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BOC Nº 099. Martes 26 de Mayo de 2009 - 1953

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 7 y Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife

1953 - EDICTO de 12 de mayo de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio de guarda cust. y alimentos hijos extramatr. nº 0000292/2008.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 7 y Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife.

JUICIO: guarda cust. y alimentos hijos extramatr. 0000292/2008.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Gladys Bertha Arandia Siles.

PARTE DEMANDADA: D. Raúl Epifanio Franco.

SOBRE: materia.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

En Santa Cruz de Tenerife, a 31 de octubre de dos mil ocho.

Vistos por mí, María Dolores Aguilar Zoilo, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal que con el nº 292/08 se han seguido en este Juzgado a instancias del Procurador Sr. Togores en nombre y representación de Gladys Bertha Arandia Siles, contra Raúl Epifanio Franco y siendo parte el Ministerio Fiscal.

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por el procurador Sr. Togores, en nombre y representación de Gladys Bertha Arandia Siles, contra Raúl Epifanio Franco, acordando las siguientes medidas.

1.- Se atribuye la guarda y custodia del menor habido de la unión a la progenitora, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.

2.-Se fija como pensión alimenticia el importe mensual de 250 euros a ingresar en la cuenta corriente que designe la actora en los cinco primeros días de cada mes y revisables anualmente conforme al IPC, más abono de gastos extraordinarios por mitad.

Todo lo anterior lo es sin hacer especial condena en costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella se podrá preparar recurso de apelación en cinco días siguientes a su notificación ante este Juzgado.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 12 de mayo el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Santa Cruz de Tenerife, a 12 de mayo de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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