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BOC Nº 120. Martes 23 de Junio de 2009 - 956

III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

956 - Secretaría General.- Resolución de 17 de junio de 2009, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de aprobación de los escenarios presupuestarios plurianuales para el período 2010-2012.

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Aprobado por el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 16 de junio de 2009, el acuerdo de aprobación de los escenarios presupuestarios plurianuales para el período 2010-2012,

R E S U E L V O:

Disponer la publicación del citado acuerdo que figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de junio de 2009.- El Secretario General, Fernando Ríos Rull.

A N E X O

ACUERDO DE APROBACIÓN DE LOS ESCENARIOS PRESUPUESTARIOS PLURIANUALES PARA EL PERÍODO 2010-2012 (CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA).

El Consejero de Economía y Hacienda expone las previsiones de descenso de los ingresos en sus distintos capítulos, para 2010 y previsiones 2011 y 2012, aun considerando una mejora de la financiación autonómica. Estas previsiones se concretan en la necesidad de una reducción del gasto público en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma -incluyendo organismos autónomos y demás entes de Derecho Público- de unos 220 millones de euros.

El Gobierno, tras deliberar y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acuerda:

1.- Aprobar el escenario Presupuestario Plurianual 2010/2012 que se adjunta en el documento anexo.

2.- Los Departamentos ajustarán sus previsiones de gasto, por capítulos presupuestarios, según el gasto por capítulos del referido documento.

Las medidas específicas para la reducción en un 1,5% del presupuesto de gastos del capítulo I se adoptarán en un próximo acuerdo del Gobierno.

3.- Cuando, por compromisos adquiridos por contrato o convenio o por otras obligaciones que se consideren por el Gobierno, fuera imposible llegar en los capítulos II y IV a los porcentajes de reducción previstos en el anexo, se podrán aplicar mayores porcentajes de reducción en los otros capítulos de gastos, siempre que no mermen créditos afectos a ingresos externos.

4.- Las disminuciones previstas en los capítulos II y IV podrán alterarse en sus porcentajes respectivos, siempre que el saldo neto en la disminución del gasto corriente sea el mismo.

Idéntico criterio se aplicará en la reducción prevista en los gastos de capital de los capítulos VI y VII, sin que pueda aplicarse a créditos afectados a ingresos externos.

A N E X O

ESCENARIO PRESUPUESTARIO

PLURIANUAL 2010-2012

1.- Introducción.

El escenario presupuestario plurianual para el período 2010-2012 elaborado en cumplimiento del artículo 26 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, tiene por objetivo establecer un marco en el que habrá de desarrollarse la actividad económico-financiera de la Comunidad Autónoma. Este marco actúa como límite, conjuntamente con el sometimiento al régimen de presupuesto anual aprobado por el Parlamento, de la gestión presupuestaria del sector público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.1 de la Ley de la Hacienda Pública Canaria.

Este escenario lo integran el conjunto de entes de la Comunidad Autónoma de Canarias de presupuesto limitativo, y se formula de manera consolidada, esto es, eliminadas las transferencias internas entre estos entes.

El escenario se inscribe en un marco de crisis económica que tiene un origen múltiple, en primer lugar, la crisis de los mercados financieros internacionales que aparece con especial intensidad en el segundo semestre del año 2007 como consecuencia del impacto de las hipotecas de alto riesgo en el mercado americano trasladado luego al sistema financiero internacional; pero también hay que tener en cuenta la situación interna de la economía española y el propio modelo de crecimiento que a lo largo de los últimos años ha tenido como elemento fundamental el impulso del consumo y la inversión con un fuerte apalancamiento externo en forma de crédito recibido desde el resto del mundo. Dicha política ha permitido fuertes tasas de crecimiento durante el cuatrienio último lo que ha permitido el período de mayor crecimiento mundial de las últimas décadas. La situación adversa de los mercados financieros internacionales unido a una creciente alza de los tipos de interés en la eurozona durante el año 2008 que incidió aún más en esa capacidad de financiación externa repercutiendo por tanto en el crecimiento real de la economía española y por tanto, también, en el de la canaria, que evidentemente está referenciada a lo que ocurra a nivel nacional. Si a todo ello unimos la especial incidencia de la crisis del sector de la construcción y del inmobiliario en la economía española, se pude entender por qué nuestra posición relativa es peor que la media europea. En consecuencia, ello está teniendo inevitables repercusiones en otros sectores de la economía, con el consiguiente impacto en la tasa de desempleo muy significativo a nivel nacional y en particular en Canarias.

