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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por sentencia de 14 de marzo de 2008, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas, se desestima el recurso contencioso-administrativo nº 582/2006, interpuesto por Dña. Ana Ángeles González Muñoz, contra la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de 25 de julio de 2006, de asignación definitiva de destinos por centro de gestión en la fase de provisión, y por la que se inicia el segundo procedimiento de provisión del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Pediatras de Equipos de Atención Primaria, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.
Segundo.- Mediante la sentencia nº 166/08, de 5 de diciembre de 2008, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, estima el recurso de apelación interpuesto por Dña. Ana Ángeles González Muñoz, contra la sentencia indicada en el antecedente anterior, que anula. Su fallo dispone lo siguiente:
"1º) Estimar el recurso de apelación interpuesto por Dña. Ana Ángeles González Muñoz contra la sentencia de 14 de marzo de 2008, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas, que anulamos.
2º) Anular la Resolución dictada el día 25 de julio del año 2006 por la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, en el particular relativo a la reclamación presentada por Dña. Ana Ángeles González.
3º) Reconocer el derecho de Dña. Ana Ángeles González a que le sean asignados 38,119 puntos por el apartado de experiencia en categoría profesional distinta y especialidad a la que concursa.
4º) Condenar al Servicio Canario de la Salud a observar las consecuencias de toda índole legalmente inherentes al anterior pronunciamiento.
5º) No imponer las costas devengadas en esta apelación."
Tercero.- Con fecha 18 de marzo de 2009 ha tenido entrada en el Servicio Canario de la Salud testimonio de la sentencia de 14 de marzo de 2008, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas y de 5 de diciembre de 2008, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, instándose a que se lleve a puro y debido efecto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artº. 117.3 de la CE establece que "El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan".
Por su parte, el artículo 103.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dispone que "la potestad de hacer ejecutar las sentencias y demás resoluciones judiciales corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales de este orden jurisdiccional, y su ejercicio compete al que haya conocido del asunto en primera o única instancia".
Y el artículo 104 de la citada Ley señala que "1. Luego que sea firme una sentencia, se comunicará en el plazo de diez días al órgano que hubiera realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que, una vez acusado recibo de la comunicación en idéntico plazo desde la recepción, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquél.
2. Transcurridos dos meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo conforme al artículo 71.1.c), cualquiera de las partes y personas afectadas podrá instar su ejecución forzosa".
Segundo.- El artículo 20.1 del Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, establece que "finalizada la actuación de los Tribunales y los trámites subsiguientes, el Director del Servicio Canario de la Salud, a propuesta del órgano convocante, dictará resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, acordando el nombramiento de los aspirantes seleccionados, con expresión de la plaza adjudicada".
Tercero.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su artículo 66 que en caso de declararse la nulidad o anularse las actuaciones, se dispondrá siempre la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción.
En este sentido, cabe recordar que el principio de economía procesal, cuyo ámbito de aplicación se extiende a los procedimientos de toda índole, impone la conservación de los actos o trámites cuyo contenido sería el mismo de repetirse las actuaciones -dilatándose la tramitación en contra del principio de celeridad y eficacia- para llegar a idénticos resultados. Si, racionalmente, puede preverse que se reproducirán los mismos actos, lo lógico es su mantenimiento.
La ejecución de la precitada sentencia supone la modificación de la puntuación asignada a Dña. Ana Ángeles González Muñoz, en la baremación de los méritos contenida en la relación definitiva de valoración y de adjudicación de plazas de la fase de provisión correspondiente a la categoría de Pediatras de Equipos de Atención Primaria, publicada en el anexo II de la Resolución de 25 de julio de 2006, de la Dirección General de Recursos Humanos, modificada por la Resolución del mismo órgano de 18 de octubre de 2006, por la que se estima el recurso de reposición interpuesto por Dña. Beatriz Siverio Escobar contra ella, que dispone asignación definitiva de destinos por centro de gestión en la fase de provisión, y por la que se inicia el segundo procedimiento de provisión del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Pediatras de Equipos de Atención Primaria, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de 21 de mayo de 2002, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 72, de 1.6.02).
