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BOC Nº 036. Lunes 23 de Febrero de 2009 - 591

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

591 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 2 de febrero de 2009, por el que se notifica a D. Francisco Javier Hernández Mentado, titular del Bar Bambys, la Resolución de caducidad del expediente sancionador nº 16/2008, incoado por presunta infracción a la normativa sobre el juego.

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Se hace saber a D. Francisco Javier Hernández Mentado, titular del Bar Bambys, que se encuentra en ignorado paradero, que con fecha 27 de enero de 2009, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

"Resolución del Director General de Administración Territorial y Gobernación, por la que se declara la caducidad del expediente sancionador nº 16/2008, incoado a D. Francisco Javier Hernández Mentado, con D.N.I. 42.851.496-N, titular del Bar Bambys, por presunta infracción a la normativa sobre el juego.

Examinado el expediente sancionador nº 16/2008 tramitado por la Sección de Instrucción de expedientes sancionadores de esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, incoado a D. Francisco Javier Hernández Mentado, con D.N.I. 42.851.496-N, titular del Bar Bambys, por presunta infracción a la normativa sobre el juego.

Vista la Propuesta del Servicio de Gestión del Juego.

Teniendo en cuenta los siguientes

I.- ANTECEDENTES

1.- Con fecha 21 de febrero de 2008, fue levantada Acta de Constatación de Hechos por funcionario adscrito al Servicio de Inspección del Juego de esta Dirección General, en el establecimiento Bar Bambys sito en el Pasaje de Los Gofiones, 55-bajo, en Las Palmas de Gran Canaria, haciendo constar los siguientes hechos:

"Previa acreditación profesional de este inspector actuante se gira visita de inspección al bar referenciado. En el mismo hay instalada una máquina de tipo "B", modelo Santa Fe, nº de serie 04-1987, GCB-27634, la misma incorpora guía pero no boletín, llevando en su lugar un cartel con el mensaje documentación en trámite.

Se hace la siguiente observación: el bar continúa localizado en el mismo lugar, aunque el nombre de la calle ha cambiado de nombre llamándose en la actualidad: Los Gofiones.

Empresa operadora: Comercial Jupama."

Compareciente: Dña. Rosario Barrena Jiménez, N.I.E. X-3968625-K.

2.- A la vista de los hechos, mediante Resolución nº 1008, del Director General de Administración Territorial y Gobernación, de fecha 9 de julio de 2008, se ordenó el inicio de expediente administrativo sancionador a D. Francisco Javier Hernández Mentado, con D.N.I. 42.851.496-N, titular del Bar Bambys, nombrándose instructora del mismo y formulándose los cargos pertinentes.

3.- La Resolución de inicio del expediente sancionador fue notificada mediante carta con acuse de recibo de fecha 27 de agosto de 2008, en el establecimiento del Bar Bambys, sin que se hubieran presentado alegaciones a la misma.

4.- Con fecha 22 de septiembre de 2008, la Instructora del expediente emite Propuesta de Resolución para que, por el Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.2. a) de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas, en relación con el artículo 16.b) del Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, se imponga al expedientado una sanción consistente en multa de 601,02 euros, por la comisión de una infracción grave prevista en el artículo 27.b) de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, por "Permitir o consentir la práctica del juego en establecimientos no autorizados, o por personas no autorizadas, así como la instalación o explotación de máquinas de juego carentes de la correspondiente autorización".

Dicha Propuesta de Resolución es intentada su notificación por dos ocasiones en el domicilio del establecimiento del bar, sin que tuviera lugar su recepción por el interesado, por lo que se procedió a su publicación mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias nº 243, de 4 de diciembre de 2008, sin que se hayan presentado alegaciones.

5.- Se detecta en el Servicio de Gestión del Juego que, con fecha 9 de enero de 2009, el expediente incurre en caducidad al vencerse el plazo de seis meses previsto para resolver el procedimiento administrativo sancionador, en virtud de lo establecido en el artículo 20.6 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (B.O.E. nº 189, de 9.8.93), por lo que se eleva, por el Servicio de Gestión del Juego, propuesta de declaración de caducidad del presente expediente sancionador nº 16/2008, incoado a D. Francisco Javier Hernández Mentado, con D.N.I. 42.851.496-N, titular del Bar Bambys.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La tramitación del presente expediente sancionador se ajusta a lo dispuesto en los artículos 70 y siguientes del Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, procediéndose a resolver el mismo dentro del plazo de seis meses previsto en el artículo 5.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos en la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.C. nº 102, de 19.8.94).

Segunda.- El artículo 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común dispone que "En los procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa no exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver, produciendo los siguientes efectos:

... 2. En los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad. En estos casos, la resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones, con los efectos previstos en el artículo 92".

Tercera.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas, en relación con el artículo 71.c) del Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación es competente para la incoación e instrucción de los procedimientos sancionadores en materia de casinos, juegos y apuestas.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Declarar la caducidad del procedimiento sancionador iniciado mediante Resolución nº 1008, de fecha 9 de julio de 2008, en el expediente sancionador nº 16/2008, contra D. Francisco Javier Hernández Mentado, con D.N.I. 42.851.496-N, titular del Bar Bambys, archivando las actuaciones practicadas con los efectos previstos en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente declaración de caducidad se realiza sin perjuicio del derecho de esta Administración a iniciar nuevo expediente sancionador por la misma o distinta causa, si resultare procedente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante la Viceconsejería de Administración Pública, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse; debiendo notificarse la misma a D. Francisco Javier Hernández Mentado, con D.N.I. 42.851.496-N, titular del Bar Bambys, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias, como interesado en el procedimiento.- Las Palmas de Gran Canaria.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación."

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de febrero de 2009.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández.

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