Su incidencia en las cuentas públicas es evidente. Al lógico descenso en la recaudación motivado por una ralentización de la actividad económica se une la necesidad de actuar en la vertiente tributaria, de manera anticíclica, articulando rebajas en los tributos, sobre todo en sus tramos más bajos, de forma que aumente la renta disponible de los ciudadanos, amortiguando así el efecto de una caída en la demanda, lo que, por otra parte, constituye un compromiso claro del Gobierno. En este sentido el Gobierno de Canarias, adelantándose seis meses al Gobierno de la nación y al de cualquier otra comunidad autónoma de España, planteó a comienzos de 2008 una Estrategia de Dinamización frente a la desaceleración de la economía canaria que, junto con otras medidas de índole presupuestaria, contempló disminuciones en determinados impuestos, cuya repercusión se ha tenido en cuenta al elaborar el presente escenario. Asimismo se han considerado aquellas otras medidas que durante 2009 se han adoptado por el Gobierno de Canarias de cara a reforzar su estrategia de dinamización, principalmente por la vertiente de contención y racionalización del gasto público, complementadas mediante medidas de avales y reavales al tejido empresarial canario, de fomento del empleo y medidas de naturaleza más paliativa como el incremento de las ayudas de inserción social y de emergencia social para atender los efectos en las personas derivadas de la crisis económica.

Desde la perspectiva del marco de estabilidad presupuestaria y de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en el primer semestre de cada año, el Gobierno, mediante acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda y previo informe del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, fijará el objetivo de estabilidad presupuestaria referido a los tres ejercicios siguientes, tanto para el conjunto del sector público, como para cada una de las Comunidades Autónomas. Para ello, de acuerdo al artículo 5 de la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, el Ministerio de Economía y Hacienda abre un período de consultas con cada Comunidad Autónoma con objeto de elaborar la propuesta de objetivo de estabilidad presupuestaria para el conjunto de Comunidades Autónomas, adjuntando para ello el informe en el que se evalúa la fase del ciclo económico al que se hace referencia en el artículo 8 del texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007.

A la fecha actual, aunque se ha iniciado el proceso establecido para la fijación del objetivo de estabilidad para el conjunto del sector público para el período 2010-2012, no se ha remitido el informe económico ni se ha formulado propuesta de objetivo de estabilidad. Por tanto el último disponible es el aprobado para el período 2009-2011, que el Consejo de Ministros, el 30 de mayo de 2008, lo fijó para el conjunto de las Comunidades autónomas, sin incluir el déficit por inversiones previsto en el referido artículo 3 de la Ley Orgánica 5/2001 de acuerdo al siguiente detalle:

Ver anexos - página 13402

Sin embargo, ya en dicho Consejo de Política Fiscal y Financiera, con carácter excepcional y en virtud del contexto económico recogido en el nuevo cuadro macroeconómico aprobado por el Consejo de Ministros de 24 de julio de 2007, el Gobierno propone al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas que aplique dichos objetivos con flexibilidad, de forma que se eximirá a las Comunidades Autónomas, en su momento, de la obligación de presentar el plan económico financiero de reequilibrio en el caso que hayan aprobado sus presupuestos de 2009 con un escenario de crecimiento de la economía menor al 2 por 100, que según la Ley de Estabilidad Presupuestaria permite un déficit del 0,75 por 100.

