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BOC Nº 197. Miércoles 7 de Octubre de 2009 - 3845

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

3845 - EDICTO de 21 de julio de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0001000/2008.

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El Ilmo. D. Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, bajo el nº 0001000/2008, seguidos a instancia de José María Pérez Yuste, representado por la Procuradora Ana María de Guzmán Fabra, y dirigido por el Letrado Carlos Gil Tadeo, contra Rogelio Blanco López, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: que debo estimar y estimo la demanda, y en su virtud:

Primero.- Declarar la resolución del arrendamiento de la finca.

Segundo.- Condenar a Rogelio Blanco López a entregar la posesión de la finca a José María Pérez Yuste, dejándola libre, vacua y expedita, con apercibimiento de que si no lo verifica se procederá a su lanzamiento.

Tercero.- Condenar a Rogelio Blanco López a pagar a José María Pérez Yuste la cantidad de nueve mil cien (9.100) euros; más la correspondiente actualización en función del I.P.C. Esta cantidad lo es sin perjuicio de la indemnización, equivalente a las rentas o cantidades asimiladas, que pudieran devengarse hasta el momento del lanzamiento o de entrega de la posesión.

Cuarto.- Condenar al pago de las costas a la parte demandada.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado Rogelio Blanco López.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de julio de 2009.- El/la Secretario/a.

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