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BOC Nº 249. Lunes 15 de Diciembre de 2008 - 5017

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

5017 - Secretaría General Técnica.- Anuncio de 4 de diciembre de 2008,por el que se hace pública la Orden de 26 de noviembre de 2008, que resuelve el expediente sancionador incoado a la entidad Residencia Tercera Edad Santa Marta, S.L., con C.I.F. B 38541850, titular del centro de atención a mayores denominado "Ciudad de Tacoronte", sito en la calle Otilia López Palenzuela, 23, en el municipio de Tacoronte, por infracción administrativa en materia de Centros de Atención a Mayores.

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Mediante Orden nº 871, de 26 de noviembre de 2008, se resuelve el expediente sancionador seguido a la entidad Residencia Tercera Edad Santa Marta, S.L., con C.I.F. B 38541850, titular del centro de atención a mayores denominado "Ciudad de Tacoronte" sito en la calle Otilia López Palenzuela, 23, en el municipio de Tacoronte, por la comisión de una infracción administrativa tipificada como muy grave en el apartado e) del artículo 45 de la Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones, modificada por la Ley 2/1999, de 4 de febrero, estableciendo la sanción de multa de 15.025,31 euros, por la comisión de una infracción calificada como muy grave en el apartado e) del artículo 45 de la Ley 3/1996, sanción que se impone en su cuantía mínima.

Se sanciona, igualmente a la entidad Residencia Tercera Edad Santa Marta, S.L., con la clausura del referido centro de mayores, condicionada su duración a la obtención de la preceptiva autorización de apertura y puesta en funcionamiento, exigida por el Decreto 63/2000, de 25 de abril, por el que se regula la ordenación, autorización, registro, inspección y régimen de infracciones y sanciones de centros para personas mayores y sus normas de régimen interno.

La referida Orden es notificada personalmente a la inculpada el 27 de noviembre de 2008.

De conformidad con lo establecido en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por razones de interés público, se estima conveniente, la publicación de la sanción acordada en la Orden referida, consistente en la clausura del establecimiento.

La Orden referida, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, o bien interponer previamente en vía administrativa, el recurso de reposición potestativo ante esta Consejería, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a que tenga lugar su notificación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de diciembre de 2008.- El Secretario General Técnico, Francisco Hernández Padilla.

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