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BOC Nº 128. Viernes 3 de Julio de 2009 - 2572

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Arona

2572 - EDICTO de 28 de mayo de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000826/2006.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 6 de Arona.

JUICIO:familia. Divorcio contencioso 0000826/2006.

PARTE DEMANDANTE:D. Igor Ortiz Largoitia.

PARTE DEMANDADA:Dña. María Nieves Álvarez Dávila.

SOBRE: divorcio contencioso.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Arona, a diecinueve de marzo de dos mil nueve.

En nombre de S.M., el Rey.

Vistos por Ilma. Sra. Dña. María Lourdes Platero Parada, Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Arona y de su partido judicial, las presentes actuaciones de divorcio contencioso entre partes, seguido con el nº 826/06, promovidos a instancia del procurador de los tribunales Sra. Duque Martín de Oliva en nombre y representación de Igor Ortiz Largoitia, asistida por el letrado Sra. Santos López frente a María Nieves Álvarez Dávila y asistida del letrado Sr. Nuño Fernández resultando los siguientes,

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda de divorcio promovida a instancias del procurador de los tribunales Sra. Duque Martín de Oliva en nombre y representación de Igor Ortiz Largoitia frente a María Nieves Álvarez Dávila y debo declarar y declaro disuelto el matrimonio entre Igor Ortiz Largoitia frente a María Nieves Álvarez Dávila, sin hacer pronunciamiento alguno en costas.

Firme que sea esta Sentencia, comuníquese a los Registros Civiles correspondientes a los efectos registrales oportunos.

Contra esta Sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días desde el día siguiente al de la notificación de la presente ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública el día de la fecha. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 24 de marzo de 2009 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Arona, a 28 de mayo de 2009.- El/la Secretario Judicial.

DILIGENCIA.- En Arona, a 28 de mayo de 2009.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.

Doy fe.

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