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BOC Nº 138. Viernes 17 de Julio de 2009 - 1106

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1106 - Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).- Resolución de 3 de julio de 2009, del Director, por la que se dispone la publicación del Convenio en materia de formación continuada de Jueces y Magistrados entre el Consejo General del Poder Judicial y el Gobierno de Canarias.

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Suscrito con fecha 1 de junio de 2009, el Convenio en materia de formación continuada de Jueces y Magistrados entre el Consejo General del Poder Judicial y el Gobierno de Canarias.

Registrado dicho Convenio en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.

Considerando lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En uso de las facultades atribuidas por el Decreto 131/1988, de 9 de septiembre,

R E S U E L V O:

Publicar el mencionado Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2009.- El Director, José Juan Herrera Velázquez.

A N E X O

CONVENIO EN MATERIA DE FORMACIÓN CONTINUADA DE JUECES Y MAGISTRADOS ENTRE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Y EL GOBIERNO DE CANARIAS.

En Santa Cruz de Tenerife, a 1 de junio de 2009.

REUNIDOS

Por el Consejo General del Poder Judicial, las Excmas. Sras. Dña. Inmaculada Montalbán Huertas y Dña. Concepción Espejel Jorquera, Vocales Delegadas para el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Excmo. Sr. D. José Miguel Ruano León, en su condición de Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, al amparo de lo dispuesto en el artº. 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el Ilmo. Sr. D. José Juan Herrera Velázquez, Director del Instituto Canario de Administración Pública.

Los Vocales del Consejo General del Poder Judicial Delegados para el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Director del Instituto Canario de Administración Pública actúan facultados para la firma del presente Convenio en virtud de los Acuerdos del pleno del Consejo General del Poder Judicial de 30 de abril de 2009 y el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Canario de Administración Pública de fecha 29 de abril de 2009.

EXPONEN

I.- La Ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 107.4, atribuye al Consejo General del Poder Judicial, entre otras competencias, la exclusiva responsabilidad en la formación y perfeccionamiento de los Jueces y Magistrados.

II.- El 17 de octubre del año 1995 las mismas partes llevaron a término un protocolo de Convenio de cooperación en materia de formación de los miembros de la Carrera Judicial con destino en la Comunidad Autónoma de Canarias en el que quedaron sentadas las bases de la cooperación entre ambas instituciones en la materia.

III.- En desarrollo de las bases sentadas en el Protocolo mencionado, y para dotar de eficacia ejecutiva al mismo, ambas partes han venido suscribiendo desde 1996 y hasta el pasado año 2008, un Convenio de Colaboración en la formación continuada de Jueces y Magistrados destinados en Canarias.

IV.- Siendo deseo del Gobierno de Canarias y del Consejo General del Poder Judicial mantener la colaboración desarrollada, ambas partes han acordado la firma del presente Convenio, que llevan a cabo con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- El presente Convenio tiene por objeto articular la cooperación ente el Consejo General del Poder Judicial y la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Escuela Judicial y del Instituto Canario de Administración Pública, respectivamente, en lo que se refiere a cualesquiera actividades de formación y perfeccionamiento para Jueces y Magistrados con destino en la Comunidad Autónoma de Canarias, tanto aquellas que consistan en organización de Congresos, Seminarios, Coloquios, Jornadas y Cursos, como las que impliquen la realización de investigaciones, publicaciones y estudios que puedan contribuir a su mejora, todo ello con la finalidad de lograr una justicia eficaz que garantice la tutela judicial efectiva de los derechos y libertades de los ciudadanos.

Igual ámbito de formación podrá extenderse a los Juzgados de Paz de los municipios de Canarias.

Segunda.- La Comunidad Autónoma de Canarias y el Consejo General del Poder Judicial colaborarán, en la forma que se establece a continuación, en la financiación, organización y gestión de los programas de formación y perfeccionamiento dirigidos al conjunto de los Jueces y Magistrados que prestan sus servicios en la mencionada Comunidad.

