIOS, EN EL MARCO DE LA NUEVA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES.

En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 2009.

REUNIDOS

De una parte, Dña. Milagros Luis Brito, Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes nombrada por Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 141, de 14.7.07), de acuerdo con capacidad y competencia para la suscripción del presente convenio a tenor de lo previsto en los artículos 16 y 29.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90).

De otra parte, D. Eduardo Doménech Martínez, Sr. Rector Mgfco. de la Universidad de La Laguna, nombrado por Decreto 117/2007, de 21 de mayo, del Presidente (B.O.C. nº 105, de 25.5.07), de acuerdo con la capacidad y competencias para la suscripción del presente convenio a tenor de lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el artículo 167 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados por el Decreto Territorial 89/2004, de 6 de julio (B.O.C. nº 143, de 26.7.04).

INTERVIENEN

La primera en nombre y representación de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.

El segundo en nombre y representación de la Universidad de La Laguna.

Reconociéndose ambas partes competencias y capacidad legal para la firma del presente convenio.

EXPONEN

Primero.- La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la Universidad de La Laguna manifiestan la necesidad de participar en la preparación de las propuestas de los nuevos planes de estudio, en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, para avanzar en el proceso de construcción y consolidación de un sistema universitario que promueva la modernización de las universidades europeas, con el fin de convertirlas en agentes activos para la transformación de Europa en una economía plenamente integrada en la sociedad del conocimiento.

Segundo.- Mediante Orden CIN/2941/2008, de 8 de septiembre, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la preparación de las propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se asigna a la Comunidad Autónoma de Canarias la cuota resultante de los criterios establecidos en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2006 y la cantidad correspondiente a dicha Orden, que asciende a 328.800 euros.

Tercero.- Los criterios aplicados para la distribución de la asignación total a que se refiere el punto anterior han sido los siguientes:

Ver anexos - página 23194

Cuarto.- Mediante la aplicación de estos criterios, se han valorado las actuaciones programadas por ambas Universidades, resultando un total de 34 puntos para la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, y 34 puntos para la Universidad de La Laguna, por lo que la distribución del crédito total se efectúa en un cincuenta por ciento para cada Universidad, correspondiendo 164.400 euros a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y 164.400 euros a la Universidad de La Laguna.

Quinto.- La finalidad de este convenio es el establecer los criterios y requisitos a que estará sujeta la realización de las actuaciones programadas por la Universidad de La Laguna, que contribuyan a la elaboración de las propuestas de los nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Las partes acuerdan la firma del presente convenio y se comprometen a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

El presente convenio tiene como objetivo la realización por la Universidad de La Laguna, de las actividades relacionadas en el anexo al presente convenio, que contribuirán a la elaboración de las propuestas de los nuevos planes de estudio en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Estas líneas son todas las contempladas en el punto quinto de la mencionada Orden CIN/2941/2008, de 8 de octubre.

Segunda.- Vigencia.

El convenio entrará en vigor desde el día siguiente al de su suscripción, hasta el 30 de octubre de 2009.

Tercera.- Financiación.

1. La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes aportará para cumplir los compromisos derivados del presente convenio la cantidad de 164.400 euros, con cargo a la partida presupuestaria 18.07.422F.446.00 L.A.18444601 "Actuaciones Universidades canarias para preparación de las propuestas de nuevos planes estudio".

Cuarta.- Obligaciones de las partes.

Para la consecución de los fines del presente convenio, la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes se compromete a librar a la firma del presente convenio, por su totalidad y de una sola vez, el importe de 164.400 euros correspondientes a la financiación de las actividades programadas por la Universidad de La Laguna que se detallan en el anexo al presente convenio.

La Universidad de La Laguna se compromete a ejecutar dichas actividades en el curso académico 2008/2009, sin que quepa cambio o modificación alguna del objeto o finalidad de esta aportación. El órgano de gestión de estas actividades por la Universidad es el Vicerrectorado de Ordenación Académica.

Asimismo se compromete a presentar una memoria de ejecución de estas actividades, antes del día 30 de octubre de 2009, así como una certificación del órgano responsable de la gestión económica de la Universidad, de que los fondos librados han sido destinados a la finalidad para la que se libran, quedando sujeta al control financiero de la Intervención General, de conformidad con lo previsto en la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (B.O.C. nº 244, de 19.12.06), y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General, aprobado por Decreto 28/1997, de 6 de marzo (B.O.C. nº 35, de 17.3.97), en su redacción actual.

Quinta.- Comisión de Seguimiento del Convenio.

Para la interpretación y desarrollo del convenio se constituirá una comisión paritaria formada por los siguientes miembros:

Presidente.- El Ilmo. Sr. Director General de Universidades, o persona en quien delegue.

Secretario.- Representante de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, que tenga la condición de funcionario.

Dos vocales representantes de la Universidad de La Laguna.

La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:

a) Interpretar las cláusulas del presente convenio.

b) El conocimiento de las incidencias que puedan surgir durante el período de vigencia del convenio.

c) Cualquiera otra derivada del desarrollo y ejecución del presente convenio.

