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BOC Nº 167. Jueves 27 de Agosto de 2009 - 1334

III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

1334 - Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.- Resolución de 18 de agosto de 2009, por la que se efectúa convocatoria, para el ejercicio 2009, para la concesión de subvenciones destinadas a la incorporación de personal innovador al tejido productivo.

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Examinado el expediente tramitado por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información para la convocatoria de subvenciones destinadas a la incorporación de personal innovador al tejido productivo.

En el ejercicio de las competencias delegadas por el Decreto 81/2008, de 10 de junio, del Presidente (B.O.C. nº 119, de 16.6.08), y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) En el Boletín Oficial de Canarias nº 223, de 6 de noviembre de 2008, se publica la Resolución de 29 de septiembre de 2008, del Director, por la que se aprueban las bases reguladoras para el período 2008-2013, que han de regir en la concesión de subvenciones para incorporación de personal innovador al tejido productivo, y se efectúa convocatoria para 2009 (en adelante "Bases de la Convocatoria"). Por Resolución de 28 de octubre de 2008 (B.O.C. nº 224, de 7 de noviembre), del Director, se modifica la citada Resolución de 29 de septiembre de 2008, del Director.

2º) La dotación presupuestaria de carácter plurianual queda fijada en un millón quinientos mil (1.500.000,00) euros para el año 2009, trescientos sesenta y seis mil novecientos diez euros con noventa y dos céntimos (366.910,92 euros) para el año 2011 y trescientos sesenta y seis mil novecientos diez euros con noventa y dos céntimos (366.910,92 euros) para el año 2012, cofinanciada en un 85% por el Fondo Social Europeo (FSE), a través del Programa Operativo FSE Canarias 2007-2013, en su Eje 3 "Aumento y Mejora del Capital Humano" y categoría de gasto 74, con cargo a la línea de actuación "Incorporación de personal innovador al tejido productivo" y aplicación presupuestaria "06.20.542H.470.00", con el siguiente desglose plurianual:


Año 2009 2010 2011 2012

Presupuesto euros 1.500.000,00 0,00 366.910,92 366.910,92


3º) Por Resolución nº 104, de 29 de enero de 2009, del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (modificada por Resolución nº 236, de 28.4.09, del Director), se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2009.

4º) Con fecha 1 de junio de 2009, la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea emite informe favorable a la Propuesta de Resolución, al ser compatible con la normativa comunitaria de competencia.

5º) Con fecha 18 de agosto de 2009, el órgano competente de la Intervención Delegada emite informe favorable de fiscalización.

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1º) La Disposición Transitoria Tercera del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 68, de 8.4.09), dispone que para el ejercicio presupuestario de 2009 mantendrán su vigencia las bases de las convocatorias de vigencia indefinida existentes con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto.

2º) El artículo 14.5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 68, de 8.4.09), establece que la convocatoria deberá hacer indicación de la disposición que establezcan, en su caso, las bases reguladoras y del Boletín Oficial de Canarias en que esté publicada, los créditos presupuestarios a los que se imputa y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas, el plazo de presentación de solicitudes, así como el plazo de resolución y notificación.

3º) Por el Decreto 81/2008, de 10 de junio, del Presidente, se delegan en el Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, las competencias que correspondan al titular del departamento según las normas reguladoras de las subvenciones.

En su virtud, en uso de las facultades que tengo atribuidas por la legislación vigente,

R E S U E L V O:

1º) Acordar la apertura del plazo de admisión de solicitudes para la convocatoria de 2009, que será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. Las bases por las que se rige la presente convocatoria están recogidas en la Resolución de 29 de septiembre de 2008, por la que se aprueban las bases reguladoras para el período 2008-2013, que han de regir en la concesión de subvenciones para incorporación de personal innovador al tejido productivo (B.O.C. nº 223, de 6.11.08), modificada por Resolución de 28 de octubre de 2008, del Director (B.O.C. nº 224, de 7 de noviembre).

2º) El plazo de resolución será de tres meses contados a partir de la finalización del plazo de admisión de solicitudes. Este plazo podrá ampliarse de oficio a la vista de las solicitudes presentadas. El plazo de notificación de la Resolución de concesión será de un mes a partir de la fecha de su adopción.

3º) El período válido para la contratación de las personas objeto de la subvención se iniciará a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria.

4º) La dotación económica con cargo a la aplicación presupuestaria 06.20.542H.470 y Línea de Actuación 06.424.302 "Incorporación de personal innovador al tejido productivo", cofinanciada en un 85% por el Fondo Social Europeo (FSE), a través del Programa Operativo FSE Canarias 2008-2013, en su Eje 3 "Aumento y Mejora del Capital Humano", con el siguiente desglose plurianual:


Año 2009 2010 2011 2012

Presupuesto euros 1.500.000,00 0,00 366.910,92 366.910,92


5º) Para dicho ejercicio el importe total de la indicada dotación económica podrá incrementarse a la vista de los expedientes presentados, siempre y cuando exista cobertura económica para llevarla a cabo, y sea publicado con anterioridad a la fecha fijada para resolver la convocatoria mediante concurso, sin que dicha publicación implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

6º) En lo no previsto en las bases de la convocatoria y en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 68, de 8.4.09), se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 276, de 18.11.03).

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas de Gran Canaria, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de agosto de 2009.- El Presidente, p.d., el Director (Decreto 81/2008, de 10 de junio; B.O.C. nº 119), p.s., el Secretario General (Decreto 149/2009, de 30 de julio), Fernando Ríos Rull.

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