Tercera.- Dentro de dicho ámbito, el Consejo General del Poder Judicial y la Comunidad Autónoma de Canarias promoverán de común acuerdo cuantas actividades sean convenientes para la mejor formación de Jueces y Magistrados con particular atención a materias relacionadas con el Derecho Autonómico, Derecho Comunitario y Derechos Fundamentales, y, en general, con todas aquellas normas legales que tengan implantación en Canarias.

Cuarta.- El Instituto Canario de Administración Pública y la Escuela Judicial del Consejo General del Poder Judicial asumirán conjuntamente la organización y gestión material de todas las actividades de formación y perfeccionamiento que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad, siempre que se trate de actividades programadas dentro del marco de este Convenio, y sin perjuicio de que el Consejo General del Poder Judicial pueda favorecer dentro de sus Planes de Formación otras actividades de ámbito territorial provincial o inferior, o ámbito del territorio de la Comunidad Autónoma cuando se trate de actividades no previstas en el marco del Convenio.

En todo caso ambas partes procurarán mantener mecanismos de coordinación a fin de evitar que las actividades programadas por ambas no incluidas en el marco del Convenio, no se interfieran mutuamente.

Quinta.- La asistencia y participación en actividades de formación y perfeccionamiento se acreditará por medio de la expedición de diplomas o certificaciones, tanto de asistencia como de aprovechamiento, expidiéndose conjuntamente por ambas Instituciones organizadoras sin perjuicio de lo prevenido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Sexta.- El coste de realización de los objetivos convenidos será financiado a partes iguales entre las Instituciones firmantes, mediante aportaciones respectivas que se determinarán en función de las acciones previstas y de las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio y de acuerdo con las especificaciones establecidas en los Programas anuales de financiación que revestirán la forma de anexo al Convenio en materia de formación continuada de Jueces y Magistrados entre el Consejo General del Poder Judicial y el Gobierno de Canarias.

El presupuesto y forma de financiación de las actividades será el siguiente:

a) La financiación de las actividades, consideradas en su conjunto, se efectuará al 50% entre ambas Instituciones.

Corresponderá al Consejo General del Poder Judicial el pago de:

- Los gastos de los desplazamientos y la manutención de los participantes en los cursos de formación y demás actividades relacionadas.

- Eventualmente, por razones excepcionales, los alojamientos de los participantes en los cursos de formación y demás actividades relacionadas.

- El folleto en el que se contiene la programación de las actividades de formación del ejercicio.

- El pago de las ayudas económicas a la formación.

Corresponderá al Gobierno de Canarias el pago de:

- Las retribuciones y gastos ocasionados por los docentes en las actividades de formación.

- Los gastos de infraestructura y otros gastos.

b) Cada parte aportará hasta un máximo de 32.432 euros para la realización de las actividades que se desarrollen en el año 2009. La aportación de la Comunidad Autónoma de Canarias se hará efectiva con cargo a la partida 08.01.122b.226.06 de los presupuestos del Instituto Canario de Administración Pública.

c) El Consejo General del Poder Judicial transferirá al órgano encargado de la gestión y ejecución del presente Convenio, que será el Instituto Canario de Administración Pública, en concepto de fondos de maniobra, el 25% del importe de su aportación máxima presupuestada, y posteriormente, previa certificación expedida por el Instituto Canario de Administración Pública obrante en las liquidaciones trimestrales que sean remitidas sobre los gastos generados por las actividades desarrolladas, el importe de éstos en el porcentaje que corresponde al Consejo General del Poder Judicial.

No obstante ello, el Consejo General del Poder Judicial podrá asumir totalmente la gestión y el abono de los gastos derivados de ciertas actividades que, previa certificación de los efectivamente producidos, serán tenidos en cuenta en la liquidación definitiva del Convenio. Será la Comisión de Seguimiento de este Convenio quien determinará, en su caso, en el anexo de actividades y presupuesto o mediante acuerdos específicos, qué actividades podrán ser financiadas por el Consejo de esta última forma.

