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BOC Nº 021. Lunes 2 de Febrero de 2009 - 142

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

142 - Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 14 de enero de 2009, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno promoción interna), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2976/2006, de 15 de septiembre, en el ámbito de Canarias.

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De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1.451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 14 de enero de 2009, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.- Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión ante el Servicio de Recursos Humanos de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia en el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artº. 29 del citado Real Decreto. Debido a la dispersión geográfica existente en esta Comunidad Autónoma, los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa destinados en islas no capitalinas, deberán tomar posesión ante el Responsable Funcional del Decanato del partido judicial en que se encuentren destinados.

La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia enviará un ejemplar de los documentos F1R acreditativos de los nombramientos al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia.

Segundo.- Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución y que opten por continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia.

Tercero.- En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial o del órgano competente correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo.

Por parte de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia se procederá a concederles de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y el cese automático con la fecha inmediatamente anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o Comunidad Autónoma que haya recibido el traspaso de medios personales, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la localidad de destino en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa deberá enviar el documento F1R a la Gerencia o Comunidad Autónoma de la localidad de origen en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los efectos previstos en el párrafo anterior.

Cuarto.- Los funcionarios que opten por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que establece la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado tercero de esta Resolución.

Quinto.- Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Sexto.- Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Séptimo.- Las plazas ofrecidas a los aspirantes del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno de promoción interna mediante Resolución de 17 de noviembre de 2008 (B.O.E. de 28.11.08) no adjudicadas, mantienen su condición de desiertas y reservadas para los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa del turno libre.

Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de enero de 2009.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María Dolores Alonso Álamo.

Ver anexos - página 1956

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