Sexta.- Extinción del convenio e incumplimiento del convenio.

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula segunda, el presente Convenio se extinguirá por Orden cuando concurra alguna de las siguientes causas:

a) El incumplimiento, por cualquiera de las partes, de las obligaciones convenidas.

b) El mutuo acuerdo entre las partes, siempre que no concurra otra causa de resolución.

c) Cualesquiera otras establecidas en el presente convenio.

Dando lugar a los siguientes efectos:

- El incumplimiento por una de las partes de las obligaciones que le incumben en el presente convenio conllevará, desde que aquél tenga lugar, la extinción de su derecho a recibir los compromisos convenidos por la parte cumplidora y, en su caso, del derecho a recibir los pagos no abonados, debiendo además devolver las cantidades indebidamente percibidas. Todo ello sin perjuicio de la exigibilidad de los daños y perjuicios que por tal causa se irroguen.

- Cuando la resolución obedezca a mutuo acuerdo, se estará a lo válidamente estipulado entre las partes.

Séptima.- Jurisdicción.

Las cuestiones litigiosas o controversias que pudieran surgir de la interpretación o aplicación del presente convenio se sustanciarán ante la jurisdicción contenciosa y conforme a sus normas de competencia y procedimiento.

Por todo ello las partes suscriben el presente documento por triplicado en el lugar y fecha indicado ut supra.- La Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, Milagros Luis Brito.- El Rector de la Universidad de La Laguna, Eduardo Doménech Martínez.

A N E X O

1.- Localización y análisis de referentes externos a la universidad que avalen la adecuación de la propuesta a criterios nacionales o internacionales para títulos de similares características académicas.

- Realizar acciones de movilidad de los equipos de dirección y coordinadores de Calidad e Innovación de las Facultades y Escuelas de la Universidad.

- Realizar acciones de movilidad del equipo de trabajo del Vicerrectorado de Ordenación Académica.

- Organizar jornadas con la participación de Expertos y miembros de los equipos de dirección de otras universidades o profesionales en la Universidad de La Laguna.

- Organizar encuentros entre los equipos de dirección de los centros universitarios de Canarias para intercambiar análisis sobre las propuestas de nuevas titulaciones.

- Analizar la información recopilada en las acciones organizadas dentro de esta línea de actuación y distribuir a los centros los correspondientes informes para que, en su caso, se incorporen a las Memorias de solicitud de nuevas titulaciones oficiales.

2.- Consultas externas para la elaboración del plan de estudios con profesionales, asociaciones o colegios profesionales, estudiantes u otros colectivos.

- Organizar unas Jornadas nacionales de docencia Virtual, para analizar el impacto de las TIC en el diseño de los nuevos estudios.

- Organizar diferentes jornadas o encuentros con profesionales, asociaciones o colegios profesionales, estudiantes u otros colectivos con el objeto de recopilar referentes para el diseño de las nuevas titulaciones.

- Realizar otras actividades relacionadas con la preparación de los nuevos planes de estudios adaptados al EEES, en especial para el diseño de protocolos de actuación en el campo de las prácticas externas.

3.- Diseño de sistemas de evaluación de las competencias de los estudiantes.

- Organizar unas Jornadas sobre evaluación de competencias y otras actividades relacionadas que permitan contrastar diferentes sistemas de evaluación por competencias.

- Realizar Informes sobre la evaluación de competencias a nivel nacional e internacional que sirvan de referencia al profesorado.

- Publicar y difundir los informes realizados.

4.- Diseño de sistemas de información previa a la matriculación y procedimientos de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación a la universidad y la titulación.

- Realizar diferentes actividades: desplazamientos a Institutos de la Comunidad Autónoma de Canarias. Edición de Guías de información y otras actividades relacionadas, tanto por parte de los equipos de trabajo del Vicerrectorado, así como de los equipos de dirección de las Facultades y Escuelas de la Universidad de La Laguna.

- Realizar Jornadas de presentación de los nuevos grados y posgrados de la Universidad de La Laguna.

- Organizar reuniones con los orientadores de los institutos de bachillerato y centros de formación profesional de ambas provincias canarias para facilitarles información sobre las características de las nuevas titulaciones oficiales adaptadas al EEES.

- Realizar un informe sobre los procedimientos de acogida y orientación existentes en otras universidades españolas para establecer comparaciones con los articulados en las propuestas de titulaciones oficiales presentadas para su implantación en el curso 2009-2010.

5.- Diseño de sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados.

- Realizar Jornadas de Puertas abiertas en cada Facultad y Escuela para que el alumnado conozca las actividades que se realizan en las distintas dependencias de los Centros, así como jornadas de acogida a los alumnos de nuevo ingreso.

- Realizar un informe sobre los planes de Acción Tutorial existentes en diferentes Universidades, así como en los Centros de esta Universidad, que sirvan de diagnóstico para decidir la viabilidad de un Plan de Acción Tutorial por cada Centro en la Universidad de La Laguna o el establecimiento de uno de carácter institucional y único.

