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BOC Nº 123. Viernes 26 de Junio de 2009 - 2456

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde

2456 - EDICTO de 4 de junio de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000322/2009.

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D. Óscar Rey Muñoz, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos, por el Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde y su Partido, los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, bajo el nº 0000322/2009, seguidos a instancia de Global Canaria de Inversiones, S.L.U., representado por la Procuradora Dña. Delia Esther Díaz Aguiar, y dirigido por la Letrada Dña. Tania Sánchez Martínez, contra Jarehagua Supermercados, S.L., en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

Fallo: estimar la demanda de desahucio y reclamación de rentas interpuesta por Global Canaria de Inversiones, S.L.U., contra Jarehagua Supermercados, S.L., declarando resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre ambos el día 5 de marzo de 2004 y en el que se subrogó la demandada sobre el local sito en La Jurada, Carrizal, de Ingenio, entre las calles Viera y Clavijo, Che Guevara y Pedro Perdomo Acedo, condenando a la sociedad demandada a dejar dicho local libre y expedito a disposición del actor, con apercibimiento de proceder en caso contrario a su lanzamiento forzoso, así como al abono de la cantidad de 14.757,12 euros, más las rentas que se devenguen hasta el total desalojo del local, así como las costas que se hayan causado.

Se confirma el día 29 de junio de 2009 a las 10 horas de la mañana la fecha para el lanzamiento, fijado ya en la providencia de 14 de abril de 2009, para el caso de que se interponga demanda ejecutiva y esta sentencia no sea recurrida, debiendo el demandado dos días antes acudir a este Juzgado para comprobar si se va a realizar dicho lanzamiento con el apercibimiento de que en caso contrario se le notificará el auto el mismo día del lanzamiento en el mismo local.

Notifíquese la sentencia por medio de edictos.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado, y que se tramitará ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, en el plazo de cinco días desde su notificación, debiendo el demandando consignar la cantidad adeudada como requisito previo a la admisión a trámite del recurso.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Telde, a 4 de junio de 2009.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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