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Dña. Elena Guerra Morales, Secretaria del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Puerto de la Cruz y su Partido.
HAGO SABER: que en los autos nº 247/2007, sobre reconocimiento de resolución extranjera, seguidos en este Juzgado a instancias de la Procuradora Dña. María del Pilar de la Fuente Arencibia en nombre y representación de Dña. Emma Verticchio, D. Adriano Laurenzi y Dña. Annarita Laurenzi, con documentos de identidad números AM-7374282, AG-6647893 y AJ-3160418, respectivamente, frente a los desconocidos herederos de Dña. Clara Monti, nacida en Monghiforo el 31 de enero de 1937 y que falleció en esta ciudad el día 26 de octubre de 1998, y declaración de ejecutividad en España de la sentencia dictada por la Sección 3ª del Tribunal Civil de Roma, el 17 de febrero de 1997, por la que: "se condena en su apartado c) a la Sra. Clara Monti al pago de las cuotas de alquiler por un vale equivalente a 500.000 liras mensuales a partir del mes de octubre de 1991 hasta el mes de diciembre de 1995, más los intereses del 10% desde cada vencimiento hasta el saldo, incluido la revaluación a favor de Adriano Laurenzi y Annarita Laurenzi y en su apartado E) condena a la Sra. Clara Monti a pagar las dos terceras partes de los gastos de litigio que liquida en su totalidad, en 3.800.000 liras a favor de los actores y en 3.600.000 liras a favor de la citada en juicio (2.800.000 liras por concepto de honorarios, 800.000 liras por derechos, 200.000 liras por gastos, 2.600.000 por honorarios, 800.000 por derechos, 200.000 por gastos) compensando entre las partes la restante tercera parte".
Se ha dictado con esta fecha resolución cuya parte dispositiva dice: "Acordar el reconocimiento y la ejecución de la sentencia nº 16.856, dictada el 17 de febrero de 1997 por la Sección Tercera del Tribunal Civil de Roma, en el juicio civil de 1º grado inscrito bajo nº 21151 del Registro General para los asuntos contenciosos del año 1994 admitido a deliberación en la Audiencia Colegial de 17 de febrero de 1997. La sentencia se ejecutará en sus estrictos términos". Notifíquese a las partes personadas en las presentes actuaciones esta resolución haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación. Notifíquese esta resolución a los desconocidos herederos de Dña. Chiara Monti en concepto de parte demandada, mediante la publicación del oportuno edicto en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma y en el tablón de anuncios de este Juzgado y que de estar domiciliada dicha parte en España, podrá interponer recurso previsto en el artº. 36, párrafo 1º, del Convenio de Bruselas, debiendo formalizarlo por escrito ante este Juzgado en el plazo de un mes desde la fecha de la notificación; y si su domicilio radicare fuera de España, el plazo de interposición del recurso será de dos meses, hágase entrega a la parte de dicho edicto a fin de que cuide de su publicación.
Y para que sirva de notificación a las personas antes mencionadas, expido y firmo el presente en Puerto de la Cruz, a 26 de mayo de 2009.- La Secretaria Judicial.
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