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BOC Nº 253. Viernes 19 de Diciembre de 2008 - 2017

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2017 - Ente Público Radiotelevisión Canaria.- Resolución de 11 de diciembre de 2008, por la que se delega en la Dirección General de la Función Pública la gestión del Plan de Pensiones de los empleados públicos de este Ente público RTVC.

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El Acuerdo de carácter plurianual entre el Gobierno de Canarias y las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa General de Empleados Públicos para los años 2006-2009, publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 11 de diciembre de 2006, en el Boletín Oficial de Canarias de 19 de diciembre de 2006, contempla, en la línea de Acuerdo 2006-2009 apartado 2 (Desarrollo de Plan de pensiones: asignación económica), lo siguiente:

"La Administración Autonómica llevará a cabo los análisis y estudios técnicos necesarios para la configuración y aplicación de un plan de pensiones durante el período de vigencia de este Acuerdo.

La Administración destinará como aportación al plan de pensiones, en concepto de salario diferido, para el personal incluido dentro de la Mesa General de Negociación los siguientes porcentajes de la masa salarial correspondiente a dicho personal: 0,3% en 2007, 0,4% en 2008 y 0,5% en 2009.

Se podrá incrementar la aportación hasta un máximo de un 0,5% de la masa salarial, con fondos de acción social no ejecutados en los años 2007 y 2008".

El artículo 22 del Decreto 153/2001, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Ente Público RTVC, atribuye al Director General de Radiotelevisión Canaria, entre otras, el ejercicio de las competencias en materia de personal.

Razones de eficiencia y eficacia aconsejan delegar en la Dirección General de la Función Pública las cuestiones relacionadas con la gestión del Plan de Pensiones de los empleados públicos de este Ente Público.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 31.3 y 5 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el titular de la Dirección General de la Función Pública las competencias relativas a la gestión del Plan de Pensiones de los empleados públicos de este Ente Público RTVC.

Segundo.- Los actos administrativos que se adopten por la presente delegación deberán indicar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por el órgano delegante.

Tercero.- La presente Resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 2008.- El Director General, Guillermo Valentín García-Machiñena García-Checa.

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