Con fecha 16 de enero de 2009, el Consejo de Ministros aprueba la revisión del Programa de Estabilidad 2008-2011, en un contexto de grave crisis, lo que se traduce en un déficit público previsto para el conjunto de las Comunidades Autónomas del -1,0 por 100 para 2008, del -0,9 por 100 en el 2009, del -0,8 por 100 para el 2010 y del -0,5 por 100 para 2011.

A la vista de la evolución de los ingresos tributarios reales durante el primer cuatrimestre del presente ejercicio y su comparación con las previsiones contenidas en los presupuestos de 2009 y las previsiones de evolución de nuestra economía resulta evidente la necesidad de plantear un fuerte ajuste en el gasto público del presente ejercicio y venideros, cuestión que el Gobierno de Canarias abordará con el principal objetivo de minimizar el impacto que pueda afectar a la prestación de los servicios públicos de carácter fundamental o básico, y poder acometer las medidas de naturaleza anticíclica que se han puesto en marcha.

2.- Hipótesis Macroeconómicas y Presupuestarias.

A continuación se recogen los valores previstos de las variables macroeconómicas utilizadas para estimar las previsiones de ingresos que conforman el escenario elaborado:

Ver anexos - páginas 13403-13405

4.- Escenario de Ingresos.

4.1. Ingresos de la Comunidad Autónoma.

Sistema de financiación.

1.- Los criterios seguidos para estimar los ingresos inherentes al Sistema de Financiación se desglosan en los seis apartados siguientes:

a) Ingresos Tributarios.

Estos recursos evolucionan de acuerdo a lo previsto en los artículos 7 y 15 de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, es decir, conforme al índice de variación previsto para el ITEn.

b) El Fondo de Suficiencia.

Evoluciona de acuerdo a lo previsto en los citados artículos, es decir, conforme al índice de variación previsto para el ITEn, esto es, la variación prevista en la parte no cedida de los ingresos tributarios del Estado susceptibles de cesión.

Dado que el Escenario Macroeconómico 2008-2011 para España no incluye la variación prevista de los Ingresos Tributarios del Estado, dicho índice se ha obtenido a partir de las variaciones previstas para el PIB nominal español y la relación entre los ingresos tributarios y ese PIB nominal incluidos en ese documento.

c) Compensación por la desaparición del Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas (IGTE).

Del importe anteriormente estimado del Fondo de Suficiencia se deduce la totalidad de la respectiva compensación de la Comunidad Autónoma al Estado por la desaparición del IGTE.

Para el cálculo de dicha compensación, se ha supuesto que el Valor Añadido Bruto (VAB) en Canarias evoluciona al mismo ritmo que su PIB.

d) Anticipos recursos del Sistema.

En cada uno de los ejercicios se ha previsto recibir un 2% de anticipo de liquidación de los respectivos importes de los ingresos tributarios inherentes al Sistema y del Fondo de Suficiencia de cada ejercicio.

e) Liquidación de los recursos del Sistema de Financiación.

Para el cálculo de la liquidación de cada uno de los elementos integrantes del Sistema se han tenido en cuenta los importes de estas magnitudes de los ejercicios anteriores.

En el ejercicio 2008, si bien se incluyeron en las previsiones iniciales los respectivos anticipos del 2% anteriormente citados, no se percibieron de manera efectiva, por lo que el importe (negativo) previsto para el ejercicio 2010, se corresponde con el que se estima conforme a los datos de recaudación de tributos estatales del ejercicio 2008 conocidos en el momento de elaborar este escenario, estimándose que el mismo no variará en los ejercicios siguientes.

f) Asignaciones complementarias y por insularidad de la financiación sanitaria.

Se considera que estas asignaciones no varían a lo largo del período en relación a los importes consignados en el presupuesto aprobado del ejercicio 2009.

g) Se incluye la estimación por el incremento de recursos derivados de la modificación del sistema de financiación, teniendo en cuenta los parámetros conocidos del mismo hasta el momento de elaboración de estos escenarios.

Ingresos Tributarios.

