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BOC Nº 063. Miércoles 1 de Abril de 2009 - 479

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

479 - ORDEN de 13 de marzo de 2009, por la que se otorgan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes al curso 2007-2008.

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Examinado el procedimiento iniciado por la Dirección General de Formación Profesional y Educación Adultos, referente a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes al curso 2007/2008, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Como reconocimiento oficial de los méritos, basados en el esfuerzo y en el trabajo, de los alumnos que han finalizado la Formación Profesional Específica de Grado Superior con brillantez, se ha establecido un procedimiento de selección de los candidatos con un doble nivel de concurrencia. Un primer nivel en cada Comunidad Autónoma, donde se concederán los Premios Extraordinarios que darán acceso a sus ganadores a los Premios Nacionales que constituyen el segundo nivel, de conformidad con lo establecido en la Orden ECD/1696/2002, de 1 de julio, por la que se crean los Premios Nacionales de Formación Profesional y se establecen a tal efecto los requisitos para la concesión de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional (B.O.E. nº 160, de 5.7.02).

Segundo.- Para poder concretar ese primer nivel que da acceso a los Premios Nacionales de Formación Profesional, se crean y se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Canarias por Orden de 3 de diciembre de 2002 (B.O.C. nº 168, de 18.12.02), que tienen una periodicidad anual.

Tercero.- Correspondiendo otorgar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional del curso 2007/2008, se designa el Jurado de Selección que, en reunión celebrada el día 27 de enero de 2009, resuelve conceder por unanimidad los Premios Extraordinarios de Formación Profesional correspondientes al curso 2007/2008, y elevando la propuesta de adjudicación al Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, que propone a la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes la concesión de los premios y procede a dar publicidad de los mismos en el Boletín Oficial de Canarias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Orden ECD/1696/2002, de 1 de julio, por la que se crean los Premios Nacionales de Formación Profesional y se establecen a tal efecto los requisitos para la concesión de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional (B.O.E. nº 160, de 5.7.02), establece que los alumnos que hayan resultado merecedores de Premio Extraordinario de Formación Profesional convocados en su Comunidad Autónoma, podrán concurrir a los Premios Nacionales de Formación Profesional.

Segundo.- Por Orden de 3 de diciembre de 2002, se crean y se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 168, de 18.12.02).

Tercero.- Por otra parte, mediante Resolución de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, de fecha 14 de enero de 2009, se designan los miembros del Jurado de Selección de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 18, de 28.1.09).

Cuarto.- El apartado séptimo, punto 3 de la Orden de 3 de diciembre de 2002, establece que el Jurado de Selección resolverá y elevará la propuesta de adjudicación de los premios, antes del día 31 de enero, al Director General de Centros, que propondrá al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes la concesión de los premios, dándole publicidad en el Boletín Oficial de Canarias, sin embargo, de conformidad con el Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos asume las competencias para dirigir y gestionar las enseñanzas de Formación Profesional Específica.

De acuerdo con todo lo anterior, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 29.1, apartado letra m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), y en los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual,

D I S P O N G O:

Primero.- Otorgar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes al curso 2007/2008, a los alumnos que figuran relacionados en el anexo de la presente Orden.

Segundo.- Esta distinción les será consignada a los alumnos en su expediente académico y en el Libro de Calificaciones, mediante diligencia efectuada por el Secretario del Instituto de Educación Secundaria donde hayan realizado la inscripción a los Premios Extraordinarios.

Tercero.- La obtención del Premio Extraordinario de Formación Profesional les da opción, previa inscripción, a concurrir al Premio Nacional de Formación Profesional.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de marzo de 2009.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.

Ver anexos - página 6245

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