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No habiéndose podido practicar a D. Uwe Franz Berberich y Dña. María Dolores Carbonell Domínguez, notificación del trámite de audiencia antes de proceder a dictar Resolución de la revocación de Título-Licencia de agencia de viajes, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a D. Uwe Franz Berberich y Dña. María Dolores Carbonell Domínguez, Administradores solidarios de la entidad mercantil "Viajes Maspalomas Aventura, S.L.", titular de la Agencia de Viajes "Maspalomas Aventura", que se abre un período de diez días de trámite de audiencia, antes de dictar Resolución de revocación de Título-Licencia por no ejercer la actividad de agencia de viajes en el local donde se autorizó, sin comunicarlo a esta Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.
2.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de 2009.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis.
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