Realizada la liquidación anual definitiva, el Consejo General del Poder Judicial transferirá, en su caso, al órgano antes señalado el importe por el que pudiera resultar deudor. En el caso de que en la referida liquidación el Consejo General del Poder Judicial resultara acreedor, percibirá el importe del saldo correspondiente.

Séptima.- Según la cláusula cuarta del Protocolo en materia de Formación Continuada de Jueces y Magistrados suscrito por el Gobierno de Canarias y el Consejo General del Poder Judicial, el 17 de octubre de 1995, se crea una Comisión de Seguimiento del presente Convenio, sin que ésta genere gasto, estimándose conveniente incrementar su número a cuatro representantes por cada parte, que serán por el Consejo General del Poder Judicial, las dos Vocales Delegadas del territorio a que se refiere el Convenio, un Vocal Delegado de la Comisión de Escuela Judicial del citado Consejo y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y por el Gobierno de Canarias, el Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, la Viceconsejera de Justicia y Seguridad, la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Director del Instituto Canario de Administración Pública.

Todos ellos podrán delegar sus funciones en quienes tengan por conveniente.

A título enunciativo, esta Comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Elaborar los planes o programas anuales de formación de acuerdo con lo previsto en la cláusula novena. Para el presente ejercicio la Comisión de Seguimiento propondrá las materias que han de ser tratadas durante el mismo, las cuales figurarán como anexo I al presente.

b) Controlar la ejecución del presupuesto de gastos asignados a dichos programas.

c) Hacer el seguimiento y evaluación del desarrollo del Convenio y de los programas que se establezcan en el marco del mismo, ejerciendo las funciones de coordinación entre las Instituciones firmantes.

d) En consonancia con lo establecido en la cláusula quinta, informar sobre la valoración que a los efectos determinados en la Ley Orgánica del Poder Judicial merezca cada uno de los diplomas o certificados que se expidan, en particular los relacionados con el conocimiento del Derecho Autonómico.

e) Interpretar el Convenio y resolver cuantas dudas puedan surgir en su ejecución.

Octava.- Independientemente de lo anterior, la Comisión de Seguimiento podrá designar una Comisión Ejecutiva, sin que ésta genere gasto, en la que figurarán dos representantes por cada parte, a fin de dotar de una mayor agilidad a la ejecución de este Convenio, y cuyas funciones serán:

a) Proponer a la Comisión de Seguimiento el concreto desarrollo del programa de actividades de formación previsto.

b) Efectuar el seguimiento y ejecución de dichas actividades.

c) Proponer las modificaciones necesarias en el desarrollo de las actividades de formación previstas.

d) Cuantas les sean delegadas o encomendadas por la Comisión de Seguimiento del Convenio.

Novena.- Para el caso de prórroga de este Convenio, las actividades correspondientes a cada ejercicio serán elaboradas en la misma forma por la Comisión de Seguimiento del Convenio, junto con el presupuesto de ingresos y gastos para su toma en consideración y aprobación.

Décima.- El presupuesto de ingresos estará integrado por las aportaciones equivalentes de las partes.

El de gastos estará integrado por:

a) Todos los inherentes a la gestión administrativa, tales como medios materiales, personales e infraestructura -locales, material didáctico, impresión del folleto, confección de diplomas, personal auxiliar, etc.-, incluidos los gastos de desplazamiento y dietas de alojamiento y manutención de los ponentes y asistentes que pertenezcan a la Carrera Judicial.

b) Los honorarios y gastos de los directores, coordinadores, ponentes, relatores, conferenciantes, etc.

c) La edición de las ponencias, en su caso.

En todo caso el presupuesto de gastos e ingresos habrá de ser equilibrado.

Decimoprimera.- Los pagos de las obligaciones asumidas en el presupuesto de gastos se harán efectivos por ambas partes en la forma que se determina en el anexo correspondiente de este Convenio. Si una vez efectuada la liquidación de cierre hubiera remanente, se prorrateará a partes iguales entre las Instituciones firmantes. El Consejo General del Poder Judicial transferirá, en su caso, al Instituto Canario de Administración Pública el importe por el que pudiera resultar deudor. En el caso de que en la referida liquidación el Consejo General del Poder Judicial resultara acreedor, percibirá el importe del saldo correspondiente.