- Realizar diferentes actividades de apoyo y orientación a los estudiantes una vez matriculados.

- Articular en las páginas Web de Centros y Departamentos el acceso a la información sobre los títulos de grado y posgrados (guías docentes, exámenes, tutorías, etc.).

6.- Diseño del sistema propio de la universidad para transferencia y reconocimiento de créditos.

- Realizar actividades e informes de situación en otras universidades que sirvan de base para el diseño, aprobación e implantación en la Universidad de La Laguna de su propia normativa y sistema de transferencia y reconocimiento de créditos.

- Establecer encuentros de trabajo del equipo del Vicerrectorado de Ordenación Académica con los responsables académicos de otras Universidades para confrontar diseños de sistemas de transferencia y reconocimiento de créditos.

- Diseñar un proyecto piloto y un protocolo de reconocimiento de créditos para alumnos procedentes de los módulos superiores de la Formación Profesional.

- Analizar la viabilidad de establecer una base de datos que recopile los reconocimientos de créditos que se vayan produciendo en las distintas titulaciones, de forma que se pueda automatizar el proceso de reconocimiento de créditos.

7.- Elaboración y análisis de indicadores de graduación, abandono y eficiencia de las actuales titulaciones, con el objetivo de establecer valores estimados para los nuevos planes de estudio.

- Realizar unas Jornadas sobre elaboración y análisis de indicadores de graduación, abandono y eficiencia de las actuales titulaciones de la Universidad de La Laguna.

- Elaborar un informe que contenga las valoraciones efectuadas en las propuestas de estudios de grado en materia de estimaciones de indicadores de graduación, abandono y eficiencia, estableciendo un análisis comparativo con las titulaciones.

- Realizar un Análisis de datos sobre el primer curso de los estudios de grado en Periodismo en la Universidad de La Laguna.

8.- Diseño de prácticas externas y su evaluación.

- Realizar diversas actividades: reuniones, jornadas, encuentros con los diferentes coordinadores de Instituciones públicas o privadas donde el alumnado podría realizar sus prácticas, así como responsables de otras Universidades con competencias en este ámbito.

- Organizar proyectos piloto con diversas empresas para sacar conclusiones sobre coordinación entre los tutores académicos y de la empresa, así como sobre la evaluación de las prácticas externas.

- Realizar un protocolo de coordinación entre los tutores académicos y de las entidades externas receptoras de alumnado y someterlo a un análisis de viabilidad, de cara a establecer qué aspectos deben incluirse en el mismo, con especial atención a los métodos de evaluación.

- Asistir a reuniones y jornadas en las que se presenten, debatan o analicen los diversos aspectos relacionados con la realización de prácticas externas.

9.- Diseño de trabajos de fin de grado o máster y su evaluación.

- Organizar Jornadas Técnicas sobre diseño de Proyectos de Fin de titulación y aspectos relacionados con su evaluación.

- Realizar un informe sobre las diversas modalidades de trabajos de fin de titulación y su evaluación en los actuales títulos de la Universidad de La Laguna que lo incluyan en su Plan de Estudios.

- Realizar un informe sobre los distintos modelos de Trabajos Fin de Grado contemplados en las propuestas de Grado realizadas para su implantación en el curso 2009-2010 y los métodos de evaluación contemplados en las mismas.

10.- Diseño del sistema de garantía de la calidad aplicable a la titulación.

- Implementar y efectuar el seguimiento del Sistema de Garantía Interna de Calidad de las diferentes titulaciones de la Universidad de La Laguna adaptadas al EEES.

- Organizar unas Jornadas técnicas con los Equipos de dirección y Coordinadores de Calidad e Innovación Docente de los Centros para debatir sobre el modelo de Guía Docente Institucional.

- Realizar diferentes actividades de apoyo a la Unidad para la Docencia Virtual de esta Universidad, responsable de los entornos de colaboración virtual de los Coordinadores de Calidad e Innovación Docente, así como de los correspondientes a las Comisiones de Elaboración de los Planes de Estudio de las nuevas titulaciones y las Comisiones institucionales de Estudios de Grado y Posgrado.

- Realizar otras actividades relacionadas con los sistemas de garantía de calidad.

- Apoyar a los equipos de dirección de los Centros a través de la figura del Coordinador de Calidad e Innovación Docente, con funciones en prácticamente todas las líneas de actuación descritas en el presente anexo.

- Instrumentar el apoyo material y humano necesario en la Unidad para la Docencia Virtual, responsable del Campus Virtual de la Universidad de La Laguna, y soporte de las acciones telemáticas relacionadas con las labores de organización y difusión de los resultados de las acciones previstas en el presente anexo, así como al Vicerrectorado de Ordenación Académica, responsable del seguimiento de las acciones mencionadas y su adecuada difusión entre los agentes y estamentos correspondientes.

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