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BOC Nº 008. Miércoles 14 de Enero de 2009 - 62

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

62 - ORDEN de 7 de enero de 2009, por la que se delega en la Dirección del Servicio Canario de Empleo la autorización para la ampliación de los créditos que amparan gastos de personal.

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Visto lo dispuesto en el artículo 22.c) de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009, según el cual corresponde a los titulares de los departamentos, la competencia para autorizar la ampliación de créditos que amparen gastos de personal, conforme a lo establecido en el artículo 56 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, y la letra h) de la relación de créditos ampliables sin cobertura, del anexo I, así como las letras a), b) y n) del apartado I del citado anexo de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009.

Visto que en el artículo 1 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, se adscribe este organismo autónomo al departamento competente en materia de trabajo, empleo y formación profesional ocupacional y continua de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que corresponde a la Consejería de Empleo, Industria y Comercio según el artículo 1.a) del Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de dicha Consejería.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias "el ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello".

Considerando, asimismo, lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Resultando, no obstante, que la atribución del ejercicio de dicha competencia a la Dirección del Servicio Canario de Empleo, que tiene otras funciones conexas en materia económico-presupuestaria, permitirá gestionar dichos créditos con mayor eficacia y agilidad.

Visto todo lo anterior y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en la Dirección del Servicio Canario de Empleo la competencia para resolver los expedientes de autorización de ampliación de créditos que amparan gastos de personal, conforme a lo establecido en los supuestos contemplados en las letras b) al e) del apartado 1 del artículo 56 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y, la letra h) de la relación de créditos ampliables sin cobertura, del anexo I, así como las letras a), b) y n) del apartado I del citado anexo de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2009.

Segundo.- La delegación conferida por la presente Orden se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación.

Tercero.- Los actos que se adopten en el ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas a todos los efectos por el órgano delegante.

Cuarto.- La delegación a que se refiere la presente Orden surtirá sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y durante el ejercicio presupuestario del año 2009.

Las Palmas de GranCanaria, a 7 de enero de 2009.

EL CONSEJERO DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Jorge Marín Rodríguez Díaz.

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