Decimosegunda.- Ambas partes procurarán por todos sus medios llevar a buen fin las actividades de formación de Jueces y Magistrados programadas dentro del Convenio, manteniendo para ello cuantos contactos e intercambios sean precisos tanto en el ámbito de la Comisión Delegada, como, en su caso, en el de la Comisión Ejecutiva.

Decimotercera.- El período de vigencia del presente Convenio comprende desde la fecha de la firma hasta el 31 de diciembre de 2009.

De conformidad con la evaluación que formule la Comisión de Seguimiento de este Convenio, antes del 1 de diciembre del citado año, podrá acordarse la prórroga en los sucesivos ejercicios presupuestarios o, en su caso, la modificación o modificaciones que se estimen oportunas, siempre y cuando se obtengan las correspondientes autorizaciones reglamentarias y presupuestarias y salvo que medie alguna causa de resolución de las previstas en la cláusula siguiente.

Decimocuarta.- El presente Convenio podrá ser resuelto por las siguientes causas:

a) Por denuncia de cualquiera de las partes formalizada por escrito con tres meses de antelación.

b) Por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del Convenio o de los anexos del mismo.

c) Por mutuo acuerdo de las partes.

De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben por quintuplicado el presente Convenio en el lugar y fecha al principio indicados.- El Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, D. José Miguel Ruano León.- La Vocal Delegada para Canarias, Inmaculada Montalbán Huertas.- La Vocal Delegada para Canarias, Concepción Espejel Jorquera.- El Director del Instituto Canario de Administración Pública, D. José Juan Herrera Velázquez.

A N E X O I

ACTIVIDADES DE FORMACIÓN A REALIZAR EN EL 2009 EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Y EL GOBIERNO DE CANARIAS.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de marzo de 2009. Siendo las 13,00 horas del día reseñado, se reúnen en la Sala de Juntas de la Casa Regental, bajo la Presidencia del Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, D. Antonio Juan Castro Feliciano, los miembros y demás autoridades invitadas a la Comisión de Seguimiento del Convenio en materia de Formación de Jueces y Magistrados destinados en el territorio de Canarias que a continuación se relacionan:

Vocal Delegada Territorial en Canarias:

Excma. Sra. Dña. Inmaculada Montalbán Huertas.

Por la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias:

Sra. Dña. Carolina Déniz de León, Viceconsejera de Justicia y Seguridad.

Sra. Dña. María Dolores Alonso Álamo, Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Sr. D. José Juan Herrera Velázquez, Director del Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).

En representación de las Asociaciones Judiciales:

Por la Asociación Profesional de la Magistratura (APM):

Ilmo. Sr. D. Carlos Vielba Escobar, Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por la Asociación Jueces para la Democracia (JpD):

Ilmo. Sr. D. Humberto Guadalupe Hernández, Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de Gran Canaria.

Ilma. Sra. Dña. Victoria Rosell Aguilar, Magistrada del Juzgado de Instrucción nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por la Asociación Francisco de Vitoria (AFV):

Ilmo. Sr. D. Secundino Alemán Almeida, Magistrado de la Sección nº 2 de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria.

Por la Asociación Foro Judicial Independiente (FJI):

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Varona Gómez-Acedo, Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de Gran Canaria.

Y por el Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial, Consejo General del Poder Judicial:

Ilmo. Sr. D. Ignacio U. González Vega, Letrado del Servicio, que actúa como secretario, al objeto de tratar los puntos del orden del día que previamente han sido distribuidos, adoptándose al efecto los acuerdos que seguidamente se detallan.

Por el Letrado del Servicio de Formación Continua del Consejo General del Poder Judicial se da cuenta del desarrollo de las actividades realizadas en el marco del Convenio en materia de formación suscrito con el Gobierno de Canarias, distribuyendo entre los asistentes el informe realizado a tal fin.