1.- Tributos Cedidos: con carácter general para la estimación de estos recursos se han tenido en cuenta, de las hipótesis de las variables macroeconómicas de los ejercicios a que se refiere el escenario, las asociadas a cada figura tributaria, si bien dicha evolución se ha relacionado y, en su caso, se ha corregido, con los diferenciales que la evolución histórica de los últimos años de la recaudación de dichos tributos ha puesto de manifiesto en relación con la evolución de aquellas variables macroeconómicas en ese mismo período y singularmente, dadas las circunstancias excepcionales derivadas de la actual situación de crisis económica por la que atravesamos, su comportamiento en el último semestre del año 2007, durante el ejercicio 2008 y la estimación del grado de ejecución al final de 2009, respecto de las previsiones iniciales de dicho año.

2.- Impuesto Especial sobre los Combustibles: se considera que evoluciona al mismo ritmo que las previsiones del consumo privado de los hogares.

3.- Tributos derivados del REF: el I.G.I.C. (excepto Tabaco Rubio) y el AIEM evolucionan al mismo ritmo que el PIB nominal; partiendo de la estimación de sus ejecuciones en el año 2008 y 2007; para el Impuesto sobre Matriculaciones se ha tenido en cuenta su evolución en los últimos seis años y, singularmente de los ejercicios 2007, 2008 y los cuatro primeros meses de 2009, así como de las previsión de la variación del gasto en consumo final de los hogares; el IGIC Tabaco Rubio evoluciona al mismo ritmo que la variación del gasto en consumo final de los hogares.

Tasas por servicios.

Con carácter general estos tributos evolucionan conforme a las previsiones del deflactor del gasto en consumo final privado.

No obstante, para determinados conceptos como son las relativas a Puertos y las gestionadas por las Consejerías de Presidencia, Justicia y Seguridad; de Obras Públicas y Transportes; de Empleo, Industria y Comercio y de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se ha tenido en cuenta su evolución en los últimos ejercicios, adaptando sus estimaciones a los respectivos crecimientos medios.

Multas y Sanciones.

Sus estimaciones permanecen constantes en el período.

Intereses de depósito.

Evolucionan al ritmo previsto de variación de los tipos de interés y los saldos medios de tesorería inherentes a la ejecución de los cobros y pagos presupuestarios y extrapresupuestarios.

Reintegros y demás ingresos.

Para todo el período considerado se consideran constantes en las cifras del ejercicio 2009.

Subvenciones gestionadas.

Se consideran constantes los importes de 2009, salvo aquellas de las que de forma específica se conoce su evolución, como pudiera ser la aplicación de la Ley Orgánica de Educación (LOE), o aquellas otras, como las que amparan la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y a las familias, en las que conociéndose que iban a incrementarse significativamente, debido a que por las incertidumbres existentes en torno a su efectiva implantación no era posible determinar con exactitud su importe, los recursos para los ejercicios del escenario se han estimado aumentando las cifras respectivas en porcentajes similares a los experimentados en las dotaciones iniciales para su implantación.

En todo caso, las estimaciones por las subvenciones gestionadas se ajustan a las respectivas previsiones de gastos que dan cobertura a la aplicación de las mismas.

Convenios de transferencias de capital.

Los importes por estos conceptos se ajustan a las cifras previstas en los mismos, debiendo destacar las que se refieren al Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC) en materia de educación, y los convenios en materia de carreteras y obras hidráulicas.

Para el PIEC en materia de educación se estiman que en cada uno de los tres ejercicios del escenario se perciban los importes previstos en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2009. El Convenio de Carreteras incluye tanto los recursos para la prefinanciación de obras como los que corresponden a las expropiaciones. La previsión de éstas se ajusta a los importes incluidos en el Convenio. Para las actuaciones en materia de aguas, las estimaciones se ajustan igualmente a los importes incluidos en el convenio suscrito.

Fondos Europeos.

