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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Juan González Herrera de la Resolución de caducidad nº 667, de fecha 13 de marzo de 2009, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto de la citada resolución, de conformidad con el apartado quinto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Primero.- Notificar a D. Juan González Herrera, la Resolución de caducidad nº 667, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 13 de marzo de 2009, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción de la legalidad urbanística con referencia 246/07-U y cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Primero.- Declarar la caducidad de las actuaciones del presente procedimiento sancionador por haber transcurrido más de dos meses desde la fecha en que se inició el mismo, habiéndose notificada ésta en el Boletín Oficial de Canarias el día 28 de enero de 2009, fuera del plazo previsto, sin perjuicio de la iniciación de un nuevo procedimiento, conforme la legislación vigente.
Segundo.- Notificar la presente Resolución al interesado y al Ayuntamiento de Candelaria.
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse".
Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de abril de 2009.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.
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