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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezado y fallo dice como sigue:
SENTENCIA
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de marzo de 2009.
Dña. María Luisa Moreno Vera, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Dieciséis de esta ciudad y de este Partido Judicial, ha visto los autos 98/2008 seguidos en este Juzgado a instancia de la entidad Monterisco, S.L. representado por la Procuradora Sra. Pérez Almeida contra D. Miguel García Quintas, y ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia.
FALLO
Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre la entidad Monterisco, S.L. y D. Miguel García Quintas sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda dando lugar al desahucio solicitado y condenando al demandado a que, dentro del término legal, lo desaloje y deje libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, condenándole asimismo a abonar la cantidad de 12.000 euros, más las que se deriven hasta la entrega del inmueble, intereses legales e imponiéndole expresamente las costas de este juicio.
Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Miguel García Quintas, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de abril de 2009.- El/la Secretario.
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