A tenor del balance expuesto se realizan una serie de reflexiones sobre el lugar de celebración de las actividades formativas, a fin de facilitar la conciliación de la vida personal y familiar con la formación del Juez, selección de temas y de colaboradores docentes (teniendo en cuenta la paridad de género y la representación del territorio), formatos metodológicos, racionalización de la oferta formativa y la necesidad de extenderla a otros colectivos profesionales (Fiscales, Secretarios Judiciales, Abogados, Letrados de la Comunidad, funcionarios públicos, etc.).

Por otra parte, la Comunidad Autónoma recuerda a los coordinadores del encuentro celebrado el año pasado la necesidad de que remitan las conclusiones alcanzadas en sus talleres para proceder a su difusión entre todos los Jueces destinados en la Comunidad.

Finalmente, se da cuenta de los gastos realizados en 2008 en la ejecución del plan de formación, desglosando las diferentes partidas y el montante de cada una de ellas.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 23 de diciembre de 2008, autorizó la prórroga del Convenio en materia de Formación de Jueces y Magistrados con la Comunidad Autónoma de Canarias, con una aportación económica de 32.432,00 euros, manifestando los representantes de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, la voluntad del Gobierno Autónomo de suscribir la prórroga del Convenio con idéntica aportación, lo que supone un presupuesto total de 64.864,00 euros.

La asistencia a estas actividades, si se desarrolla en horas de audiencia, deberá ir precedida de la concesión de licencia por estudios que se someterá a la aprobación de la Comisión Permanente.

El coste de realización de los objetivos convenidos será financiado a partes iguales entre las Instituciones firmantes, mediante aportaciones respectivas que se determinarán en función de las acciones previstas y de las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio de acuerdo con las especificaciones establecidas en los Programas anuales de financiación que revestirán la forma de anexo al Convenio en materia de formación continuada de Jueces y Magistrados entre el Consejo General del Poder Judicial y el Gobierno de Canarias.

Se fijan los siguientes parámetros y retribuciones máximas, que habrán de regir las actividades que se celebren:

Los Directores-Coordinadores de seminarios, cursos, encuentros y jornadas percibirán una retribución de 600 euros.

Los Ponentes y Relatores en encuentros, cursos, seminarios y jornadas que no sean directores o coordinadores, percibirán una retribución de 450 euros.

Los participantes y moderadores de mesas redondas que no sean Directores, Coordinadores, Relatores o ponentes de la actividad percibirán 180 euros por tal actividad.

Los Jueces y Magistrados que participen como tutores en la actividad destinada a Jueces Sustitutos percibirán como gratificación la cantidad de 300 euros.

Los que participen como docentes en las dos actividades dirigidas a Jueces y Secretarios de Juzgados de Paz percibirán 300 euros por dicha participación.

Podrán asistir, en las actividades en que expresamente se prevea, fiscales y secretarios judiciales, en el número máximo que asimismo se establece para cada actividad, siendo los gastos que dicha asistencia ocasione por cuenta del Ministerio de Justicia. También podrán asistir Letrados y otros funcionarios del Gobierno de Canarias. Asimismo, cuando por el contenido de la actividad se estime conveniente, podrán asistir a las actividades de formación, miembros de otras instituciones o corporaciones, sin que ello implique gasto alguno a cargo de las partes de este Convenio. Los gastos que ocasione la asistencia de Letrados y otros funcionarios del Gobierno de Canarias, así como de miembros de otras instituciones o corporaciones, correrán a cargo de las mismas.

Se acuerda mantener los mismos criterios de selección de los participantes a las actividades de formación, que han regido en el año 2008.

Las actividades serán suspendidas automáticamente cuando el número de solicitudes no llegue al cincuenta por ciento de las plazas previstas.