Para realizar el escenario de ingresos provenientes de Fondos Europeos se ha tenido en cuenta lo siguiente:

- Con relación a los programas correspondientes al período 2000-06, se han considerado las cantidades certificadas hasta la fecha de elaboración del escenario, el plan financiero aprobado y los compromisos producidos hasta la fecha, lo que permite realizar una estimación aproximada del ritmo de ejecución. No se ha incluido en dicha estimación el cobro del saldo final de cierre de los Programas ya que se considera que, conforme a las directrices de cierre, los mismos se podrían producir fuera de dicho período.

- Respecto a los programas del nuevo período 2007-2013, la estimación se ha realizado en función de los respectivos planes financieros y previendo un ritmo de ejecución acorde al de los programas del período 2000-06.

Pasivos Financieros.

Los importes que figuran en la citada previsión del Presupuesto de Ingresos de la Comunidad Autónoma de Canarias, obedecen a las emisiones de bonos y obligaciones previstas a realizar durante los citados ejercicios 2010-2012, que contemplan un incremento del stock o nivel de deuda de acuerdo con los planes de inversión que se autoricen y por aplicación de los incrementos permitidos conforme a lo establecido en el párrafo quinto del artículo 8.2 del texto refundido de la Ley de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre.

4.2. Ingresos de organismos autónomos, entidades públicas y consorcios.

Teniendo en cuenta que el escenario, tal y como se ha expuesto anteriormente, se ha elaborado de forma consolidada y, por tanto, se han eliminado las transferencias internas entre los diversos entes con presupuesto limitativo que componen el sector público de la Comunidad Autónoma, en este apartado, por su incidencia en el conjunto de ingresos consolidados, únicamente se incluyen los relacionados con el Servicio Canario de Empleo (SCE) y Salud (SCS).

Servicio Canario de la Salud.

Las previsiones sobre ingresos por servicios sanitarios a terceros previstos en el capítulo 3 se realizan en base a las estimaciones de ejecución 2009 y se mantienen constantes para el período considerado. Se mantienen también constantes los restantes ingresos de este organismo.

Servicio Canario de Empleo.

Los importes previstos por el PIEC y demás procedentes del Servicio Estatal de Empleo que son objeto de distribución territorializada, se ha considerado que permanecen constantes con respecto a los importes previstos en el presupuesto aprobado de 2009 y vinculadas a los respectivos importes a consignar en el Estado de Gastos de dicho Organismo.

5.- Escenario de Gastos.

5.1. Gastos de personal.

El criterio aplicado para la estimación de los gastos de personal en anteriores escenarios se basaba en el incremento que en los últimos años se ha venido aplicando a las retribuciones, y en este sentido para el presente escenario de capítulo 1 se ha previsto que ante la grave situación de crisis en la que estamos inmersos para el período 2010/12 las retribuciones no se incrementen con carácter general. No obstante para el año 2010 se prevé una disminución del 1,5 por cien de los gastos del capítulo I, como consecuencia de la aplicación de una serie de medidas de carácter coyuntural destinadas a controlar y mejorar la gestión de dicho gasto, que, en principio, si la coyuntura lo permite se recuperarían en 2011, y por tanto en 2012 se mantendrían los gastos de personal, en concordancia con la necesidad de controlar el gasto público para ajustarlo a la tendencia de los ingresos públicos, y manteniendo la capacidad de gasto en las políticas de prestación de servicios públicos.

5.2. Gastos corrientes en bienes y servicios.

Para este capítulo se prevé en el año 2010 una disminución global del 6,7 por cien con respecto al Presupuesto de 2009, con un ligero aumento del 4,1 por cien en 2011 y un mantenimiento en 2012.

No obstante estas tasas de variación no son uniformes en su aplicación por áreas, de forma que en las políticas de prestación de servicios públicos esenciales, las tasas experimentan un decremento más atemperado. Esta aplicación discriminada de tasas de variación obliga a efectuar un mayor ajuste en las restantes áreas del Gobierno, propiciando así un mejor aprovechamiento de los recursos.

