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BOC Nº 188. Jueves 24 de Septiembre de 2009 - 1441

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

1441 - ORDEN de 1 de septiembre de 2009, por la que se delegan las facultades para actuar como órgano de contratación, respecto de la modificación y resolución de los conciertos que se adjudiquen en aplicación de los acuerdos marco, adjudicados por Orden de la Consejera de Sanidad de 18 de junio de 2007, para la contratación mediante concierto de los servicios de consultas médicas en las siguientes especialidades: ginecología, oftalmología, cirugía ortopédica y traumatología, medicina física y rehabilitación.

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Vista la Orden de la Consejera de Sanidad de 18 de junio de 2007, por la que se adjudica, el acuerdo marco para la contratación mediante concierto de los servicios de consultas médicas en las siguientes especialidades: ginecología, oftalmología, cirugía ortopédica y traumatología, medicina física y rehabilitación, mediante concurso, procedimiento abierto.

Vista la Orden de la Consejera de Sanidad de 17 de octubre de 2007, por la que se delegan las facultades para actuar como órgano de contratación respecto de los conciertos que se adjudiquen en aplicación de los referidos acuerdos marco.

Teniendo en cuenta que las facultades para actuar como órgano de contratación en esta materia las ostenta la Consejera de Sanidad, a tenor de lo establecido en el artículo 53.c) de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de ordenación sanitaria de Canarias y del artículo 14 del Decreto 105/2006, de 20 de julio, por el que se regula la homologación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y por el que se desarrolla el régimen jurídico del concierto sanitario; y según lo previsto en las cláusulas 18 y siguientes del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación mediante concierto de los servicios sanitarios consistentes en consultas médicas en las siguientes especialidades: ginecología, oftalmología, cirugía ortopédica y traumatología.

Visto que para lograr una mayor eficacia en la gestión administrativa de dichos expedientes se hace necesario delegar asimismo la competencia para tramitar expedientes de modificación y resolución de los contratos.

En su virtud, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en los Directores de las Áreas de Salud de Gran Canaria y de Tenerife del Servicio Canario de la Salud, el ejercicio de las facultades para actuar como órgano de contratación en los expedientes de modificación y resolución de los conciertos que se adjudiquen en aplicación de los acuerdos marco, adjudicados por Orden de la Consejera de Sanidad de 18 de junio de 2007 para la contratación mediante concierto de los servicios de consultas médicas en las siguientes especialidades: ginecología, oftalmología, cirugía ortopédica y traumatología, medicina física y rehabilitación.

El ejercicio de esta competencia estará supeditado a obtener la aprobación de la correspondiente propuesta por parte de la Dirección del Servicio Canario de la Salud.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de septiembre de 2009.

LA CONSEJERA

DE SANIDAD,

María Mercedes Roldós Caballero.

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