PROGRAMA DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN 2009

1. IV ENCUENTRO DE JUECES CANARIOS: SOBRE LA CALIDAD DE LA JUSTICIA EN CANARIAS.

Esta actividad tiene por objeto una reflexión general sobre diversos temas que afectan al conjunto de los Jueces destinados en Canarias, continuación de las ediciones anteriores, como son el estudio de los problemas que afectan a la Carrera Judicial en sus múltiples aspectos (conciliación, módulos, licencias y permisos, evaluación del desempeño de la función judicial, la imagen de la justicia, etc.) y, posteriormente, la constitución de seminarios o talleres de trabajo donde se analicen las cuestiones de mayor interés en cada orden jurisdiccional.

Como novedad este año se acuerda ofertar por correo electrónico a todos los Jueces y Magistrados destinados en Canarias que estén interesados en participar como colaboradores docentes en los diferentes talleres (bien sea como coordinador bien sea como relator) y en los encuentros de Jueces de Paz, teniendo en cuenta para su designación por la Comisión Pedagógica territorial canaria los siguientes criterios: especialidad en la materia, antigüedad, paridad de género, representación territorial, menor número de actividades en que hayan participado como docentes en el plan territorial de formación y otros méritos profesionales.

Asimismo, se preguntará a los Jueces y Magistrados destinados en Canarias sobre cuestiones específicas que deseen abordar en cada uno de los talleres así como en la actividad conjunta y multidisciplinar a realizar el primer día.

Una vez transcurrido el plazo de quince días, con las solicitudes recibidas la Comisión Pedagógica territorial procederá en base a los criterios anteriores a nombrar a los colaboradores docentes de las diferentes actividades así como a redactar los contenidos a abordar en la actividad multidisciplinar y en los talleres.

Nuevamente se propone por la Comunidad Autónoma que esta actividad se inicie el primer día a las 10,00 horas a fin de permitir el desplazamiento ese mismo día de los Jueces y Magistrados que residan en otras islas.

En cuanto a la difusión de la oferta formativa en su conjunto, se acuerda que la misma se realice a todos los Jueces y Magistrados únicamente vía e-mail.

Tipo de actividad: Encuentro multidisciplinar.

Plazas: 50.

Fechas: 15 al 17 de octubre de 2009 (dos días y medio).

Lugar: Fuerteventura.

Destinatarios: Jueces y Magistrados de cualquier orden jurisdiccional.

Directora: Inmaculada Montalbán Huertas, Vocal del CGPJ.

Primer Taller: Cuestiones prácticas de la jurisdicción civil.

Segundo Taller: Cuestiones prácticas de la jurisdicción penal.

Tercer Taller: Cuestiones prácticas de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Cuarto taller: Cuestiones prácticas de la jurisdicción social.

Presupuesto estimado: 35.862,62 euros.

2. CURSO PRÁCTICO DE URBANISMO PARA PROFESIONALES DE LA JUSTICIA CANARIA.

Actualmente, el urbanismo es una materia que tiene una fuerte presencia en todos los órdenes jurisdiccionales, y no sólo en el contencioso-administrativo. Cada vez es más frecuente que el Juez civil o el penal deba enfrentarse a conceptos propios del urbanismo (como aprovechamiento, edificabilidad, unidad de actuación, etc.). Por eso, el objetivo de la jornada es proporcionar a Jueces, Fiscales y otros profesionales del mundo de la justicia un conocimiento de los conceptos y principios básicos de urbanismo, su normativa estatal y autonómica, impartido por juristas y técnicos en la materia, todo ello con un enfoque eminentemente práctico.

2.1. Jornada en Gran Canaria.

Tipo de actividad: Jornada.

Plazas: 20.

Fecha: 11 de junio de 2009.

Lugar: Las Palmas de Gran Canaria.

Destinatarios: Jueces, Magistrados, Fiscales y Secretarios Judiciales destinados en Canarias, Letrados de la Comunidad Autónoma, Técnicos de la Administración, Miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de la Policía Local que desempeñan sus cometidos en el ámbito de la disciplina urbanística.

Coordinador: César García Otero, Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de Gran Canaria.

2.2. Jornada en Tenerife.

Tipo de actividad: Jornada.

