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BOC Nº 190. Lunes 28 de Septiembre de 2009 - 3750

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde

3750 - EDICTO de 17 de julio de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 0000776/2009.

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D. Óscar Rey Muñoz, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

En Telde, a 9 de julio de 2009.

Vistos por Óscar Rey Muñoz, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde, los presentes autos de juicio verbal por desahucio, seguidos ante este Juzgado con el nº 776/2009, a instancia de Mercedes Castro Alemán, representada por la Procuradora Inmaculada Sosa González y asistida por la Letrada Mónica Falcón contra Felipe Wenceslao Santana Díaz, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Estimar la demanda de desahucio y reclamación de rentas interpuesta por Mercedes Castro Alemán contra Felipe Wenceslao Santana Díaz, declarando resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre ambos el día 1 de diciembre de 2006 sobre la vivienda sita en la calle Colón, 58, 1º, Playa de Arinaga, Agüimes, condenando al demandado a dejar dicha vivienda libre y expedita a disposición de la actora, con apercibimiento de proceder en caso contrario a su lanzamiento forzoso, así como al abono de la cantidad de 781,50 euros, más las rentas y cantidades asimiladas que se devenguen hasta el total desalojo de la vivienda, con sus intereses legal desde la interposición de la demanda, sin perjuicio de aplicar desde esta sentencia el interés del artículo 576 LEC así como las costas que se hayan causado.

Se confirma el día 30 de julio de 2009 a las 10 horas de la mañana la fecha para el lanzamiento, fijado ya en el auto de admisión, para el caso de que se interponga demanda ejecutiva y esta sentencia no sea recurrida, debiendo el demandado dos días antes acudir a este Juzgado para comprobar si se va a realizar dicho lanzamiento con el apercibimiento de que en caso contrario se le notificará el auto el mismo día del lanzamiento en la misma vivienda.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado, y que se tramitará ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, en el plazo de cinco días desde notificación, debiendo el demandado consignar la cantidad adeudada como requisito previo a la admisión a trámite del recurso.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Telde, a 17 de julio de 2009.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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