Dña. Ana Ángeles González Muñoz figura en la citada relación definitiva de valoración y de adjudicación de plazas (anexo II) con un total de 49,950 puntos y destino en 6119 Granadilla. Así mismo, figura en la propuesta de nombramiento de personal estatutario fijo y de adjudicación de plazas contenida en el anexo de la Resolución de 18 de octubre de 2006, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se estima el recurso de reposición interpuesto por Dña. Beatriz Siverio Escobar contra la precitada Resolución de 25 de julio de 2006.
Conforme a lo dispuesto en el fallo de la sentencia en ejecución, a la Sra. González Muñoz se le asignan 38,119 puntos más por el apartado 2.1.c) del baremo, referido a experiencia en categoría profesional distinta y especialidad a la que concursa. Dicha puntuación sumada a la total asignada inicialmente de 22,950 por el apartado de experiencia, hace un total de 71,069, pero siendo de 55 puntos el cómputo máximo por antigüedad, según dispone el anexo III de la convocatoria, le corresponde una puntuación total en la fase de provisión de 82 puntos.
Efectuada la modificación de la puntuación de Dña. Ana Ángeles González Muñoz y situada en el lugar que le corresponde conforme a ella, se ha procedido a realizar una nueva adjudicación de plazas, de conformidad con las peticiones efectuadas en su día por los participantes en la fase de provisión, dando por resultado los siguientes cambios en la asignación de destinos:
NOMBRE Y APELLIDOS: González Muñoz, Ana Ángeles.
PLAZA ANTERIOR ADJUDICADA: 6119-Granadilla.
NUEVA ADJUDICACIÓN: 6113-La Laguna III (El Rosario-Geneto-Gracia).
NOMBRE Y APELLIDOS: Lupiani Castellanos, María Pilar.
PLAZA ANTERIOR ADJUDICADA: 6113-La Laguna III (El Rosario-Geneto-Gracia).
NUEVA ADJUDICACIÓN: 6111-La Laguna I (La Cuesta-Barrio la Candelaria).
NOMBRE Y APELLIDOS: Graffigna Lojendio, Agustín Rafael.
PLAZA ANTERIOR ADJUDICADA: 6111-La Laguna I (La Cuesta-Barrio la Candelaria).
NUEVA ADJUDICACIÓN: 6112-La Laguna II (Taco).
NOMBRE Y APELLIDOS: Sosa Álvarez, Ana María.
PLAZA ANTERIOR ADJUDICADA: 6112-La Laguna II (Taco).
NUEVA ADJUDICACIÓN: 6120-Arona I-Vilaflor.
A la vista de lo expuesto, procede modificar los destinos adjudicados a los citados aspirantes en la Resolución de la Directora del Servicio Canario de la Salud, de fecha 19 de octubre de 2006, por la que se disponen nombramientos como personal estatutario fijo y adjudicación de plazas, derivados del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Pediatras de Equipos de Atención Primaria, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 211, de 30 de octubre).
En aplicación del principio de conservación de los actos resulta admisible ejecutar la sentencia sin necesidad de afectar al nombramiento y adjudicación de plazas de los restantes aspirantes.
En virtud de lo expuesto de forma razonada y motivada, se emite la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero.- Dar cumplimiento mediante la presente Resolución al fallo de la sentencia nº 166/08, de 5 de diciembre de 2008, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 582/2006, seguido a instancia de Dña. Ana Ángeles González Muñoz ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas.
