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BOC Nº 125. Martes 30 de Junio de 2009 - 1001

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

1001 - ORDEN de 23 de junio de 2009, por la que se modifica la convocatoria y se corrigen errores de la convocatoria y las bases de las subvenciones previstas en el Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas "InnoEmpresa" para 2009 (Órdenes de 21 de abril de 2009, B.O.C. nº 78, de 24.4.09).

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Por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 21 de abril de 2009, se convocó el procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en el Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas "InnoEmpresa" para 2009 (B.O.C. nº 78, de 24.4.09) de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de la misma fecha y Boletín de publicación.

La base tercera de la citada Orden de convocatoria ("Plazo para la realización de la actividad y para la justificación de la subvención") establece en su apartado dos que el plazo para realizar y justificar la actividad terminará el 30 de diciembre de 2009.

Razones de ejecución presupuestaria relacionadas con la actual coyuntura económica aconsejan adelantar el plazo para realizar y justificar la actividad objeto de subvención con el fin de no retrasar el abono de las subvenciones a los beneficiarios.

Por otra parte, se han advertido errores tipográficos en el anexo A "Programas" de la citada Orden de bases y en los anexos relativos a la "Memoria Técnica y Económica del Proyecto" de la mencionada Orden de convocatoria.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y a propuesta de la Directora General de Promoción Económica,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar la base tercera de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 21 de abril de 2009, por la que se convoca el procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en el Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas "InnoEmpresa" para 2009 (B.O.C. nº 78, de 24.4.09), quedando el apartado dos de la base tercera redactado como sigue "El plazo para realizar y justificar la actividad terminará el 9 de noviembre de 2009".

Segundo.- Corregir en la página 8013 de la Orden de 21 de abril de 2009, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de las subvenciones previstas en el Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas "InnoEmpresa" para 2009 (B.O.C. nº 78, de 24.4.09) anexo A "Programas", "Aspectos comunes", en el segundo párrafo del apartado 3 de "Requisitos de los Proyectos":

Donde dice:

"Los proyectos solicitados por Organismos Intermedios podrán destinar un 30 por ciento como máximo del gasto subvencionable a actividades de preparación y difusión".

Debe decir:

"Los proyectos solicitados por Organismos Intermedios podrán destinar un 25 por ciento como máximo del gasto subvencionable a actividades de preparación y difusión".

Tercero.- Corregir la Orden de 21 de abril de 2009, por la que se convocan las subvenciones previstas en el Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas "InnoEmpresa" para 2009 (B.O.C. nº 78, de 24.4.09), en la página 8125:

Donde dice:

Anexo IV

Memoria Técnica y Económica del Proyecto

Organismo Intermedio

2. Innovación Tecnológica y Calidad

Línea 2.4

Debe decir:

Anexo XIV

Memoria Técnica y Económica del Proyecto

Organismo Intermedio

2. Innovación Tecnológica y Calidad

Línea 2.4

En las páginas 8121 a 8124 se repitió, por error, la Memoria Técnica y Económica del Proyecto, Pyme, de la línea 1.3 y faltó el contenido correcto del anexo XIII, que es el siguiente:

Ver anexos - páginas 13967-13970

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación; con indicación de que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del mismo o su desestimación presunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de junio de 2009.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Manuel Soria López.

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