5.3. Gastos financieros.

La estimación de este capítulo se ha efectuado considerando, por un lado, los intereses derivados de las operaciones financieras a largo plazo que la Comunidad Autónoma mantiene en vigor, y por otro, los derivados de las nuevas operaciones de endeudamiento previstas durante el período.

5.4. Transferencias corrientes.

El capítulo 4 del escenario también prevé una disminución del 2,9 por cien en 2010, con aumentos del 2,1 por cien en 2011 y del 1,8 por cien en 2012. Tampoco en este capítulo las tasas de variación son homogéneas. Determinadas políticas sectoriales asociadas a la prestación de servicios públicos de carácter esencial mantienen sus dotaciones con respecto a 2009 o experimentan tasas de decremento más moderadas. Y para poder mantener el nivel de gasto en estos sectores se han aplicado mayores disminuciones en otras áreas de la Administración.

Mientras que otras partidas con índices de variación ya establecidos normativamente se han ajustado a su previsible evolución, como por ejemplo los créditos para traspasos de competencias a los cabildos, que se hacen evolucionar en función de la variación prevista para el Fondo de Suficiencia.

5.5. Operaciones de capital.

Los gastos por operaciones de capital disminuyen un 4,8 por cien en 2010, para volver a aumentar un 4,4 por cien en 2011 y un 0,2 por cien en 2012.

De los capítulos que componen este grupo de gastos, las inversiones reales disminuyen un 2,5 por cien en 2010, para crecer un 1,8 por cien en 2011 y mantenerse en 2012. En este capítulo se han mantenido en los niveles del Presupuesto de 2009 las dotaciones de aquellos planes o convenios que disponen de financiación específica para los mismos.

El resto de áreas del Gobierno han visto reducidas ligeramente sus dotaciones en 2010.

Por lo que se refiere a las transferencias de capital, éstas experimentan un mayor ajuste que las inversiones reales en 2010, un 8,7 por cien, recuperando el ritmo de crecimiento en 2011, con un 9,0 por cien, y en 2012 con un 1,0 por cien. Nuevamente hay que señalar que la disminución de 2010, no es homogénea, ya que determinados ámbitos, en función de su financiación y compromisos adquiridos, experimentan ajustes de menor intensidad que el resultante del conjunto del capítulo.

5.6. Activos financieros.

La disminución del 90,7 por cien que experimenta este capítulo en 2010 se debe a que en el vigente Presupuesto 2009 se contempla la aportación del Estado en virtud de la Addenda al Programa de Infraestructuras de las Telecomunicaciones en Canarias, que es una actuación puntual que, en principio, no se prevé para el período 2010-2012.

Para el resto de partidas del capítulo, se han mantenido constantes los créditos incluidos en el Presupuesto de 2009, que incluyen las dotaciones para anticipos reintegrables del personal y las destinadas a la adquisición de acciones de sociedades mercantiles públicas de la Comunidad Autónoma.

5.7. Pasivos financieros.

El total del importe previsto durante cada uno de los ejercicios se corresponde en su totalidad con las amortizaciones de capital que se producen en ese ejercicio.

6.- Compromisos de gasto de carácter plurianual.

Cumpliendo con lo que establece el apartado 4 del artículo 49 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, se relacionan a continuación los compromisos de gastos de carácter plurianual contabilizados hasta el 30 de marzo para los entes incluidos en el escenario.

Ver anexos - página 13409

7.- Ajustes para la estimación del resultado presupuestario en términos de Contabilidad Nacional.

El apartado 4 del artículo 26 de la Ley de la Hacienda Pública Canaria establece que los escenarios plurianuales se adecuarán a los objetivos de estabilidad presupuestaria en los términos establecidos en la legislación del Estado.

Al resultado presupuestario de cada año no se le aplica la estimación de ajustes a efectuar para estimar el mismo en términos de contabilidad nacional, ya que se considera que los efectos de los mismos son poco significativos para el resultado presupuestario.

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