Segundo.- Modificar la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de fecha 25 de julio de 2006, que dispone asignación definitiva de destinos por centro de gestión en la fase de provisión, y por la que se inicia el segundo procedimiento de provisión del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Pediatras de Equipos de Atención Primaria, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, asignándole a Dña. Ana Ángeles González Muñoz 82 puntos en sustitución de los 49,50 que tenía y modificando las plazas adjudicadas a ésta y a los tres aspirantes afectados por la nueva asignación de plazas, conforme a su petición y orden en el que se inserta en la fase de provisión, en los términos que figuran en el apartado siguiente. Dicha Resolución se había modificado por otra del mismo órgano, de 18 de octubre de 2006, por la que se estima el recurso de reposición interpuesto por Dña. Beatriz Siverio Escobar contra ella, así como la propuesta de nombramiento de personal estatutario fijo y de adjudicación de plazas contenida en la misma que también se modifica.
Tercero.- Modificar la Resolución de la Directora del Servicio Canario de la Salud, de 19 de octubre de 2006, por la que se disponen nombramientos como personal estatutario fijo y adjudicación de plazas, derivados del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Pediatras de Equipos de Atención Primaria, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 211, de 30 de octubre), respecto de los casos siguientes:
NOMBRE Y APELLIDOS: González Muñoz, Ana Ángeles.
PLAZA ANTERIOR ADJUDICADA: 6119-Granadilla.
NUEVA ADJUDICACIÓN: 6113-La Laguna III (El Rosario-Geneto-Gracia).
NOMBRE Y APELLIDOS: Lupiani Castellanos, María Pilar.
PLAZA ANTERIOR ADJUDICADA: 6113-La Laguna III (El Rosario-Geneto-Gracia).
NUEVA ADJUDICACIÓN: 6111-La Laguna I (La Cuesta-Barrio la Candelaria).
NOMBRE Y APELLIDOS: Graffigna Lojendio, Agustín Rafael.
PLAZA ANTERIOR ADJUDICADA: 6111-La Laguna I (La Cuesta-Barrio la Candelaria).
NUEVA ADJUDICACIÓN: 6112-La Laguna II (Taco).
NOMBRE Y APELLIDOS: Sosa Álvarez, Ana María.
PLAZA ANTERIOR ADJUDICADA: 6112-La Laguna II (Taco).
NUEVA ADJUDICACIÓN: 6120-Arona I-Vilaflor.
Cuarto.- Dña. Ana Ángeles González Muñoz, Dña. María Pilar Lupiani Castellanos, D. Agustín Rafael Graffigna Lojendio y Dña. Ana María Sosa Álvarez deberán cesar en la anterior plaza adjudicada dentro de los tres días hábiles siguientes al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. No obstante, la Gerencia de Atención Primaria de Tenerife, por necesidades del servicio, podrá ampliar este plazo hasta diez días.
Las tomas de posesión en las nuevas plazas adjudicadas deberán efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son en la misma localidad; en el plazo de quince días hábiles, si son de distinta localidad pero de la misma Área de Salud; o en el de un mes, si pertenece a distinta localidad y Área de Salud.
En caso de que algún aspirante, mediante procedimiento reglamentario, esté desempeñando plaza diferente a la anterior adjudicada, cesará igualmente en ella, computándose en este caso el plazo posesorio correspondiente a la localización de dicha plaza.
Quinto.- Conservar la adjudicación de plazas de los restantes aspirantes seleccionados efectuada por Resolución de este Órgano de 19 de octubre de 2006 (B.O.C. nº 211, de 30 de octubre), conservando igualmente los actos posteriores derivados de aquéllos.
Sexto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y notificársela a Dña. Ana Ángeles González Muñoz, a Dña. María Pilar Lupiani Castellanos, a D. Agustín Rafael Graffigna Lojendio, a Dña. Ana María Sosa Álvarez, a la Gerencia de Atención Primaria de Tenerife, así como al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas.
Contra la presente Resolución no cabe recurso alguno al dictarse en ejecución de sentencia judicial firme, sin perjuicio de las acciones que los interesados puedan promover ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2009.- El Director, Guillermo Martinón Ribot.
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