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BOC Nº 060. Viernes 27 de Marzo de 2009 - 1060

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1060 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 16 de marzo de 2009, del Director, relativo a notificación de resolución por la que se deja sin efecto la subvención concedida, en el marco del programa de promoción del empleo autónomo, a Dña. María de los Ángeles Gibert Galván.- Expte. 07-38/00874.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación de resolución, por la que se deja sin efecto la subvención concedida a Dña. María de los Ángeles Gibert Galván, de fecha 6 de noviembre de 2008, nº 08-38/6006, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Resolución por la que se deja sin efecto la subvención concedida a Dña. Gibert Galván, María de los Ángeles mediante Resolución 08-38/1635, de fecha 25 de abril de 2008.

Visto el expediente 07-38/00874, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 08-38/1635, de fecha 25 de abril de 2008, se concedió a Dña. Gibert Galván, María de los Ángeles, con N.I.F. 78569471E, una subvención por importe de siete mil (7.000,00) euros por el establecimiento como autónomo, de las previstas en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo.

Segundo.- Que al comprobar últimos indicios tras consulta de la base de datos de situaciones laborales de la Tesorería General de la Seguridad Social se constata que Dña. María de los Ángeles Gibert Galván figura en fecha 31 de agosto de 2008 de baja voluntaria en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Tercero.- Que no se ha procedido a abonar importe correspondiente a la subvención concedida mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo 08-38/1635, de fecha 25 de abril de 2008, por lo que no procede reintegro alguno.

A los citados hechos, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo es competente para dictar la presente resolución, en virtud con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- Resulta de aplicación a la presente solicitud de subvención lo establecido en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, citada, cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 250/1985, de 23 de enero (B.O.E. nº 55, de 5.3.85), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. de 28 de abril), en relación con el Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 3 de agosto) y 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. de 15 de noviembre), así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (B.O.E. de 18 de noviembre) General de Subvenciones.

Tercero.- Que el beneficiario incumple con lo establecido en el punto tercero del resuelvo de la Resolución de concesión que obliga a "Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y a mantener su actividad empresarial y su alta en Seguridad Social, por un plazo de, al menos, tres años, salvo que el beneficiario pueda justificar documentalmente el cese de su actividad por causas ajenas a su voluntad, en cuyo caso deberá comunicarse al Servicio Canario de Empleo en el plazo de un mes desde que el cese se produzca", y en el mismo sentido con el artº. 4 de la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio.

Cuarto.- Que no procede reintegro, de conformidad con el artº. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, toda vez que no se ha abonado importe alguno correspondiente a la subvención concedida mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo 08-38/1635, de fecha 25 de abril de 2008, y

En uso de la facultad que me atribuye el artº. 9.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. nº 80, de 28.4.03),

R E S U E L V O:

Primero.- Dejar sin efecto la Resolución nº 08-38/1635, de 25 de abril de 2008, por los motivos expuestos.

Segundo.- Proceder al archivo del expediente sin más trámite, declarando al interesado decaído en su derecho toda vez que Dña. Gibert Galván, María de los Ángeles, con N.I.F. 78569471E.

Tercero.- Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115 en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Director, Alberto Génova Galván.

Este acto administrativo ha sido propuesto en Santa Cruz de Tenerife, a 4 de noviembre de 2008 por la Jefe de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría.

Lo que notifico a Vd., en cumplimiento de lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- La Jefe de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de marzo de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

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