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BOC Nº 260. Martes 30 de Diciembre de 2008 - 5227

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5227 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 17 de diciembre de 2008, del Director, relativo a notificación de la Resolución de 10 de octubre de 2008, por la que se deniega a D. Ahmed Sarr, en ignorado domicilio, la subvención solicitada en el marco del programa de promoción del empleo autónomo.- Expte. 08-35/01889.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución nº 08-35/4614, de fecha 10 de octubre de 2008, por la que se deniega a D. Ahmed Sarr, expediente 08-35/01889, la subvención solicitada en el marco del programa de promoción del empleo autónomo, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber al mismo que con fechas 27 de octubre de 2008 y 28 de octubre de 2008, fue intentada la mencionada notificación del tenor literal:

Resolución del Director por la que se deniega a Ahmed Sarr la subvención solicitada en el marco del programa de promoción del empleo autónomo.

Visto el expediente de referencia, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos:

ANTECEDENTES DE HECHO

Al amparo de lo dispuesto en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo (B.O.E. nº 136, de 7.6.07), D. Ahmed Sarr, con N.I.F./N.I.E. X2409845C, presenta escrito de fecha 12 de septiembre de 2008 y registro de entrada nº 1200031, por el que solicita le sea concedida una subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia, por importe de cinco mil (5.000,00) euros.

Consultado informe de períodos de inscripción del interesado en el Servicio Público de Empleo, se comprueba que el mismo no está inscrito desde el 16 de julio de 2008. Por su parte, de acuerdo con la Resolución sobre reconocimiento de alta del interesado en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, el mismo se dio de alta el día 1 de agosto de 2008.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo es competente para resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2, en relación con el artículo 8 de la Orden TAS/1622/2007, citada, para ser beneficiario de la subvención solicitada se exige ser desempleado previamente a la fecha de inicio de la actividad, considerándose trabajadores desempleados a los demandantes de empleo, no ocupados, que estén registrados en los Servicios Públicos de Empleo. Además, señala el apartado a) del artículo 8 que se considerará como fecha de inicio de la actividad la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Sin embargo, tal y como se ha puesto de manifiesto en el antecedente de hecho segundo de la presente resolución, en el momento de darse de alta como autónomo el interesado no estaba inscrito como demandante de empleo. Por tanto, queda acreditado que D. Ahmed Sarr, con N.I.F./N.I.E. X2409845C, no reúne los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención solicitada.

R E S U E L V O:

Primero.- Denegar a D. Ahmed Sarr, con N.I.F./N.I.E. X2409845C, la subvención solicitada en el expediente arriba referenciado, por los motivos expuestos.

Segundo.- Notificar la presente Resolución al interesado en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Director, Alberto Génova Galván.

Este acto administrativo ha sido propuesto en #=Firma de la propuesta.&Sede>, a 9 de octubre de 2008 por la Sección de Registro de Cooperativas y SS.LL II, p.v., la Sección de Promoción de la Economía Social II (Resolución nº 08-35/3679, de 30.7.08), Carmelo Luis Márquez Sánchez.

Lo que notifico a vd. en cumplimiento de lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.- La Subdirección de Promoción de la Economía Social, Dunnia Rodríguez Viera.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de diciembre de 2008.- El Director, Alberto Génova Galván.

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