Plazas: 20.

Fecha: 18 de junio de 2009.

Lugar: Santa Cruz de Tenerife.

Destinatarios: Jueces, Magistrados, Fiscales y Secretarios Judiciales destinados en Canarias, Letrados de la Comunidad Autónoma, Técnicos de la Administración, Miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de la Policía Local que desempeñan sus cometidos en el ámbito de la disciplina urbanística.

Coordinador: César García Otero, Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de Gran Canaria.

Presupuesto estimado: 17.659,40 euros.

3. ENCUENTROS DE JUECES DE PAZ.

3.1. Encuentro de los Jueces de Paz de Las Palmas.

Fechas: septiembre.

Lugar: Las Palmas de Gran Canaria.

Destinatarios: Jueces y Secretarios de Juzgados de Paz de la provincia de Las Palmas.

Coordinador/a: por determinar.

3.2. Encuentro de los Jueces de Paz de Santa Cruz de Tenerife.

Fechas: octubre.

Lugar: Santa Cruz de Tenerife.

Destinatarios: Jueces y Secretarios de Juzgados de Paz de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Coordinador/a: por determinar.

Presupuesto estimado: 4.500,00 euros.

4. PROGRAMA DE FORMACIÓN DE JUECES SUSTITUTOS DE CANARIAS.

Fechas: septiembre.

Destinatarios: Jueces sustitutos de Canarias.

Coordinador: Antonio Juan Castro Feliciano, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Se acuerda ofertar por correo electrónico a todos los Jueces y Magistrados destinados en Canarias que estén interesados en participar como tutores en la formación de Jueces sustitutos con el fin de crear una bolsa a la que recurrir cuando ello fuera preciso. Dicha colaboración estará remunerada. Se abonarán 300 euros por formar a un Juez sustituto.

Presupuesto estimado: 3.500,00 euros.

5. AYUDAS ECONÓMICAS A LA FORMACIÓN.

Ayudas económicas a la formación relacionada con la función jurisdiccional, con el propósito de facilitar a los miembros de la Carrera Judicial el complemento de su formación en aquellas áreas de conocimiento que, por la duración de la actividad, su especialidad u otras circunstancias hacen muy difícil su programación desde el Consejo General del Poder Judicial, tanto a nivel estatal como a nivel del territorio de Canarias.

Podrán solicitar estas ayudas los Jueces y Magistrados destinados en las Islas Canarias que hayan realizado estudios o participado en actividades relacionadas con la función jurisdiccional realizada durante el curso 2008-2009. Para ello, deberán dirigir al Servicio de Formación Continua una solicitud en la que se exponga la relación existente entre los estudios realizados y el ejercicio de la función jurisdiccional, a la que acompañarán los documentos originales acreditativos del pago de la matrícula o inscripción correspondientes, así como el original o copia compulsada del certificado acreditativo de la superación o aprovechamiento de la actividad sobre la que se solicita la ayuda económica.

El plazo para la presentación de solicitudes de ayuda finalizará el 13 de octubre de 2009.

En función de la disponibilidad presupuestaria, se podrá financiar hasta un máximo del 75% de los gastos de matrícula o inscripción para la realización de las actividades formativas, con un máximo, por persona y año, de 900 euros.

Presupuesto estimado: 2.800,00 euros.

La efectiva planificación y desarrollo de las actividades aprobadas se entiende siempre condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria.

PRESUPUESTO DE LAS ACTIVIDADES PARA 2009


ACTIVIDADES Y CONCEPTOS IMPORTES EUROS

Ayudas económicas a la formación 2.800,00

Encuentros Jueces de Paz 4.500,00

Programa formación Jueces Sustitutos 3.500,00

IV Encuentro de Jueces canarios 35.862,62

Curso Práctico de urbanismo para profesionales 17.659,40

de la Justicia Canaria (2 jornadas)

Varios (infraestructura, reuniones, 541,98

documentación, material, difusión, etc.)

TOTAL 64.864,00


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